El Sindicato Starbucks, en representación de 680 trabajadores, presentó una demanda contra la empresa para se declare ilegal la suspensión laboral ejercida, según ellos, de manera unilateral por la empresa y que, con ello, se paguen las remuneraciones adeudadas, junto con reintegrar los recursos utilizados desde el seguro de desempleo.
Los trabajadores acusan que el 3 de abril Starbucks informó a baristas y supervisores de la suspensión de su contrato laboral de manera informal en primera instancia vía telefónica y luego por correo.
“A partir de esa noticia, 1600 trabajadores fueron obligados a recurrir al seguro de cesantía amparándose en la denominada Ley de Protección de Empleo, que había sido promulgada sólo un día antes por el Presidente Sebastián Piñera. No hubo pacto ni mutuo acuerdo, fue una imposición de su empleador”, afirmaron los trabajadores.
Tras conocerse la noticia de la demanda la empresa afirmó que “desde un comienzo la compañía ha actuado estrictamente apegada a la Ley, y respetando todas y cada una de las reglas y procedimientos que contiene la Ley de Protección del Empleo, la que busca garantizar mantener el vínculo contractual con todos nuestros trabajadores”.
Asimismo aseveró que “hoy el proceso está en marcha, e incluso adicionamos un 10% de remuneración en el mes de abril a nuestros colaboradores para acercar aún más su sueldo al del régimen normal. La decisión de acogernos a esta Ley de Protección del Empleo, así como lo han hecho más de 80 mil empresas en el país, es una medida que sólo busca poder garantizar el trabajo futuro de todos nuestros trabajadores”.
La abogada querellante en el caso, Wendoling Silva, sostuvo que “la demanda es necesaria porque Starbucks suspendió la relación laboral con sus trabajadores incluso antes de que se publicara la ley y segundo, porque según la normativa no está prohibido su funcionamiento por acto de la autoridad. La ley estipula que a quienes les afecta el acto son aquellas empresas quienes ven impedido o prohibido su desarrollo de actividades totalmente y no es el caso de esta compañía”.
Asimismo indicó que “Starbucks lo que ha estado realizando es vender de todas formas en gran parte de sus tiendas de forma habitual o en delivery, por lo que no ha tenido impedimento total. En consecuencia, no podría suspender unilateralmente. Debido a ello, cómo hicieron una suspensión laboral y no corresponde, lo que debe hacer la empresa por lo tanto es pagar la remuneración completa a sus trabajadores”.
En tanto Andrés Giordano, presidente del Sindicato de Starbucks, dijo que lo que se busca es que se pague a los trabajadores la remuneración.
"Si la empresa estimaba que estaba tan afectada como para suspender, debió hacerlo a través de un acuerdo con los trabajadores que representamos, previa consulta al sindicato, para lo que nuestra organización manifestó voluntad permanentemente”.
Según los cálculos del sindicato los montos adeudados alcanzarían aproximadamente a $243 millones. . El dirigente agregó que “esta es una pésima ley que ya traslada el costo de esta crisis directamente a las y los trabajadores, pero que además se aplique con abuso sólo para evitar el diálogo con el sindicato, es una práctica antisindical que no podemos permitir”.