La Superintendencia de Medio Ambiente aplicó una millonaria multa al relleno sanitario Santa Marta, tras generar daño ambiental por deslizamiento y posterior incendio ocurrido entre el 15 y 18 de enero de 2016.

A través de un comunicado, el fiscalizador indicó que la multa es de multa de 2.851 Unidades Tributarias Anuales –equivalentes a $2.162 millones aproximadamente– a la empresa Consorcio Santa Marta S.A., titular del “Relleno Sanitario Santa Marta”, por incumplimientos en sus compromisos ambientales, tras los episodios ocurridos a mediados de enero de 2016.

El relleno sanitario está ubicado en la comuna de Talagante, en la Región Metropolitana. Consiste en la construcción, operación y abandono de un sitio de disposición final sanitaria de residuos sólidos urbanos de la zona sur de Santiago. Además, el proyecto ha sufrido modificaciones relacionadas con el sistema de tratamiento de líquidos lixiviados, el sistema de manejo del biogás, la planta de quema de biogás, la tasa de ingreso de residuos, su vida útil y la densidad de compactación de los residuos, entre otras.

La SMA puntualizó que entre 2013 y 2015 se hicieron una serie de fiscalizaciones a dicho relleno, y se sumaron las fiscalizaciones tras el incendio en el verano de 2016. Tras un análisis, el fiscalizador sancionó a la empresa por 11 infracciones. 1 de ellas fue gravísima, 7 grave y 3 leves.

La infracción gravísima, se sustenta dijo la SMA porque la empresa no reportó total o parcialmente los informes de seguimiento ambiental de las siguientes materias ambientales: i) Informe mensual de monitoreo de parámetros de líquidos percolados. ii) Informe mensual de monitoreo del nivel piezométrico del líquido lixiviado. iii) Monitoreos de parámetros de aguas superficiales y subsuperficiales con frecuencia semestral. iv) Monitoreo de los parámetros de cloruro y boro en el área de tratamiento con frecuencia trimestral.

Además, hubo imputación por tres infracciones graves por ejecutar en forma parcial las reforestaciones comprometidas de conformidad con los Planes de Manejo aprobados por CONAF.

Y en cuanto a las infracciones levantadas y que sustentan la figura de daño ambiental susceptible de reparación, éstas guardan relación al incidente generado el año 2016.

“Es importante reiterar el llamado a los titulares de proyectos al cumplimiento ambiental de sus autorizaciones. No basta con contar con los permisos, el cumplimiento ambiental es un imperativo, es decir, las empresas deben cumplir con los compromisos que establecen para poder funcionar. Esto es parte de las reglas del juego”, dijo la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer.

La SMA indicó que la empresa debe pagar la multa deberá en la Tesorería General de la República. En caso de que el titular resuelva impugnar la resolución sancionatoria, puede presentar un recurso de reposición ante la propia SMA, en el plazo de 5 días hábiles, o bien, tiene 15 días hábiles para interponer un reclamo de ilegalidad ante el Segundo Tribunal Ambiental.

La empresa tiene otro proceso sancionatorio en curso.

Declaración Santa Marta

A través de una declaración pública, la empresa sostuvo que “cumplirá con lo que la autoridad determine, como es debido. Lamentamos esta decisión considerando que la compañía ha dado pasos firmes en el cumplimiento de lo requerido. Sin perjuicio de ello, la ley permite argumentar y explicar, lo que siempre es una oportunidad si se considera la complejidad de una operación -de primera necesidad- que atiende al 30% de la Región Metropolitana”.

Luego indicó que “Consorcio Santa Marta comprende la responsabilidad que su quehacer conlleva y, tras el accidente que causó un deslizamiento y posterior incendio en 2016, la compañía ha incorporado aprendizajes y ha modificado sus procedimientos operacionales para que una situación tan lamentable como la señalada no vuelva a ocurrir”.

Por último, la compañía, indicó que ha incluido varias innovaciones tras lo ocurrido en 2016, y que esto incluye “cámaras de video que monitorean permanente la operación del relleno sanitario, además de un sistema de coordinación expedito con las autoridades para demostrar que el manejo de los residuos domiciliarios se efectúa de manera segura y sin riesgos para la salud de la población”.