Trámite del SII permite a emprendedores no formalizados participar de las próximas fondas y ferias de Fiestas Patrias

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Trámite del SII permite a emprendedores no formalizados participar de las próximas fondas y ferias de Fiestas Patrias

La “Tasación de Actividades Esporádicas”, es una autorización extraordinaria que permite comercializar productos típicos de las fiestas, sólo pagando un IVA “tasado” por las ventas proyectadas para el evento, según resaltó la Defensoría del Contribuyente.


Quedan menos de dos semanas para las Fiestas Patrias, y aún hay tiempo para que los emprendedores que no tengan actividad formal relacionada con la temporada, puedan participar de las fondas y ferias dieciocheras, según resaltaron de la Defensoría del Contribuyente (Dedecon).

Se trata de la “Tasación de Actividades Esporádicas” (TAE), que desde la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) explicaron, es una autorización extraordinaria que permite comercializar productos típicos de las fiestas, sólo pagando un IVA “tasado” por las ventas proyectadas para el evento.


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Dedecon explicó que, los contribuyentes no formalizados, deben contar con los correspondientes permisos y/o patente municipal para la venta, además de un capital inicial menor a 25 UTM, es decir, aproximadamente a $1 millón 600 mil. En el sitio web del Servicios de Impuestos Internos (SII), deberán ir a “Servicios online”, “Impuestos mensuales”, “Asistente para cálculos” y “Calculadora de Tasaciones esporádicas (TAE)”.

Según la tasación de las compras y ventas realizadas por el contribuyente, podrá pagar el giro del impuesto que corresponda, y así generar el certificado que luego debe exhibir en su stand mientras dure el evento.

Fondas  del Parque O Higgins 15/9/2023
Trámite del SII permite a los emprendedores no formalizados participar de las próximas fondas

El impuesto se calcula en base al 100% de los derechos municipales o al 100% del valor canon de arriendo o subarriendo, y con un mínimo de 2 UTM, equivalentes a $132 mil, de acuerdo con la información de Dedecon.

Para aquellos emprendedores que sí están formalizados ante el SII en actividades de primera categoría afectas al IVA, sólo deben indicar en una petición administrativa, la ubicación de la feria o fonda en la que participarán, además de las fechas en que estarán funcionando.

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