Los vecinos de Huasco presentaron una reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental ante el proyecto de depósito de relaves de Compañía Minera del Pacífico (CAP) en la zona. Los habitantes de la ciudad portuaria en la Región de Atacama plantearon una serie de cuestionamientos a la aprobación del proyecto denominado “depósito de relaves filtrados, planta de pellets”, y que consiste en la construcción, operación y cierre de un depósito de relaves filtrados que se emplazará en terreno de CAP Minería.


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Sobre las razones, el tribunal especializado explicó que, los vecinos de Huasco acusan que: “aducen que durante la evaluación ambiental de la iniciativa se efectuaron modificaciones sustantivas sin que se hubiese abierto un proceso de participación ciudadana; que no se incorporaron todos los pronunciamientos de los órganos con competencia ambiental y; que tampoco se efectuó un proceso de consulta indígena”.

Huasco. FOTO: KARL CHINGA GRAWE / AGENCIA UNO

El reclamo también se da en el contexto que el proyecto objetado ya fue aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

Entre los fundamentos del reclamo está que la empresa presentó cambios en el proyecto, como el plan de emergencias y contingencias, y la modificación de estructuras que -según el escrito presentado- influyen directamente en el depósito y traslado de relaves, alterando significativamente la ubicación de la obra, según un comunicado del Primer Tribunal Ambiental.

“Dicho proyecto fue aprobado en contravención a lo dispuesto por la normativa ambiental vigente, toda vez que, habiendo sufrido modificaciones sustantivas durante su evaluación, no se practicó un nuevo proceso de participación ciudadana”, dice la reclamación.

En detalle, la alegación también aborda que no se habría incorporado todos los pronunciamientos de los órganos con competencia ambiental, como por ejemplo del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), el Servicio de Geología y Minería (Sernageomin), la Dirección General de Aguas (DGA) y la Municipalidad de Huasco.

Huasco. FOTO: KARL CHINGA GRAWE / AGENCIA UNO

Además, los reclamantes aseguran que “se vulneran los estándares de la Consulta Indígena, contenidos en el Convenio N°169 de la OIT, toda vez que existen deficiencias en la línea base del proyecto, dado que solo se habría considerado a dos comunidades indígenas, dejando afuera a las personas que, sin constituirse como comunidades o asociaciones indígenas detentan tal calidad”.

Lo anterior porque aseguran que habría una susceptibilidad de afectación directa de los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas Diaguitas y Changos por lo que debió haberse realizado un proceso de Consulta Indígena.

Ahora, y tras que la reclamación fue admitida a trámite este martes, el Primer Tribunal Ambiental deberá solicitar al Servicio de Evaluación Ambiental hacer llegar sus descargos ante los argumentos proporcionados por los vecinos.