“Pone en riesgo la libertad de expresión y el emprendimiento”: la rebelión de las encuestadoras ante el Servel por difusión de sondeos previos a primera vuelta

23. (7185688)

Las empresas encuestadoras que han sido sometidas a un Proceso Administrativo Sancionatorio (PAS) han presentado sus descargos ante la entidad encargada de los comicios. Esta cuestionó la divulgación de sondeos previos a las elecciones de primera vuelta. Las firmas rechazan el eventual castigo y aseguran que cumplieron con la ley.


El Servicio Electoral ofició el pasado 20 de noviembre a un grupo de encuestadoras, entre las que figuran: Pulso Ciudadano Electoral de Activa Research y Plaza Pública Cadem. Esto, en el marco de un procedimiento sancionatorio que se inició por la divulgación de encuestas durante el periodo de “silencio electoral” que la ley establece durante 15 días previos a los comicios.

A través de un comunicado, el Servel señaló que “con relación a la divulgación de encuestas sobre preferencias electorales que circulan en diferentes redes sociales, en contravención a la restricción temporal prevista en la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, este Servicio Electoral, conforme a sus facultades de oficio, ha resuelto iniciar un procedimiento administrativo sancionatorio con el fin de eludir eventuales infracciones a la normativa electoral”.

Ante la arremetida, las empresas han presentado sus descargos, señalando que enviar los sondeos a través de un WhatsApp, de documentos que se especifica son reservados, no incumple la normativa. Además, explicaron que la ley en cuestión está desactualizada y debe ser modificada, ya que no se ajusta a una realidad en la que las redes sociales juegan un papel relevante ante estos escenarios judiciales.

El Artículo N° 55 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios establece que “toda infracción o falta de cumplimiento a las disposiciones de esta ley, que no tenga una pena especial, se sancionará con multa de cinco ($ 270.855) a 50 unidades tributarias mensuales ($ 2.708.550)”.

Mientras, los medios de comunicación arriesgan una multa mayor según el Artículo N° 136 del mismo cuerpo legal. “El director responsable de un órgano de prensa, radioemisora o canal de televisión a través del cual se infringiere lo dispuesto en los artículos 31, 33, 34 y 37 será sancionado con multa a beneficio fiscal de 10 a 200 unidades tributarias mensuales. Igual sanción se aplicará a la empresa propietaria o concesionaria del respectivo medio de difusión”, consigna. Es decir, las multas en el caso de los medios van desde $ 541.710 a $ 10.834.200.

“Algunos me las pagaron y todo. Fue una presentación que les hice a mis clientes. Ahora si se la empiezan a enviar entre ellos y a los medios es otro tema. Es bien obvio que cuando empiezan a divulgar la encuesta de esta forma, porque en el fondo buscan saltarse la ley, porque está desacreditada. Sobre todo porque no tiene legitimidad. Todo el mundo dice que es extemporánea y no hay nadie que la defienda. Nadie dice que es lógica”, explicó un ejecutivo que pidió reserva de su identidad.

Más allá del sustento legal que aplique el Servel en la eventual multa a las encuestadoras, la apertura del Procedimiento Administrativo Sancionatorio (PAS) abrió también una discusión entre expertos. A modo de ejemplo, el académico de la Universidad de Chile y Universidad San Sebastián Jorge Barrera sostuvo que “me parece inadecuado que el Servel pretenda extender el tipo infraccional a situaciones no previstas más allá del Artículo 136 (prensa, radio y TV), lo cual podría terminar vulnerando la libertad de expresión, por una aplicación evidentemente desproporcionada de lo que debemos entender por el verbo rector divulgar”.

El proceso sancionatorio se produce en medio de los esfuerzos por parte del Congreso por regular a las empresas encuestadoras. El pasado 23 de noviembre la fundadora de Latinobarómetro y Mori Chile, Marta Lagos, asistió a la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización de la Cámara de Diputados. En la sesión realizó una extensa ponencia en la que alertó a los parlamentarios que una mayor regulación en la que se califique a las redes sociales como medios de comunicación “se meterán en otro lío, porque estas tienen otro tipo de legislación. Si van a legislar, legislen con algo que haga sentido con el mundo moderno, porque si no seremos el hazmerreír del sistema legal”, advirtió la experta electoral.

Desde el Servel declinaron responder a las consultas planteadas por La Tercera, aduciendo que al abrir un Procedimiento Administrativo Sancionatorio (PAS) no se le informa a nadie más que al denunciado y denunciante.

¿Qué es lo que viene en el proceso?

Según las fuentes consultadas, se trata de un proceso no formalizado, ya que a 17 días de haber iniciado el PAS, el Servel ha continuado solicitando antecedentes a las encuestadoras. A fin de cuentas, una vez que tome su decisión, la autoridad debe zanjar si aplica o no sanción a las empresas.

Frente a la resolución final, las compañías tienen la posibilidad de presentar un recurso de reposición ante el propio Servel y posteriormente una reclamación ante el Tribunal Regional Electoral. Esto depende de la estrategia legal que asuman las empresas.

Cadem: “Sería una pésima señal para la democracia”

El viernes pasado, Gandarillas, Montt y Del Río Abogados, en representación de Plaza Pública Cadem, presentó sus descargos ante el Servicio Electoral. En el escrito argumentaron que no hubo una divulgación de la encuesta de manera masiva, ya que se realizó a través de un número reducido de clientes y al propio directorio de la entidad.

La encuesta se entregó a través de correo electrónico y vía WhatsApp con un público acotado de personas y con la prevención y advertencia de que no se puede difundir ni publicar a terceros. De hecho, tanto es así que se dejó de proveer a los medios de comunicación masiva, a los cuales se les entregaba durante el periodo de silencio electoral. Ello a fin de actuar con la debida diligencia y tratando de tomar las medidas necesarias para cumplir con la normativa.

“Si bien el monto de la eventual multa no es alto, lo relevante es el precedente que podría quedar establecido en contra de la libertad de expresión e información. Es importante lo que está detrás. Por otro lado, también apelamos al derecho a desarrollar la actividad económica, porque hacer encuestas no está prohibido por ley y solamente se entregó bajo reserva al círculo cerrado que son los consultores, clientes y directores de Cadem. Si nos llegan a sancionar por esto en los hechos nos estarían prohibiendo realizar la encuesta. Sería una pésima señal para la democracia”, acotó Cristián Gandarillas, abogado socio del estudio que representa a Cadem.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.