De la "Guerra del Plasma" a John Malone: las batallas que libró el abogado Riesco contra la FNE

RIESCO
Ricardo Riesco, abogado y fiscal nacional económico.

Un extenso listado de grandes corporaciones acumuló en su carrera como clientes el nuevo fiscal nacional económico Ricardo Riesco, tras ejercer de manera privada su profesión. Cencosud, Banco Santander, Sofofa y agencias de publicidad han sido representados por el abogado.


A sólo horas de ser confirmado por La Moneda como nuevo Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco ingresó esta mañana -muy temprano- al edificio de avenida Huérfanos N° 670, donde se encuentran las oficinas del organismo antimonopolios.

El abogado que volvió a Chile proveniente de Estados Unidos en septiembre de este año -tras cumplir un año como profesor visitante de la Universidad de Columbia-, asumió como sucesor de Felipe Irarrázabal, quien ahora imparte clases en la Universidad de Stanford.

Sus primeras horas como nuevo fiscal las pasó recorriendo las instalaciones y conociendo a cada uno de los funcionarios que trabajan al interior del estamento dependiente del Ministerio de Economía. Pero una de sus tareas que por ahora le queda pendiente, es la definición de sus inhabilidades, situación que espera definir dentro de los próximos días.

"Es un honor y un gran desafío asumir como Fiscal Nacional Económico y lo hago con la responsabilidad que implica seguir conduciendo esta institución, que es reconocida por su perfil técnico y por su gran aporte al desarrollo de la economía nacional", señaló el Fiscal.

Riesco durante su tiempo como abogado especialista en libre competencia en el mundo privado desempeñó parte  importante de su carrera en el estudio Philippi Yrarrázabal Pulido & Brunner, donde compartió oficina con Irarrázabal. Ambos conformaron la dupla de abogados asesores del holding minorista controlado por Horst Paulmann, Cencosud.

Hace 10 años, el ahora nuevo FNE enfrentó uno de los desafíos más fuertes de su carrera. En abril de 2008, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia condenó a Cencosud (Paris) y Falabella por las presiones que ejercieron de manera conjunta en la denominada "Guerra del Plasma". Ello luego que la FNE les formulara cargos por "colusión" y "abuso de posición dominante" en perjuicio del Banco de Chile.

Cencosud fue representada por los abogados Felipe Irarrázabal y Ricardo Riesco (ambos terminaron posteriormente siendo fiscales nacionales económicos). Mientras que Falabella por Felipe Bulnes.

El TDLC acreditó, por el orden de las llamadas telefónicas, que Falabella fue el líder instigador. Se consideró que ambas empresas eran reincidentes. Y las mulas fueron US$8 millones y US$ 5 millones para Falabella y Paris, respectivamente. ¿La razón? Ambas cadenas "presionaron a sus proveedores para que no participaran" en una feria de alta tecnología organizada en 2006 por la entidad bancaria. No obstante, la Corte Suprema disminuyó en un 25% las multas.

También asesoró a Cencosud cuando el SMU debió vender algunos locales debido a su fusión con Supermercados del Sur.

Otro de los casos en los que intervino Riesco, que también significó mantener como contraparte a la Fiscalía Nacional Económica, fue al representar al entonces controlador de VTR Banda Ancha S.A., John C. Malone en 2013.

El caso surgió tras la fusión de  VTR– Metropolis Intercom y posteriormente terminó en un acuerdo entre las partes, donde Malone se obligó "entre otros compromisos, a traspasar su actual participación indirecta en DIRECT TV con el fin de que sea administrada por un tercero, y a no adquirir en el futuro  acciones de esa misma empresa".

Disconforme Malone con el acuerdo, llevó el caso ante la Corte Suprema, la que finalmente ratificó los términos de la conciliación con la FNE.

Pero no sólo en retail y telecomunicaciones ha intervenido el nuevo fiscal nacional económico, también en transportes con el denominado caso Ambulancias. También representó a empresas que formaban parte de  la Asociación Chilena de Agencias de Publicidad A.G., Achap, en 2013. En aquella oportunidad el TDLC sancionó al gremio por boicot colectivo en las licitaciones convocadas en 2008 por Metro S.A. y Transbank S.A.  Posteriormente, el gremio escaló el caso a la Corte Suprema, por medio de un recurso de reclamación, pero sus esfuerzos por revertir la sentencia resultaron en vano.

Igualmente en su paso por el sector privado, Riesco también representó a Kauffman y grupo Prisa (Iberoamericana). También ha asesorado a Sofofa, Banco Santander y Quiñenco.

Todos los casos discutidos en el TDLC cuentan con una data de al menos cinco años. Por lo mismo, no tendría mayores dificultades a la hora de manifestar sus inhabilidades.

En efecto, la Ley 18.880, que establece bases de los procedimientos administrativos en su Artículo 12 establece que el principio de abstención lo ejercen  autoridades y funcionarios de la Administración del Estado "interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar".

Definición por inhabilidades

Unas de las primeras tareas que realizó su antecesor en el cargo fue establecer mayor claridad en los procesos inhabilidades internas para la Fiscalía Nacional Económica. Por lo mismo, por medio de una resolución interna la institución definió la modalidad de cómo actuar en este tipo de procesos.

Por lo mismo, en los próximos días Riesco se reunirá con el sub-fiscal nacional económico, Mario Ybar y la Jefa Departamento de Relaciones Institucionales de la FNE, Mónica Salamanca, y en la cita dará a conocer el listado de casos y mercados en los que ha participado como abogado y sobre los cuales estaría sujeto a inhabilidad. Además expondrá las razones que estarían detrás en cada uno de los temas expuestos.

"Si la inhabilidad se refiere al propio fiscal nacional económico, enviará una comunicación informativa al respecto al Ministro de Economía. En tal situación, el fiscal nacional económico dejará de tomar decisiones e informarse respecto del caso que motiva la inhabilitación y el caso específico será conocido y dirigido por el sub fiscal nacional económico o quien lo subrogue, con entera autonomía, investido de todas las atribuciones que correspondan al fiscal nacional económico titular", consignó la resolución.

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