“Falta de rigurosidad en la investigación”: el demoledor veredicto contra la Fiscalía y la PDI que permitió a Fuente-Alba evitar 15 años de cárcel
La jueza Carolina Escandón apuntó directamente al trabajo investigativo, el cual fue llevado a cabo por el fiscal José Morales y la Brigada de Lavado de Activos de la policía. "Si bien la detección de patrones sospechosos es el punto de partida, una acusación de lavado de activos debe ir mucho más allá, donde la solidez probatoria es fundamental", señaló la magistrada. Se trata del mayor fracaso del Ministerio Público desde el caso Bombas I.
Fueron 35 días en que al excomandante en jefe del Ejército (2010-2014) Juan Miguel Fuente-Alba y su esposa, Anita Pinochet, estuvieron inmutables. Ningún gesto de agrado, ni menos cerca de alguna sonrisa. Su seriedad era casi sepulcral... hasta hoy.
Es que cuando la jueza del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, Carolina Escandón, terminó de leer el veredicto en que dictó la absolución del matrimonio, pasadas las 13.04 de la tarde, ambos se pararon, se fundieron en un abrazo y sonrieron.
El tribunal le dio un respiro a Fuente-Alba y su esposa, quien ante de iniciarse la audiencia ya avizoraba que el camino no sería fácil. “Dudo realmente si nuestro honor alguna vez frente a la sociedad podrá ser restituido. Por ahora lo veo improbable”, señaló en las consideraciones previas a dictarse el veredicto.
La jueza Escandón comenzó su análisis con un mensaje directo al trabajo del Ministerio Público, quienes pedían 15 años de cárcel para el general (R) por el delito de lavado de activos. “Este delito necesita de una prueba fundada e imparcial, que obliga a la parte acusatoria demostrar el lavado del activo, no así para la defensa, que no necesita probar nada”, señaló.
Eso ya ponía la primera luz de alerta. “Esto no pinta nada de bien”, comenzaba a rumorearse entre fiscales, jueces y abogados que veían la audiencia, a través de la transmisión del Poder Judicial.
Análisis patrimonial deficiente
Pero la magistrada no dejó espacio para dudas y comenzó a dibujar el fracaso de la investigación del fiscal José Morales cuando indicó: “Existe falta de precisión y rigurosidad en la investigación. El análisis contable se debe hacer bajo el prisma de lavado de activos, lo que da cuenta que el enfoque estuvo centrado en una causa distinta , llevado en otra sede”, sostuvo, apuntando a que el grueso de los antecedentes estaba en la investigación que llevó la ministra Romy Rutherford, quien procesó al general (R) por el delito de malversación.
En esa misma línea, la magistrada indicó que “el contar con información de bienes adquiridos antes que asumiera la comandancia en jefe resulta de la mayor relevancia, porque desde ese estudio podría verse la existencia de aumento patrimonial y al no indagar eso se omitió una fuente legítima de ingreso”. La jueza indicó que la Fiscalía no analizó el patrimonio de Fuente-Alba en el periodo que no fue comandante en jefe y, por ende, eso no le permitió comparar qué tenía antes y qué tenía después.
Por ejemplo, ese argumento fue utilizado por la defensa en el juicio, dado que acreditó ante el tribunal que los cinco autos marca Audi que tenía el exalto oficial fueron comprados antes de ser comandante en jefe.
“El haber prescindido de estos antecedentes al momento de elaborar su informe, le impidió tener claridad en cuanto a qué parte de los fondos que manejó el acusado durante el periodo investigado, podrían provenir de su patrimonio anterior, lo que sin lugar a dudas, habría modificado la conclusión en relación al aumento desmedido de patrimonio que se sostiene en la acusación, y a una de las premisas bases tenidas en cuenta para dar por hecho dicho aumento, cuál es que el acusado sólo registrara como ingreso formal su remuneración del Ejército, lo que no se condice con la realidad”, se lee en veredicto.
Además, se estableció que el análisis del patrimonio del general (R) no consideró los activos pasivos de sus cuentas bancarias. “Estos errores detectados solo generaron dudas (....) Si bien la detección de patrones sospechosos es el punto de partida, una acusación de lavado de activos debe ir mucho más allá, la solidez probatoria es fundamental”, dijo la jueza, quien agregó que “el estudio comparativo es fundamental en el delito de lavado de activos”.
A esas alturas el caso estaba prácticamente perdido para la Fiscalía, registrándose para el Ministerio Público el fracaso más grande en su historia desde la absolución de los acusados del caso Bombas I.
Un perito cuestionado
Sin embargo, un porcentaje importante de la crítica del tribunal -el cual falló en forma unánime- se lo llevó el comisario Cristián Álvarez, detective de la Brigada de Lavado de Activos (Brilac).
El tribunal señaló que en este caso se debe contar con un “perito imparcial, donde su opinión debe basarse en la evidencia, tratando con igual rigor cargos y descargos”. Eso a juicio de los jueces no se cumplió en este caso.
En el veredicto se señaló que el comisario Álvarez fue el encargado de este análisis, donde no fue objetivo, ni menos imparcial, pues “su aproximación a la causa venía precedida de un conocimiento anterior, ya que venía trabajando con la ministra Rutherford”.
Por lo mismo, el tribunal consideró que “sus opiniones pudieron estar basadas en prejuicio, lo que hace mermar objetividad en su desempeño como perito”, aunque más allá de ese argumentó también había algo más de fondo.
El tribunal estableció que el detective “no ingresó la totalidad de ingresos en los análisis” y “reconoció que solo consideró el dinero de Fuente-Alba en efectivo, su enfoque estuvo dirigido en detectar maniobras sospechosas con prescindencia de cualquier otro antecedente relevante”. La jueza remató: “Fue sesgado, impreciso e incompleto”.
La magistrada, además, sostuvo que se “modificaron cifras” después del informe oficial y una vez cerrada la investigación, sin consignarlo en ningún reporte pericial. Además, en el juicio declaró que mucha de la información que decía tener solo la mantenía en su computador, no respondiendo las interrogantes del tribunal.
La jueza detalló: “No se pudo vincular delito con un lavado de activos”, agregando que el Ministerio Público, incluso, intentó agregar hechos nuevos en el proceso, los cuales no estaban en la acusación. En conclusión, “el tribunal solo pudo alcanzar la mera sospecha”.
Para el tribunal hubo cuatro errores insalvables. Lo primero dice relación con que “en la acusación se sostiene que Fuente-Alba solo tuvo disponibilidad de gastos reservados desde que asumiera la Comandancia en Jefe del Ejército”, pero “se incluyen montos correspondientes a un periodo anterior”.
Además, se estableció, ”que de los montos incluidos correspondían a exceso de equipaje, viáticos, arriendos, depósitos a plazo, entre otros, y asimismo se omitieron supuestos depósitos en efectivo en el periodo investigado que constaban en las cartolas bancarias”. También la jueza detectó que el alcance de las glosas bancarias asociadas a los montos indagados no fue debidamente despejado, al no recabarse información suficiente.
Y, por último, ”resultó acreditado” que muchas cifras contenidas en la acusación “se incluyeron erróneamente como depósitos en efectivo, cuando en realidad se trataba de instrumentos de inversión”.
Por ahora, la posición del Ministerio Público ante el crítico veredicto es esperar. Restan aún instancias, donde luego de la lectura de sentencia -fijada para el 5 de agosto- será fundamental una apelación ante la Corte para revertir este histórico revés para el ente persecutor.
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