Suprema rechaza otro amparo de reo de Punta Peuco que quería libertad
Esta semana la sala penal de la Corte Suprema volvió a rechazar un recurso presentado por el suboficial mayor (R) del Ejército Erasmo Vega Sobarzo. ¿El motivo? Tener casos por violaciones a los derechos humanos pendientes.
A dos semanas que se desataran las críticas luego que la Corte Suprema concediera la libertad condicional a siete agentes condenados por crímenes de lesa humanidad, el criterio de la sala penal se vuelve a asentar y ayer, en decisión unánime, ésta determinó rechazar el amparo presentado por el suboficial mayor (r) del Ejército Erasmo Vega y conformar así la negativa determinada por la comisión ad hoc.
El motivo, dice el fallo, es que "el amparado es objeto de un juzgamiento penal en curso por diversos ilícitos de la misma naturaleza -en donde ha sido condenado a pena privatva de libertad- circunstancia que impide concederle actualmente la libertad condicional por lo que su situación procesal penal no ha sido dilucidada de manera definitiva".
Con esto el máximo tribunal rectifica el rumbo pues en medio de los siete amparos acogidos hace dos semanas solo el juez Manuel Antonio Valderrama se había opuesto a conoceder el beneficio a uno de los amparados por tener causas pendientes. En el fallo de ayer, todos rechazan la prerrogativa bajo ese argumento de procesos pendientes.
A esta resolución, se suma otra negativa dictada la semana pasada. Todo esto, en medio de la amenaza de acusación constitucional que alzó el Frente Amplio y parlamentarios de la Nueva Mayoría en contra de Hugo Dolmestch, Carlos Kunsemüller y Manuel Antonio Valderrama. De estos tres, el primero y el último estuvieron en el fallo de Vega.
En tanto, hoy la Corte Suprema dio a conocer una dura condena en el marco de un secuestro calificado en la llamada Operación Cóndor. En la vista de esta causa participaron Kunsemüller y Valderrama condenando a 24 agentes de la DINA a 10 años de presidio.
En el Palacio de Tribunales se destaca que es esta la doctrina que más importa al momento de evaluar a la sala penal, las altas penas que se aplican en casos de delitos de lesa humanidad, además de que se acogen -y no se declaran imprescriptibles- las acciones indeminzatorias contra el Estado que presentan los familiares de las víctimas.
En los pasillos de tribunales aún están en alerta ante la amenaza de presentación de acusación constitucional de los tres jueces. El domingo en Reportajes de La Tercera, el histórico abogado de derechos humanos, Nelson Caucoto, advirtió los riesgos de la embestida de los miembros del Congreso contra la sala penal de la Suprema. " La salida de estos tres ministros podría generar una corte totalmente distinta. Esta Suprema es dura al momento de condenar a agentes de la dictadura, y también acoge y no declara prescritas las acciones indemnizatorias a familiares de víctimas. Son tres jueces muy valiosos para quienes en los años 90 perdíamos 6-0 en esa misma sala", advirtió.
Además, la Suprema condenó a 13 años de presidio a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Gerardo Urrich González, como autores del secuestro calificado de Jorge Grez Aburto (1974). Al resto de los condenados los sentenció a 10 años.
Cabe recordar que todos los miembros de la sala penal en el caso de las condenas por violaciones a los derechos humanos siempre condenan por delitos de lesa humanidad, declara imprescriptible la acción penal y civil, y aplica tratados internacionales de derechos humanos. Esa es la doctrina uniforme de todos, incluido los amenazados por la acusación.
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