¿Cuántas personas podrían beneficiarse si se aprueba el proyecto presentado por un grupo de senadores que busca aplicar un indulto general a quienes hayan cometido delitos en el contexto de las protestas tras el estallido social del 18 de octubre de 2019? La respuesta no es fácil y es aún una de las interrogantes que ronda la discusión, ya que ningún órgano del sistema penal ha podido responder -ya que no existen cifras equivalentes en las estadísticas que maneja el Ministerio Público, la Corte Suprema, el Ministerio del Interior y la Defensoría Penal Pública (DPP)- sobre quienes fueron detenidos y en algún momento estuvieron o permanecen hasta hoy en prisión preventiva por estos hechos.
De hecho, la propia minuta de la iniciativa -impulsada por los senadores Juan Ignacio Latorre, Isabel Allende, Yasna Provoste, Adriana Muñoz y Alejandro Navarro- da cuenta de que las instituciones que participan del proceso “no tenían claridad sobre las cifras de los detenidos, imputados y condenados en el contexto de las protestas sociales del año 2019 y las que tomaron lugar el año 2020″. Al interior de la fiscalía, órgano que ha sido el encargado de perseguir penalmente a quienes han sido aprehendidos en el marco de saqueos, incendios y porte de artefactos incendiarios -vinculados a las protestas-, aseguran que justamente no existe una única estadística respecto de estos imputados, porque se les ha tratado como al resto de los ciudadanos que deben enfrentar una causa judicial, sin hacer una distinción o categorización especial para ellos.
Esta semana el proyecto de indulto, que fue presentado el 9 de diciembre del año pasado, obtuvo un importante avance luego de que la Comisión de Seguridad de la Cámara Alta aprobara la idea de legislar. Esta propuesta de amnistiar las conductas que han sufrido un reproche penal tras la crisis social ha llevado incluso a la expresidenta del Senado Adriana Muñoz a asegurar el 17 de diciembre de 2020 -una semana después de presentado el proyecto de indulto que ella patrocina- que en el país había “casi 800 personas que están en prisión preventiva, que no tienen proceso alguno”. Dicha consigna se ha incrustado en el debate y personas como el vocero de la Lista del Pueblo, Alberto Herrera, lo ha repetido cuando ha sido invitado a la televisión, asegurando que hay “700 personas privadas de libertad” hace más de un año y medio.
Pese a que ningún órgano del sistema penal tiene una estadística estándar, lo cierto es que quienes se verían beneficiados con salir de la cárcel directamente son los 25 imputados por estos ilícitos que siguen sujetos a la cautelar más gravosa que contempla el sistema. Así lo establece la más reciente actualización de datos generada este viernes 28 por el Ministerio Público. “Un total de 25 imputados por la comisión de delitos vinculados al estallido social se encuentran actualmente con la medida cautelar de prisión preventiva, de acuerdo a la información levantada por la Fiscalía Nacional hasta el 24 de mayo de 2021. Los delitos por los que son investigados incluyen lanzamiento de bombas molotov, incendio, porte ilícito de armas y homicidios frustrados, entre otros”, informaron desde la institución.
Delitos graves, no delitos políticos
¿Por qué estas personas llevarían tanto tiempo bajo esta medida cautelar que debiera ser excepcional? El fiscal regional metropolitano Oriente, Manuel Guerra, apunta a que en su mayoría son personas que contaban con antecedentes anteriores o “que están siendo investigados por delitos graves, que son complejos y, por ende, requieren más tiempo de investigación”. Para el jefe regional del Ministerio Público “en Chile no hay presos políticos”, ya que según aseguró, “ninguna persona se encuentra o se ha encontrado privada de libertad desde el 18 de octubre de 2019 por causa u ocasión de pertenecer a un determinado grupo político o por la expresión de una determinada idea, o por derechamente ejecutar una acción de naturaleza política”. Agregó que las personas que han sido formalizadas “y que han estado privado de libertad, lo han estado porque han cometidos delitos contemplados dentro de nuestra legislación, delitos que no son de naturaleza política, sino que atentan contra otros bienes jurídicos como, por ejemplo, conductas que atentan contra la propiedad, en el caso de los incendios o daños, delitos que atentan en contra de la seguridad, como lo es la fabricación y lanzamiento de artefactos incendiarios conocidos como bombas molotov, y en los llamados saqueos y que se encuadran en la categoría de los robos”.
El fiscal Guerra, quien obtuvo una condena en contra de uno de los imputados por quemar una estación de Metro, apunta a que “esta idea que se ha querido levantar de que se está persiguiendo penalmente a quienes han manifestado una idea política es completamente falsa, quiero pensar que es fruto de la ignorancia y no de un propósito deliberado y me parece especialmente grave, porque bajo esa lógica se pueden terminar legitimando acciones violentas como canal de expresión de la voluntad política, algo que se entiende que la sociedad chilena, ni las democracias, legitiman de ningún modo”.
En el levantamiento de datos realizado por la Fiscalía Nacional se detalla que los 25 imputados en el contexto del estallido social que actualmente están en prisión preventiva son todos adultos y fueron formalizados por diversos delitos. Entre ellos hay un imputado por la comisión de homicidio consumado y tres homicidios frustrados; tres personas por activación y/o lanzamiento de bombas molotov; dos por robo con intimidación o violencia; siete por el delito de incendio; tres por porte ilegal de armas, y otros cuatro por robo en lugar no habitado. En cuanto al tiempo en que han permanecido bajo esta medida cautelar, aseguró el Ministerio Público, “quien menos tiempo ha permanecido en prisión preventiva es un imputado por el delito de robo en lugar no habitado, con 22 días. Mientras que la persona con mayor periodo privada de libertad corresponde a un adulto investigado por el delito de activación de bomba molotov, con 581 días y cuya medida cautelar ha sido revisada en nueve ocasiones por los tribunales de garantía, confirmada dos veces por la Corte de Apelaciones y ratificada dos veces por la Corte Suprema”.
Una situación que explica, según el ente perseguidor penal, que haya ocho acusados que aún no han enfrentado juicio es la postergaciones de audiencias que se han vivido a causa de la pandemia, lo que ha ocurrido también con otros imputados de causas no relacionadas al estallido social. Quienes están en esa condición, de espera para enfrentar los tribunales orales, son personas a las que se le ha solicitado penas de 20 años de presidio por el delito de homicidio consumado y frustrado; 14 años por los delitos de porte ilegal de armas de fuego y municiones, y microtráfico; 12 años por el delito de incendio, y cinco años y un día por el incendio de una tienda comercial. Es decir, todas arriesgan penas efectivas de cárcel.
Quien apoya la postura de Guerra respecto de la inexistencia de presos políticos es el subsecretario de Interior, Juan Francisco Galli, quien asegura que “el gobierno se ha enfocado en casos graves y con responsables individualizados, ha presentado 564 querellas desde el 18 de octubre de 2020 contra 1.916 imputados (...), ninguno de los delitos por los que este gobierno ha perseguido penalmente a personas que hoy están privadas de libertad tienen que ver, ni lejanamente, con el ejercicio del derecho a manifestarse que, además, debe ser de forma pacífica y sin armas”.
Abuso de la prisión preventiva
El 1 de noviembre, la Defensoría Penal Pública (DPP) detalló que entre el 15 y el 31 de octubre de 2020 analizaron 936 audiencias de control de detención por delitos asociados a la crisis social. De ese total de casos ingresados, los tribunales de justicia han dictado la prisión preventiva en 157 oportunidades, lo que equivale a un 16,8%. Durante el mismo periodo, la DPP registró 8.104 audiencias de control de detención por ilícitos en general. De ellas, los jueces dictaron en un 8,1% la prisión preventiva. Según la institución, con estas cifras se puede concluir que el porcentaje de prisiones preventivas dictadas por los jueces en casos por delitos relacionados a la protesta social es el doble del que se registra si se consideran los ilícitos en general.
Lo que devela esta discusión por la aplicación de prisiones preventivas extensas y que en algunos casos terminan con personas liberadas en juicio por falta de pruebas, no es sólo respecto a los llamados “presos del estallido”, sino más bien un problema del sistema penal en general. El académico de la UDP Mauricio Duce sostiene que “la aplicación de esta medida cautelar en imputados por delitos vinculados al estallido ha sido similar u homogéneo al uso que se hace de esta medida en casos comunes, es decir una tendencia a ocuparlos más automáticamente en las imputaciones más graves y en cambio usarlo más livianamente, es decir, con menos fuerza en imputaciones menos graves y esto se mantiene en porcentajes muy parecidos en casos del estallido y los comunes”.
El experto de la UDP asegura, además, que el problema no es en particular con estos imputados y que la DPP sistemáticamente informa de casi 3.000 personas al año, un porcentaje importante de ellas privados de libertad hasta en más de seis meses, y que luego resultan absueltos. “Lo preocupante de esto es que no hay mecanismos en Chile que permitan una reparación para estas personas”, dice Duce, instalando la idea de que esta cautelar debe ser la excepción y no la regla general.
Donde sí hay un carácter político que puede influir en mayores prisiones preventivas, apunta Duce, es cuando el Ministerio del Interior invoca la Ley de Seguridad del Estado. “Esa imputación podría tener un impacto en la prisión preventiva y podría estar perjudicando más en esos casos que los comunes”, sostiene. Un informe del Ministerio del Interior fechado el 14 de mayo asegura que por LSE hay 66 personas ya condenadas, ninguna en la actualidad con prisión preventiva, 56 con arresto domiciliario y 385 bajo otras medidas cautelares. La mayor cantidad de prisiones preventivas, en aquellas causas en que el gobierno se ha hecho parte, según el mismo documento, se concentra en aquellos casos en que se persigue a quienes han lanzado molotov, por ley de control de armas y ley de drogas.
El profesor de la UDP advierte que el proyecto cuenta con debilidades, ya que, a su juicio, incorpora una categoría extremadamente amplia, no sólo en el periodo en el cual se aplicaría (7 de octubre de 2019 hasta el 9 de diciembre de 2020), y con categorías muy amplias de delitos. “Entonces una definición tan amplia temporal y de contexto, y además del tipo de delitos, meten en una misma bolsa situaciones que son totalmente distintas y que eventualmente tendrían que tener un tratamiento diverso y creo que eso es un problema del proyecto en sus orígenes, se debería poner foco en situaciones problemáticas que yo creo que las hay, pero así me parece un error”, dijo.
¿Quiénes son?
Preocupados por las palabras de políticos que sostenían que había cientos de presos sin juicio justo, el Poder Judicial también hizo su propio levantamiento de información. Fue así como el 5 de enero de este año la Corte Suprema detalló que a esa fecha se registraban 26 personas en prisión preventiva por delitos asociados al estallido social, de los cuales 17 tenían condenas anteriores. Entre los ilícitos considerados en este registro, indicaron que incluyeron a personas imputadas por cometer desórdenes públicos, robo en lugar no habitado, incendios, entre otros.
La Tercera revisó en el sistema del Poder Judicial el estado procesal de las 24 causas asociadas a los 26 imputados que a esa fecha se encontraban bajo esa cautelar. De acuerdo a la información recopilada, actualmente hay ocho personas en prisión preventiva, de las 26 informadas por la Corte Suprema en enero pasado. Además, hay 12 personas que ya no están con esta medida cautelar por diversas razones, la mayoría de ellas porque fueron condenadas a una pena de libertad vigilada y solo uno fue absuelto por el delito de saqueo.
Entre los imputados que aún permanecen en la cárcel están Omar Jerez y Jeremy Ramírez, quienes fueron acusados por la fiscalía de incendiar el Metro La Granja el 22 de octubre de 2019. También lo están Daniel Bustos, acusado por la quema del Metro San Pablo, y Manuel Calquín, quien está imputado por una presunta receptación ocurrida el 9 de noviembre de 2019 en Puente Alto.
Desde el exterior miran con preocupación la discusión que se ha planteado en torno a este eventual indulto. El director de Human Rights Watch, José Miguel Vivanco, fue tajante al apuntar que “de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, no hay presos políticos en Chile. Dicha categoría de se aplica a aquellas personas que están detenidas y sujetas a proceso penal por ejercer sus derechos básicos, como libertad de expresión, o asociación o el derecho a profesar una religión. También podría calificar alguien que está detenido y acusado de un delito común pero ha sufrido violaciones graves al debido proceso por razones políticas. No conozco ninguna evidencia que sugiera que estas circunstancias se den en Chile hoy”.
En ese sentido, dijo que “no es necesario, ni conveniente, otorgar indultos genéricos a quienes hayan cometido delitos comunes, muchos de ellos muy graves, durante las protestas. Lo anterior, además, podría desincentivar la obligación de protestar pacíficamente. Quienes cometieron delitos comunes deben ser juzgados con todas las garantías del debido proceso. Lo que podría hacerse es un examen caso a caso de los procesos para garantizar el respeto pleno de las garantías procesales de los manifestantes” y concordó que el principal problema que se refleja en este debate es “el abuso de la prisión preventiva en Chile”.