Cerca de 180 mil pesos: las multas que arriesgan las personas habilitadas que no concurran a votar
El plebiscito constitucional de salida es la primera elección obligatoria desde 2012.
Hasta $176.313 de multa arriesgan aquellas personas habilitadas para sufragar en el plebiscito de salida que no concurran a votar a su local de votación respectivo y cuya ausencia no esté justificada de acuerdo a la normativa.
Esto porque el artículo 142 de la Constitución vigente -que habilitó el proceso constitucional- señala que el voto para este referéndum sobre la propuesta de texto de la Convención es obligatorio, para quienes
De esta forma, quienes no asistan a los locales de votación arriesgan multas que van desde las 0,5 a 3 unidades tributarias, es decir, de $29.386 a los $176.313.
Sin embargo, entre las causales de ausencia que la norma establece se señala que no incurrirá esta falta quien “haya dejado de cumplir su obligación por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquél en que se encuentre registrado su domicilio electoral”. Además, se consignan otros “impedimentos graves” que deberán ser validados por el juez competente.
Según el balance de Carabineros, se han registrado más de 55 mil personas que han presentado sus excusas para no votar el plebiscito en las más de 900 comisarías desplegadas a nivel nacional.
El general Juan Muñoz Rodríguez, Jefe de la Plana Mayor Especial de Carabineros, informó que “al momento tenemos 55.110 acogidas, 50 mil por los formularios que entregamos que son de forma presencial 4.749 a través de lo que fue telemáticamente con presencia de la comisaría virtual y finalmente 179 en constancias en los libros de guardia”.
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