Con fallo dividido, Corte Suprema decide otorgar a la Fiscalía acceso parcial a correos del Minsal

Corte Suprema, tribunales

La resolución del Máximo Tribunal, que fue 3-2, exceptúa el acceso a las comunicaciones relativas “a la adquisición de implementos e insumos esenciales y estratégicos para enfrentar la pandemia” y a los que dicen relación con la “destinación de efectivos y recursos militares y policiales a labores estratégicas y logísticas relacionadas con el COVID-19”.


La Corte Suprema decidió en un fallo dividido 3-2 acoger de forma parcial la solicitud del Ministerio Público para acceder a correos electrónicos de autoridades del Ministerio de Salud (Minsal) relativos al manejo de la pandemia.

La Segunda Sala del Máximo Tribunal determinó que la Fiscalía podrá acceder a dichos mensajes, pero con ciertas limitaciones.

“Se resuelve la controversia, declarando que es procedente mantener la diligencia de entrada y registro con incautación de correos electrónicos, vinculados únicamente a la comprobación de los hechos delictivos denunciados, con excepción de las comunicaciones detalladas en las letras a) y b) del acápite 6 que antecede, las que, por estar comprendidas en la situación que contempla el inciso 2° del artículo 209 del Código Procesal Penal, quedan excluidas de la diligencia ordenada por la judicatura”, sostuvo el fallo de la Suprema.

La excepciones que mencionó el escrito dicen relación con las comunicaciones relativas “a la adquisición de implementos e insumos esenciales y estratégicos para enfrentar la pandemia” y a los que dicen relación con la “destinación de efectivos y recursos militares y policiales a labores estratégicas y logísticas relacionadas con el COVID-19”.

Fallo dividido

En el escrito se dejó establecido los argumentos de los integrantes de la Segunda Sala de la Suprema.

Por ejemplo, la abogada María Cristina Gajardo, quien apoyó la entrega de las comunicaciones con ciertas limitaciones, afirmó que “la seguridad nacional debe entenderse en su nueva dimensión, no puede ser equiparada solo al poder militar ni asociada a estados de guerra”. Y que “es precisamente desde esta nueva dimensión de la seguridad nacional que debe entenderse la norma contenida en el artículo 209 del Código Procesal Penal, en que ha incidido la decisión sub lite, y que exige resguardar adecuadamente los derechos subjetivos de los ciudadanos y de sus autoridades en el ejercicio de sus investiduras”.

En tanto, también quedó de manifiesto la opinión de los ministros Haroldo Brito y Jorge Dahm quienes estuvieron por entregar la totalidad de la información requerida por el Ministerio Público, sin restricciones.

“Queda de manifiesto que el opositor únicamente apoyó su pretensión en la norma que establece el incidente, esto es se limitó a sostener la afectación de la seguridad nacional, lo que hizo consistir en que se conocerían antecedentes relacionados con la adquisición de insumos e implementos esenciales y estratégicos para ejecutar la política sanitaria prevista para el combate de la pandemia que ha alcanzado al país. El mismo efecto produciría el acceso relativo al desplazamiento de tropas militares que prestan apoyo en diversas tareas, sin aportar antecedentes capaces de convencer acerca de que el conocimiento de lo que se quiere evitar dañaría la seguridad nacional”, afirmaron ambos magistrados.

El caso

La solicitud de acceso a la información había sido realizada por el fiscal regional Centro Norte, Xavier Armendáriz, quien pidió el acceso a los e-mails del exministro de Salud, Jaime Mañalich, de su entonces jefa de gabinete, Itziar Linazasoro y, además, de la subsecretaría de Salud Pública, Paula Daza.

Esto, en el marco de la investigación penal impulsada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, por los presuntos delitos de diseminación imprudente de gérmenes patógenos; homicidio y falsificación de documento público, en medio de la pandemia por el coronavirus.

La disputa había llegado a la Suprema luego de que el ministro de Salud, Enrique Paris, se negara a entregar los correos solicitados mediante una diligencia de incautación, argumentando que dichas conversaciones suponían un supuesto riesgo para la “seguridad nacional”, entre otras razones que esgrimió.

Luego, el Máximo Tribunal solicitó un informe a Paris para que justificara su decisión.

Además, las defensas del Presidente Sebastián Piñera, de Mañalich y de Daza -pese a que la Suprema no lo solicitó- enviaron un escrito al máximo tribunal -afirmando que el acceso a los correos del Minsal era una diligencia “infundada” y que el sustento en que se basaba la Fiscalía para dicha diligencia “son meras elucubraciones”.

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