Corte de Antofagasta rechaza recurso que presentó pareja de Karen Rojo por supuesta detención al incautársele sus teléfonos

Resolución señala que diligencia que involucró al capitán de Ejército Javier Ignacio Brevis Valenzuela "en caso alguno significó el arresto, detención o privación de libertad del amparado, ni constituyó u originó ninguna privación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual".


La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó un recurso de amparo preventivo presentado por el capitán de Ejército Javier Ignacio Brevis Valenzuela, pareja de la exalcaldesa de la ciudad Karen Rojo Venegas, la que se encuentra prófuga y con orden de detención vigente tras confirmarse su condena de cinco años de cárcel por el delito de fraude al fisco, el pasado 23 de marzo.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Ingrid Castillo Fuenzalida y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza– desestimó la acción de amparo al considerar que la libertad individual del recurrente no se ha visto afectada.

El abogado y vocero de la Fiscalía de Antofagasta José Troncoso Valdés, que debió alegar dicho recurso, explicó que los ministros de la corte de apelaciones estimaron que el militar no fue detenido, pese a que en primera instancia se negó a entregar los artefactos.

El abogado Felipe Moraga Marinovic presentó el recurso a nombre del uniformado acusando que detectives de la Brigada de Delitos Económicos de la Policía de Investigaciones lo detuvieron e incautaron tres teléfonos celulares, sin haber sido imputado por ninguna causa ni haber cometido ningún delito.

“No existe elemento alguno para acoger este recurso, en la medida que la libertad individual del amparado, en las diversas manifestaciones protegidas por este arbitrio procesal conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, no se han visto afectadas por lo que este recurso carece de la base imprescindible para ello, no pudiendo ser sede o emplearse para reclamar cuestiones diversas y ajenas al derecho señalado, eludiendo la sede prevista para ello”, afirma el fallo de la corte antofagastina.

La resolución agrega que “de los antecedentes de este recurso consta que resulta efectivo que el Juzgado de Garantía de esta ciudad dispuso la incautación de los teléfonos del amparado, diligencia requerida por el Ministerio Público con la finalidad de ubicar en el extranjero a doña Karen Rojo Venegas, respecto de quien se dispuso la extradición para cumplir una condena de crimen impuesta por sentencia ejecutoriada, persona con la cual el recurrente mantuvo o mantiene una relación amorosa”.

”Se trata así de una diligencia requerida por el órgano de persecución penal y dispuesta por el tribunal penal competente, en el marco del cumplimiento de una sentencia penal ejecutoriada que, como sea, en caso alguno significó el arresto, detención o privación de libertad del amparado, ni constituyó u originó ninguna privación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual resultando demostrada que el tiempo que el recurrente se encontró ante funcionarios policiales en el Aeropuerto de esta ciudad, se debió exclusivamente por su negativa de cumplir la orden del tribunal”, argumentó la corte.

El vocero de la Fiscalía de Antofagasta precisó que si bien Brevis “no está sujeto a una investigación de manera directa, la ley impone al Ministerio Público el deber de buscar la locación específica de un prófugo –como ocurre en el caso de doña Karen Rojo Venegas- a fin de cumplir el objetivo de la extradición activa, esto es, ponerla a disposición de la justicia nacional para que cumpla la pena privativa de libertad”.

En ese sentido, el abogado Troncoso Valdés agregó que “en este caso, el Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela, solicitó al Juzgado de Garantía la incautación del o los teléfonos celulares de Brevis, a fin de obtener información que permita identificar la ubicación precisa de la fugada. El Juzgado de Garantía acogió la petición de la Fiscalía y ordenó la incautación de las especies”.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.

Imperdibles