Corte de Apelaciones de Concepción ordena a deudores de pensión alimenticia a pagar $33 mil millones
No obstante, hay un porcentaje en el que estos cobros no resultan ser efectivos, pues los deudores no tienen dinero en las cuentas bancarias o no cotizan.
A un año de la entrada en vigencia de la Ley 21.484 de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos, en la Corte de Apelaciones de Concepción se han recibido 65.826 solicitudes, que dieron paso a 19.055 órdenes de pago, cuyo monto total alcanza los $33.909.848.175, de los cuales ya se han cancelado $26.148.645.447.
El magistrado Cristian Alarcón Manríquez, perteneciente al Juzgado de Familia de Concepción, comentó que “sin lugar a dudas, esto ha significado un avance en cuanto al cobro mismo de los alimentos y también una carga de trabajo para el tribunal. Es un avance la implementación de la Ley 21.484, puesto que de no haber existido esta forma de cobro ese dinero no hubiese llegado a los beneficiarios de alimentos”.
Eso sí, el juez recordó que hay un porcentaje en el que estos cobros no resultan ser efectivos, pues los deudores no tienen dinero en las cuentas bancarias o no cotizan. “Es un porcentaje menor y como lo hemos dicho con anterioridad, estos son mecanismos que tienden a ayudar en el cobro, pero en ningún caso aseguran en un 100%, el pago de las pensiones de alimentos”, aclaró.
Pago efectivo
La Ley 21.484 estableció un mecanismo de pago permanente para la deuda de pensiones de alimentos, el que se activa cuando la persona a cargo del alimentario solicita la retención de fondos de cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión del deudor, lo que se denomina procedimiento especial. Si no se detectan activos, entonces se activa el procedimiento extraordinario, en el que se analizan las cuentas de AFP.
En el caso de los procedimientos especiales, en la jurisdicción han ingresado 35.801 solicitudes, vinculadas a 20.406 causas. Esto ha dado paso a 11.972 órdenes de pago, que se traducen en $4.586.290.214.
Respecto a los procedimientos especiales, las solicitudes llegan a 30.025 en un total de 10.007 causas. Tras las consultas en las AFP respectivas, se han dictado 7.083 órdenes de pago por un monto total de $29.323.557.961.
Entre ambos procedimientos, ya se ha concretado el traspaso de $26.148.645.447, lo que ha beneficiado a 11.545 alimentarios.
La ley del pago efectivo de pensión de alimentos se enlaza con la normativa que crea el registro de deudores, la que entró en vigencia en noviembre de 2022, puesto que para solicitar este método de cobro es necesario que el alimentante se encuentre en ese listado.
Al respecto, el magistrado Alarcón expuso que “esto también ha ayudado, de cierto modo, a que, en un porcentaje menor, algunos de los deudores al verse incorporados en el registro, vienen a los tribunales a pagar cifras considerables y a proponer fórmulas de cobro en cuanto a pago en cuotas con mayor efectividad que antes que existiera la ley, por lo tanto, esto indudablemente es un avance respecto de la efectivización de derechos respecto de niños, niñas y adolescentes”.
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