Corte de Arica rechaza en forma unánime recurso contra el Presidente Boric por situación de migrantes en la frontera
“Queda de manifiesto que ni la libertad o la seguridad individual del colectivo amparado sirve de fundamento al recurso”, sostiene el fallo.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó un recurso de amparo presentado en contra del Presidente Gabriel Boric y en favor de los migrantes que se encuentran desde hace días en el sector fronterizo entre Chile y Perú y que exigen que se resuelva su situación y se les permita salir del país.
En un fallo unánime dado a conocer este miércoles, la Segunda Sala del tribunal de alzada nortino, integrada por el ministro Marco Antonio Flores Leyton, el fiscal judicial Juan Manuel Escobar Salas y la abogada (i) Sandra Negretti, rechazó la acción judicial al no existir una vulneración al derecho a la libertad personal y a la seguridad individual de las personas pro las que se presentó el recurso.
“Queda de manifiesto que ni la libertad o la seguridad individual del colectivo amparado sirve de fundamento al recurso”, sostiene el fallo.
El recurso pretendía favorecer a un numeroso grupo de migrantes en situación irregular que permanecen varados en la frontera entre Perú y Chile, en la llamada Línea de la Concordia. Se trata de familias e individuos que no cuentan con su documentación y decidieron salir del país.
La circulación de personas migrantes hacia Perú había aumentado luego que el pasado 10 de abril el Ministerio Público anunciara que los fiscales de todo el país aplicarían el “criterio de actuación relativo a solicitar prisión preventiva en caso de personas detenidas cuya identidad no pueda ser corroborada”. En el Congreso, en tanto, se tramita un proyecto que convierte la migración irregular en delito.
Quienes ingresaron a Chile por rutas clandestinas y no cuentan con su documentación están imposibilitadas de salir en forma regular. Por ello, intentaban hacerlo evadiendo controles por pasos no habilitados. Frente a ello, las autoridades peruanas decidieron decretar estado emergencia en su frontera sur, destinando a medio millar de policías y militares para que realicen labores de control en la zona.
La resolución de la Corte de Apelaciones de Arica expone que “no existiendo vulneración a alguna a la garantía del numeral séptimo del artículo 19 de la Carta Magna, resulta que la materia objeto del recurso impetrado no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, lo que obliga a su rechazo”.
Por lo tanto, “se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesto en favor de todos los extranjeros apostados en la línea de la frontera chileno-peruana”, señala el fallo.
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