Corte declara abandonado recurso de apelación del INDH y se confirma inadmisibilidad de querella por tráfico de influencias

Sede del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en Providencia.
Sede del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en Providencia. Foto: Javier Salvo / Aton Chile.

La acción judicial había sido presentada en contra del ex ministro de Defensa Mario Desbordes, en el marco del caso por la llamada Operación Topógrafo.


El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) sufrió un nuevo revés judicial, en cuanto a la querella que presentó en contra del ex ministro de Defensa Mario Desbordes, por el delito de posible tráfico de influencias en el caso por la llamada Operación Topógrafo.

La acción judicial del INDH se estampó luego de que el organismo recibiera un informe de la PDI -elaborado en función del caso de espionaje del Ejército- que daba cuenta de gestiones que habría realizado el exjuez Juan Antonio Poblete, vía el actual candidato a la alcaldía de Santiago, para supuestamente promover la llegada de la ministra María Teresa Letelier a la Corte Suprema.

En medio de la pugna judicial, 7° Juzgado de Garantía de Santiago acogió un recurso de reposición del abogado Agustín Martínez Costa, en representación de Desbordes, y declaró inadmisible la querella por tráfico de influencias que presentó el instituto dirigido por Consuelo Contreras.

El juzgado consideró que la legislación que regula al instituto le permite querellarse solamente por los delitos allí establecidos, entre los que no figura el ilícito que acusaba el organismo.

“Atendido a lo resuelto, sin perjuicio de aquello, advirtiendo el tribunal que los hechos revisten carácter de delito, tómense los antecedentes como denuncia y remítanse en su totalidad al Ministerio Público para los fines correspondientes”, señala el fallo.

El juzgado había declarado admisible la querella, pero revirtió su decisión valorando el planteamiento de la Defensa de Desbordes. Posteriormente, el INDH presentó un recurso de apelación a dicho fallo.

Sin embargo, conforme al artículo 358 de Código Procesal Penal se declaró por abandonado recurso de apelación presentado por el organismo, como es posible corroborar en el sitio del Poder Judicial.

De acuerdo a fuentes consultadas por La Tercera, el abogado del INDH no se presentó a la undécima sala de la Corte de Apelaciones para legar el recurso.

De esta manera, se tiene por abandonado el recurso y queda a firme la sentencia del Juzgado de Garantía que declaró inadmisible la querella del INDH.

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