Corte Suprema cierra la puerta a generales de Carabineros sumariados por Contraloría

Corte Suprema, tribunales

La Tercera Sala confirmó el fallo de la Corte de Santiago que declaró inadmisibles los recursos de protección presentados por los generales Jorge Valenzuela, Mauricio Rodríguez, Hugo Zenteno y Jean Camus. Este mismo criterio podría aplicarse para el resto de los tres recursos pendientes para los cuales la defensa ingresó un recurso de reposición en el que además piden alegatos. Los altos mandos reprochaban que el contralor, Jorge Bermúdez, no tenía potestad legal para sumariarlos.


Fueron siete los generales de Carabineros sumariados por Contraloría. A ellos les levantaron cargos por su responsabilidad de mando en presuntas irregularidades ocurridas en tareas de control de orden público, mientras se desarrollaban las protestas de la crisis social. Ante esto y como primera medida, los uniformados acudieron a la Corte de Apelaciones de Santiago con la intención de impugnar los sumarios abiertos por la fiscalía interna del ente contralor.

Se trató de seis generales activos del Alto Mando de Carabineros y un general en retiro de la policía uniformada —Jorge Valenzuela, director Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales; Mauricio Rodríguez, jefe de la Zona Metropolitana; Enrique Bassaletti, jefe de la Zona Santiago Este; Enrique Monrás, jefe de la Zona Santiago Oeste; Hugo Zenteno, jefe de Zona de Valparaíso; Jean Camus, director de Logística; y Jorge Ávila, exjefe de Fuerzas Especiales de Carabineros— quienes intentaron frenar las investigaciones administrativas que lleva en su contra el organismo liderado por Jorge Bermúdez.

La primera negativa que tuvieron los generales vino de la Primera Sala del tribunal de alzada de Santiago, que declaró inadmisibles los siete recursos. Los abogados de los uniformados, la mayoría representados por Jorge Martínez, no quedaron satisfechos y apelaron a la Corte Suprema.

Y las primeras noticias de esa apelación llegaron a finales de la semana pasada. El jueves 29 de octubre la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de los generales Valenzuela, Rodríguez, Zenteno y Camus. “Se confirma la resolución apelada”, dice en las cuatro escuetas sentencias firmadas por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval y Ángela Vivanco y los abogados integrantes Jorge Lagos y Julio Pallavicini.

El abogado Martínez asegura que “respecto a los recursos interpuestos por los siete generales de Carabineros ante la Corte Suprema, cuatro de ellos fueron rechazados el día 29 de octubre, sin embargo, esta defensa consideró que la resolución de la corte en el rechazo, incumplía una serie de garantías constitucionales, por lo cual esta defensa solicitó recursos de reposición respecto de esa resolución”. El abogado agregó que “aún hay tres recursos que corresponden a los generales Bassaletti, Monras y Avila, donde la Excelentísima Corte Suprema no ha emitido opinión ni pronunciamiento y respecto de estos tres recursos, esta defensa ha pedido los alegatos a la Excelentísima Corte”.

Martínez quiere dar una última batalla y que la sala escuche alegatos para que los recursos sí sean admitidos a trámite y se pase a juzgar el fondo. Si prospera esta opción, aún quedaría una última instancia para ver si la corte cambia su criterio.

La confirmación a la cual hicieron referencia en su fallo los ministros de la Sala Constitucional de la Suprema apunta a la sentencia de la Corte de Santiago que estableció que la acción de los generales “sobrepasaba” los márgenes del recurso de protección ya que “aún existe un procedimiento administrativo pendiente y el acto impugnado no tiene carácter terminal, sino que es un acto de trámite o intermedio que forma parte de un procedimiento complejo, como es el sumario administrativo”.

Esto último se leyó como un mensaje de respaldo a la Contraloría, sobre todo debido a que el punto principal que reclamaban los generales apuntaba a que el contralor Bermúdez no contaba, según ellos, con las potestades legales para iniciar un sumario en su contra. Se espera que el mismo criterio sea el aplicado para el resto de los recursos que están a la espera de ser resueltos por la Tercera Sala del máximo tribunal.

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