Corte de Temuco acoge recurso de amparo presentado por el INDH en contra de Carabineros de La Araucanía

El tribunal de alzada, en un fallo unánime, ordenó a los uniformados que sus procedimientos de detención deben ceñirse estrictamente a sus protocolos y los tratados internacionales de Derechos Humanos.


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en contra de la IX Zona de Carabineros de La Araucanía. El amparo daba cuenta de los vejámenes que habrían recibido profesores y estudiantes el pasado 18 de noviembre en la Segunda Comisaría de Temuco. Las víctimas llegaron hasta esa unidad policial luego de ser detenidos en la plaza Dagoberto Godoy en el marco de una manifestación por el homicidio de Camilo Catrillanca.

En un fallo unánime, la sala de la corte integrada por los ministros Julio César Grandón, Cecilia Aravena y el abogado integrante Marcelo Neculmán, acogió el recurso de amparo y resolvió que "en los procedimientos de detención en las unidades policiales, en lo sucesivo los funcionarios de Carabineros, deberán ceñir su actuar estrictamente a los protocolos institucionales, a la normativa legal existente y a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos suscritos por Chile, tanto respecto de las amparadas como de cualquier persona que se encuentre detenida en dependencias policiales de Carabineros de Chile, procurando incluso mantener registros fiables de estos procedimientos".

Además, el tribunal de alzada remitió copia "de esta resolución y de los antecedentes de esta causa a la Fiscalía Regional de la Araucanía, a fin de que se investiguen eventuales vulneraciones a los protocolos de registro corporal de los detenidos, y en especial de las amparadas en relación con lo que disponen las normas nacionales e internacionales en relación con dicha materia".

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