Defensa de Yáñez refuta imputaciones: “Realizó un montón de actuaciones que tenían por objeto evitar los resultados lesivos”
Los generales (r) están acusados por el delito omisivo de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio durante el estallido social.
En la quinta jornada de la audiencia de formalización de los generales (r) Mario Rozas, Diego Olate y Ricardo Yáñez, la defensa de este último comenzó la réplica por las medidas cautelares pedidas, descartando las imputaciones de Fiscalía y de los querellantes al señalar que su representado no debía ser acusado por el delito omisivo.
El abogado Nicolás Oxman fue quien habló delante del tribunal indicando que llegaron a un acuerdo con el Ministerio Público no porque acepten las imputaciones, sino que, a su juicio “resultan ser proporcionales para los fines de la investigación y permiten asegurar de modo suficiente la comparecencia de mi representado a todos los actos del procedimiento”.
Junto con ello, comenzó sus alegatos con definiciones de lo que son los cargos de los generales (r), cabe recordar que, están acusados por el delito omisivo de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio durante el estallido social.
El defensor dio explicaciones en base a citas de expertos y en relación a códigos penales internacionales. Dentro de esto, mencionó mediante una cita a Primo Levi, sobreviviente del holocausto y a Manuel de Rivacoba, sometido al régimen franquista.
Asimismo, el abogado Oxman indicó que a su representado “a lo sumo, podrían imputársele por esta falta de vigilancia, de control derivados de la jerarquía, únicamente infracciones, ¿No? De naturaleza administrativa, faltas al deber de cuidado, pero no el dolor necesario exigido por el tipo para configurar un atentado a la integridad moral en los términos en que he señalado anteriormente”.
En esa línea, prosiguió relatando medidas que tanto Yáñez, como Rozas y Olate, realizaron cuando estaban en sus cargos en el período de los hechos. “Mi representado realizó un montón de actuaciones, un cúmulo de actuaciones que tenían por objeto evitar los resultados lesivos”, afirmó.
Explicando que Yáñez y compañía actuaron “dentro del ámbito del riesgo permitido”, e incluso, “disminuyeron la producción de resultados lesivos, de la fuerza”.
“Hacer cesar toda forma de uso de la fuerza al control del orden público no era posible, ni era constitutivo la situación concreta en la que actuaron de un comportamiento alternativo conforme al derecho vigente”.
Añadiendo que en el contexto “se trataba de una situación de estado de excepción constitucional al cual ya han hecho referencia el resto de las defensas y concretamente a mi representado se le exigía el control del orden público en su carácter de autoridad encargado de ello”.
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