El antes y después de la normativa que dejó en libertad condicional a Hugo Bustamante
La Corte de Apelaciones otorgó el beneficio penitenciario al principal sospechoso por el crimen del caso Ámbar en 2016. La regulación para estas determinaciones tuvo la última modificación en enero de 2019, cuando se eliminó que los condenados a penas superiores a 20 años puedan acceder a ellas.
La detención de Hugo Bustamante como principal sospechoso del crimen de Ámbar Cornejo, ocurrida ayer, volvió a poner en discusión los criterios para otorgar beneficios carcelarios, con duras críticas desde el gobierno, que ha instado a los tribunales a tener mayor rigurosidad con estas determinaciones.
Bustamante fue condenado en 2005, a 15 y 12 años de presidio por dos delitos de homicidio simple. Previamente, había cumplido diez años en la cárcel por robo con fuerza y hurto. En este último hecho de violencia, la justicia lo condenó por el asesinato de su pareja, Verónica Vásquez, y del hijo de ésta, Eugenio,, cuyos cadáveres fueron posteriormente depositados en un tambor y rellenados con agua, cal y yeso.
Por este delito, hasta 2016, Bustamante se encontraba recluido en la cárcel de Valparaíso. En la revisión de cautelares de la comisión de libertad condicional que sesionó en la oportunidad, 742 presos obtuvieron el beneficio, correspondientes a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Uno de ellos era Bustamante. Mientras, más de 1.600 reos lo consiguieron a nivel nacional.
Lo ocurrido ha puesto bajo la lupa a la ministra de la Corte de Valparaíso, Silvana Donoso, quien presidió en 2016 la instancia de revisión de beneficios carcelarios. La comisión también estuvo compuesta por Paula Ramos, jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso; Alonso Arancibia, juez del Tribunal de Juicio Oral en o Penal de Viña del Mar; Loreto León, jueza del Juzgado de Garantía de Viña del Mar y Eduardo Saldivia, juez del Juzgado de Garantía de Valparaíso.
Pesó a favor del detenido por la muerte de Ámbar que había cumplido al menos diez de los 27 años a los que había sido condenado, tal como lo indicaba la legislación en ese momento.
El 29 de abril de 2016, Bustamante dio su primer paso fuera de la cárcel de Valparaíso, tras los 11 años de privación de libertad que alcanzó a cumplir. Estuvo en esa condición hasta ayer, cuando se emitió la orden de detención en su contra, luego que la madre de la menor confesara el presunto crimen.
La normativa vigente
En enero de 2019 se realizó la última modificación a la normativa que dictamina el beneficio de libertad condicional.
En cuanto al proceso, quienes toman conocimiento de las solicitudes son las comisiones de Libertad Condicional, que funcionan dos veces al año en cada una de las Cortes de Apelaciones del país, en base a informes elaborados por Gendarmería.
Dicha comisión es integrada por un ministro de la Corte respectiva, que ejerce como presidente. Además, la integran cuatro jueces de juzgados de garantía o de tribunales de juicio oral en lo penal de dicha jurisdicción, que son seleccionados por el tribunal de alzada. La única excepción a esta regla se produce en la Corte de Santiago, donde la comisión es conformada por 10 jueces.
Más allá de la composición de la instancia, anteriormente cada otorgamiento del beneficio necesitaba la aprobación del gobierno, a través de los seremis de Justicia. Finalmente esa etapa fue modificada en 2012, por lo que el Ejecutivo ya no tiene injerencia en las decisiones.
Todas las personas que acceden al beneficio quedan sujetas a la supervisión de delegados de Libertad Condicional de Gendarmería, que tienen un plazo de 45 días para elaborar un plan de intervención individual, al que el beneficiado debe comprometerse a cumplir.
Puede hacer la petición cualquier persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración y tiene que cumplir con algunos requisitos. En primer lugar tiene que haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso, con excepción de los delitos más graves, en cuyo caso, se puede postular al haber cumplido dos tercios de la pena de cárcel.
No obstante, a los condenados a más de 20 años, como en el caso de Bustamante, la ley establecía que se les puede conceder la libertad condicional solo una vez cumplidos diez años de la pena, lo que fue modificado en enero del año pasado. Ahora, en cambio, no pueden acceder al beneficio quienes cumplan penas superiores a 20 años.
Además se ratifica como requisito el haber aprendido bien un oficio y haber asistido a la escuela del establecimiento penitenciario donde el reo estuvo recluido.
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