Luego de 28 años prófugo, el exfrentista Pablo Muñoz había sido detenido en Bolivia el pasado 6 de enero.
Muñoz fue uno de los cuatro miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) que se fugaron de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago (CAS), la tarde del 30 de diciembre de 1996, a bordo de una estructura tipo canasto que colgaba de un helicóptero.
Según informó la Policía de Investigaciones hace una semana, su aprehensión fue realizada por personal de la policía boliviana, en razón de la Notificación Roja emitida por la Oficina Central Nacional (OCN) Interpol Santiago y las dos órdenes de detención que mantenía pendiente por Infracción a la Ley de Armas, secuestro y fuga del territorio nacional. Bolivia iba a proceder a expulsarlo, sin embargo, lo liberaron al día siguiente. Sus autoridades indicaron entonces que desde Chile no se había realizado el pedido de extradición.
El Poder Judicial entonces visó una orden de detención provisional y se inició el proceso para solicitar la extradición formalmente.
La primera fase de este proceso consiste en que el fiscal judicial de la Corte Suprema debe elaborar un informe. Tras esto, la la Segunda Sala del máximo tribunal deberá revisar la causa con el documento a la vista.
El informe lo elaboró el ministro Jorge Pizarro, cuyo nombramiento en ese puesto fue aprobado por el Senado en octubre del año pasado.
“Este fiscal estima que no resulta procedente, con arreglo al derecho interno y los tratados internacionales, acoger la solicitud de extradición por encontrarse actualmente prescritas tanto la acción penal por su presunta participación en los delitos de robo con intimidación y robo con violencia indicados en el auto acusatorio, como por hallarse prescrita la pena a la que fue condenado como autor del delito de asociación ilícita terrorista”, señala el reporte de Pizarro.
Se espera que este miércoles, la sala penal del máximo tribunal se pronuncie sobre la extradición del exfrentista, teniendo en consideración los argumentos del fiscal judicial. El informe de Pizarro, sin embargo, no es vinculante.