Las claves de la suspensión del juicio contra Los Gallegos
Tras confirmar parcialmente una sentencia de la Corte de Apelaciones, el máximo tribunal ordenó la suspensión del juicio oral contra 38 imputados iniciado esta jornada de manera telemática, a la espera de una nueva audiencia para evaluar la factibilidad técnica de un juicio presencial. Asimismo, ordenó entregar a las defensas los informes donde Gendarmería justifica los motivos por los que el juicio debe realizarse de forma remota.
Este lunes, la Corte Suprema ordenó la suspensión del juicio oral contra 38 imputados que estarían presuntamente vinculados a la agrupación criminal Los Gallegos, el brazo operativo en Chile de la banda venezolana conocida como el Tren de Aragua.
Esto, en la misma jornada en que el Tribunal Oral en Lo Penal de Arica ya había comenzado, de manera telemática y bajo fuertes medidas de seguridad, el juicio en cuestión, el que en la previa fue calificado por el ministro de Justicia, Luis Cordero, como el “más importante que ha abordado temas de crimen organizado en Chile”.
La Fiscalía pide presidio perpetuo para 11 de los imputados, mientras que las condenas solicitadas para los otros 27 implicados suman más de 200 años.
¿Por qué se suspendió?
El máximo tribunal confirmó parcialmente una sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, que acogió un recurso de amparo presentado por las defensas de los acusados, que son imputados por los delitos de homicidio calificado, secuestros, porte de armas y tráfico de drogas, entre otros.
En su fallo, la segunda sala de la Corte Suprema consideró que se vulneraron las garantías de los imputados al no entregarse a las defensas -durante una audiencia de factibilidad técnica realizada previa al juicio- la información sobre los motivos para decidir que las audiencias se realizaran de manera remota -desde las cárceles donde se encuentran recluidos los acusados- y no de manera presencial, como pedían los defensores.
Así, el máximo tribunal determinó que el juicio deberá suspenderse hasta que no se realice -en fecha por definir- una nueva audiencia para evaluar la factibilidad técnica de un juicio presencial.
En el dictamen, asimismo, se destaca que se debe dejar a disposición de las defensas -lo que no se había realizado previamente- los documentos que emitió Gendarmería para justificar las medidas de seguridad aludidas para evitar el traslado al tribunal de los imputados que se encuentran en prisión preventiva en seis ciudades del país: Arica, La Serena, Rancagua, Concepción, Santiago y Puerto Montt.
El fiscal regional de Arica, Mario Carrera, explicó que el máximo tribunal en su decisión “ordenó primero la paralización o suspensión del juicio oral en contra de Los Gallegos y la realización de una audiencia que se denomina de factibilidad, donde se discuta nuevamente la procedencia o improcedencia del traslado de los acusados de los distintos penales hasta la ciudad de Arica”.
“Como diferencia, digamos, de lo que se había realizado con anterioridad, es que ordena que los intervinientes tengan acceso a los documentos que emitió Gendarmería para justificar las medidas de seguridad que hacían necesario evitar el traslado. Esta audiencia debería realizarse próximamente, el Tribunal Oral tiene que llamar a ella y mientras tanto se paraliza el juicio”, afirmó el persecutor.
Con anterioridad al inicio del juicio, el fiscal Carrera había señalado -ante la consulta de si existía un posible riesgo de fuga al realizar un juicio presencial- que “como Ministerio Público, no somos expertos en seguridad. Por lo tanto, quienes sí son expertos son Gendarmería y los distintos órganos de seguridad. Y los informes que nos han entregado esas organizaciones efectivamente dan cuenta de posibles escenarios de riesgo”.
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