Pensiones de alimentos: 19.212 personas pidieron dejar de pagar en 2017
Según abogado, el pago de alimentos puede cesar en caso de injuria atroz, es decir, "conductas graves que justifiquen su cese, como atentado grave contra la vida, falta de socorro en estado de demencia o destitución".
Del mismo modo que se instaura una demanda por alimentos, también puede solicitarse un cese o término de las pensiones de alimentos.
En 2017 se presentaron 19.212 demandas de cesación de alimentos. La ley estipula que la obligación de proporcionar alimentos cesa cuando los hijos cumplen las edades correspondientes: 21 años y no siguen estudiando, o si han alcanzado los 28 años y dejaron de estudiar, o cuando es la persona que paga la pensión la que tiene el cuidado personal de sus hijos.
Los alimentos pueden cesar, dice Gabriel Muñoz, abogado de la CAJ, en caso de injuria atroz, es decir, "conductas graves que justifiquen su cese, como atentado grave contra la vida, falta de socorro en estado de demencia o destitución. Tampoco podrá hacerlo el padre o madre que haya abandonado al hijo en su infancia, estableciendo su filiación por sentencia judicial a la que se hayan opuesto".
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.