Qué sanciones canónicas arriesga el cura Precht por ir a la justicia civil
Tras fallo de la Suprema, expertos descartan posibilidad de una expulsión del estado clerical.
La situación del sacerdote Cristián Precht es compleja, luego de que el pasado 10 de agosto la Iglesia de Santiago informara que, por segunda vez, se enviaron al Vaticano los antecedentes de un presunto abuso de menores, esta vez supuestamente relacionado al llamado caso Maristas.
En diciembre de 2017 el sacerdote ya había terminado de cumplir una sentencia canónica, de cinco años, impuesta tras comprobársele "conductas abusivas con menores y mayores de edad". Esta vez, sin embargo, su defensa alega total inocencia y cuestiona el proceso. Por ello, también acudió a la justicia civil, donde la Corte Suprema acogió un recurso de amparo contra el Arzobispado de Santiago, declarando ilegal que se le fije residencia. ¿Podría este hecho gatillar alguna sanción eclesial, incluso la expulsión del estado clerical?
La especialista en derecho canónico de la U. de los Andes, Anastasía Assimakópulos, indica que "los sacerdotes, entendiendo la relación sacramental que mantienen con el obispo y su diócesis, tienen diferentes instancias eclesiales administrativas a las cuales recurrir en el caso de que no compartan una decisión de su superior. Existen esos espacios".
Pero también descartó que el hecho de no observar esa línea de acción, implique, por sí sola, la posibilidad de alguna sanción grave, como la expulsión del estado clerical, que es la pena canónica más alta que se impone - tras un proceso- a los clérigos declarados culpables de delitos graves, como el abuso de menores.
En la Fundación Voces Católicas se indicó que "llama la atención que un clérigo se someta a la justicia civil, desconociendo el ordenamiento canónico, su vínculo jurídico con la Iglesia y, por ende, con su obispo. Sin embargo, más allá de que sea una acción que pueda generar interés en el Vaticano, no es motivo de expulsión del estado clerical".
Se añadió que "distinto sería que la Congregación para la Doctrina de la Fe lo encontrara culpable, nuevamente, de la causa pendiente que tiene. Si es así, ya no sería una sanción canónica como la anteriormente aplicada, sino la expulsión del estado clerical".
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