Autopsia de comunero mapuche confirma homicidio con munición de plomo a corta distancia
Rodrigo Melinao tenía sólo un impacto en el tórax al ser hallado muerto en Ercilla. Además, se descartó que fuera buscado por la policía, pues la condena por el delito de incendio aún no estaba ejecutoriada.
El Servicio Médico Legal de Temuco realizó la autopsia del comunero mapuche Rodrigo Melinao Licán, de 26 años, quien ayer fue encontrado muerto al interior de una parcela del sector de Chiguayhue, en Pidima, IX Región.
La autopsia practicada al indígena de la comunidad Rayen Mapu, confirmó que el fallecimiento de Melinao fue producto de un impacto de munición de plomo de escopeta, la que fue percutada a una distancia menor a seis metros.
El fiscal adjunto de Collipulli, Ricardo Traipe, quien logró ingresar al sitio del suceso cuatro horas después del crimen, se encuentra realizando las diligencias en torno al homicidio.
Según Traipe, Melinao "presentaba un visible impacto en la zona derecha atribuible a un disparo con arma larga, una escopeta". Además, municiones similares a las que lo impactaron, fueron encontradas entre sus ropas.
La autopsia además logró determinar que la muerte del comunero mapuche se habría producido durante la madrugada o a primera hora de la mañana del martes.
"Se trata de un delito de homicidio, pues se puede concluir la participacion de terceras personas", dijo el fiscal de Collipulli, situacion que fue confirmada con la autopsia del SML.
MELINAO NO ESTABA PROFUGO
A diferencia de lo que se informó en primera instancia, Rodrigo Melinao no era buscado por las policías, pues no estaba prófugo.
Según fuentes consultadas por La Tercera, a la fecha no existía ninguna orden de detención en su contra, pues la sentencia dictada por hechos ocurridos en 2011 en la comuna de Ercilla, no estaba ejecutoriada.
Esto porque tras la condena de 5 años y un día de presidio por el delito de incendio de bosques, y de 541 días de presidio por el delito de daños calificados, la defensa de Melinao interpuso un recurso de nulidad ante la Corte de Aplaciones, el cual aún no está resuelto.
La condena fue dictada el pasado 24 de julio. De acuerdo a la sentencia, se logró acreditar que "el día 28 de octubre de 2011 un grupo de entre quince a veinte individuos, previamente concertados y premunidos de armas de fuego, palos, herramientas agrícolas y artefactos incendiarios, ingresaron a las Parcelas 15 y 16 Requén del sector Chiguayhue, de propiedad de Bosques Cautín S.A., donde se desarrollaba una explotación de eucaliptos".
En este lugar, según el fallo, Melinao y un acompañante "procedieron a disparar en contra del personal de Carabineros que cumplía una medida de protección y los trabajadores forestales que a esa hora ingresaban al predio, mientras simultáneamente otros prendían fuego a los árboles volteados de la explotación y al bosque en pie".
El sábado recién pasado la defensa de Melinao presentó el recurso para anular el juicio que lo condenó, con el fin de realizar un segundo juicio y demostrar su inocencia, recurso que no alcanzó a ser resuelto.
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