Cascadas: Corte ordena a la SVS entregar formulaciones de cargos a la Fiscalía
La SVS se había negado a entregar las formulaciones de cargos de Julio Ponce y otros tres ejecutivos señalando que no estaba garantizada la reserva de la información.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el juez Patricio Villarroel, acogió este lunes el recurso penal controversial presentado por la Físcalia Metropolitana Centro Norte, y ordenó a la Superintendencia de Valores y Seguros que le entregue la formulación de cargos a Julio Ponce y otros tres ejecutivos, por eventuales infracciones a las leyes de Mercado de Valores y de Sociedades Anónimas.
El recurso, firmado por el fiscal regional Andrés Montes, buscaba revertir la decisión de la SVS, que aduciendo que no estaba garantizada la reserva de la información se negó a entregar los antecendentes solicitados mediante oficio por el fiscal de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad, José Morales.
El fallo de la Corte de Apelaciones establece "que si bien efectivamente el artículo 23 del Decreto Ley N 3538 de 1980 reconoce y consagra el deber de reserva, tal norma debe ser interpretada en el contexto general del ordenamiento jurídico y ello permite concluir que afecta a los empleados o personas que presten servicios en la Superintendencia respeto de documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a fiscalización, pero que tal deber ceda ante el requerimiento del Ministerio Público, entidad a quien corresponde de forma exclusiva la investigación de hechos que podrían constituir delitos, cuando estos se solicitan en los términos del artículo 19 del código procesal penal, esto es, en materia de su competencia y en el marco de una investigación aún no judicializada".
Y agrega "que la naturaleza de la información no es óbice para dar cumplimiento a lo solicitado desde que, el Ministerio Público, como se señala en el oficio de 30 de septiembre de 2013, dispone de los mecanismos para mantener en reserva antecedentes reunidos en la investigación, esto es aquellos señalados en el artículo 182 del Código Procesal Penal y con tales medidas, se resguardan los fines del procedimiento y se garantizan los derechos de los intervinientes".
Por ello la Corte sostiene que "se accede a la petición del Ministerio Público (...) en atención a ser el Ministerio Público el órgano persecutor penal exclusivo y ser la información requerida necesaria para el cumplimiento de sus fines, debiendo adoptar las medidas pertinentes para evitar la divulgación de los antecedentes en conformidad a las normas previstas en el Código Procesal Penal".
El fiscal Morales está a cargo de la investigación de la querella que presentó el 11 de septiembre de 2012 el accionista minoritario de las cascadas (sociedades a través de las cuales Ponce controla SQM), Roberto Lobos, por el delito de transacción ficticia.
El 6 de septiembre, la SVS formuló cargos contra Julio Ponce Lerou, Aldo Motta Camp, Roberto Guzmán Lyon y Patricio Contesse Fica por eventuales infracciones a las leyes de Mercado de Valores y de Sociedades Anónimas, al participar en un esquema para transar acciones entre 2009 y 2011, a precios fuera de mercado y limitando la competencia de los inversionistas.
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