Hospital de Maipú: entrada a Urgencia protagoniza conflicto entre Minsal y Municipio

Según la ley, ninguna obra podrá ser habitada usada "antes de su recepción definitiva parcial o total". La norma toma sentido, en medio de atenciones en el recinto antes de que cuente con la autorización.




El escenario en que se discute la inauguración del Hospital del Carmen de Maipú, suma un antecedente estructural que según funcionarios de la Municipalidad de Maipú, protagoniza la discusión actual: la entrada del servicio de urgencia, requeriría de "un plan de mitigación". De esta forma lo explicó a La Tercera el abogado de la administración comunal, Alfredo Vial.

Se trataría de la "principal observación física", que toma en cuenta la Dirección de Obras del Municipio, para no entregar la resolución final, que requiere el recinto para ser por una parte inaugurado y por otra funcionar en su completa capacidad.

Vial explicó que "el acceso a urgencia, que se establece por la calle Rinconada, debiera en principio contar con cuatro pistas. En estos momentos, existen dos. Una de las calzadas es de tierra y además, se atraviesan postes en medio de ella", indicó.

Para el abogado, la constructora del recinto "tienen que ofrecer una mitigación vial para que funcione con dos pistas al menos", dijo.

LEY DE URBANISMO Y CÓDIGO SANITARIO

En medio de la polémica, el ministro de salud Jaime Mañalich,  fue enfático ayer en señalar que "se han pagado equipos, contratado médicos y cualquier día que perdamos significa un riesgo para la salud de la ciudadanía", comentó. El secretario de Estado, aseguró que el hospital atenderá pacientes aunque no sea inaugurado y no cuente aún con la resolución de obras.

El titular de Salud, aclaró en esta materia, que el recinto cuenta con "autorización sanitaria", que fue firmada y despachada desde la seremía regional.

Pero la Ley General de Urbanismo y Construcción, en su artículo 145, establece que "ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva parcial o total".

Para Alfredo Vial, "lo importante es tener en claro que no se puede hacer funcionar ningún edificio si no se tiene la resolución definitiva correspondiente. Si lo haces, caes en incumplimiento legal", apuntó.

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