Los cambios que tendrá la educación superior

reforma educacional

La reforma propone, por ejemplo, una acreditación institucional obligatoria, un nuevo sistema de admisión, gratuidad universal y fijación de aranceles.




Acreditación obligatoria para todas las instituciones

La acreditación institucional pasará de ser voluntaria a obligatoria para todas las universidades, CFT e IP a partir de 2020 y existirá un plazo de cuatro años desde esa fecha para que todo el sistema cumpla la ley. Ésta ya no se basará en años sino en niveles de acreditación. Además, la certificación voluntaria de carreras ya no se permitirá como un proceso permanente, que hoy está en manos de las agencias acreditadoras (y que tras la entrada en vigencia desaparecerán), sino que se abrirán períodos para que la CNA acredite grupos de carreras. Los postgrados tendrán la obligación de estar certificados. En total hoy hay 66 instituciones no acreditadas, las que deberán ajustarse a la nueva ley dentro de los plazos legales (ver tabla).

Gratuidad

Desde 2016, la gratuidad -que hoy llega al 60% más vulnerable de la población- se viene implementando mediante una glosa en la Ley de Presupuestos y desde ahora estará consagrada en una normativa permanente. Este beneficio quedó establecido como una política de carácter universal, es decir, cuando se cumplan las condiciones que se fijaron para avanzar hacia la cobertura de todos los niveles sociales, en Chile existirá gratuidad para todos los estudiantes.

La manera en que se avanzará hacia la cobertura universal quedó establecida en los artículos transitorios y dependerá del crecimiento del PIB Tendencial. Según lo que anunció el gobierno la ampliación del beneficio desde el octavo decil en adelante va a requerir una nueva reforma tributaria. Estimaciones técnicas apunta que ese momento se podría dar en unos 70 años más.

Regulación de aranceles

Para la fijación de aranceles regulados, que regirán de acuerdo a la política de gratuidad, se estableció un comité de expertos, figura que actualmente no existe ya que estos valores son establecidos por el Ministerio de Educación. Dentro del articulado se consagra el derecho de las instituciones para presentar observaciones al cálculo de aranceles regulados. Además, se consagra expresamente la participación de las federaciones de estudiantes en el proceso para la determinación de las bases técnicas para el cálculo de los costos de las carreras. Además, las instituciones que adscriban a la gratuidad tendrán un tope máximo para el cobro de aranceles a los alumnos que no cuentan con este beneficio pertenecientes al séptimo, octavo y noveno decil. A quienes pertenecen al 10% de mayores ingresos los planteles podrán cobrar valores sin restricciones.

Sistema de admisión a la educación superior

El actual Sistema Único de Admisión (SUA), cuya principal herramienta es la PSU, es administrado por el Consejo de Rectores (Cruch) y fija la selección y acceso a un total de 39 universidades. Ahora, pasará a manos de un comité técnico y su administración estará a cargo de la subsecretaría de Educación, se denominará 'Sistema de Acceso' e incluirá a las 46 instituciones adscritas a la gratuidad (incluyendo IP y CFT que hoy no están obligados a seleccionar), mientras que las otras podrán optar a unirse a este modelo o definir sus propias vías de admisión.

El nuevo sistema se encargará de garantizar los requisitos y criterios de admisión para cada carrera o programa, así como exigir a los planteles un cierto nivel académico, transparencia e inclusión.

Ingreso al Cruch de nuevas instituciones

Los planteles -estatales y no estatales- podrán solicitar ser parte del Consejo de Rectores (Cruch), organismo creado por ley como asesor del ministerio de Educación, si cumplen con algunos requisitos, como el tener acreditación avanzada equivalente a cinco años, contar con programas de magíster y doctorados acreditados e incluir en la gobernanza institucional la participación de académicos y estudiantes. Además, podrán ser parte aquellos que no estén adscritos al beneficio de gratuidad (al 2018 son 33 universidades, siete CFT y seis IP), pero que sí estén constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro y que cuenten con políticas de acceso.

Creación de Superintendencia

Uno de los aspectos que fue demandado transversalmente en los últimos años -después del caso de la U. del Mar- fue la creación de una Superintendencia de Educación Superior que tenga atribuciones para fiscalizar y sancionar a los planteles para resguardar su calidad y evitar la presencia de lucro. Para el control de esto último se estableció la prohibición de celebrar operaciones entre entidades relacionadas, pero se libera de esta restricción a las instituciones que cuenten con mecanismos establecidos en una política de solución de conflictos de interés que resguarde el patrimonio de la institución y la fe pública que deberá ser fiscalizado por la superintendencia.

Matrícula

Se mantiene la restricción de vacantes y crecimiento de matrícula para las instituciones que son parte de la política de gratuidad, la que actualmente tiene un límite de 2,7%. La Subsecretaría deberá establecer cada tres años la resolución que fije el máximo crecimiento de vacantes. Además, se definió un régimen de excepciones que permita incrementos de vacantes por programas especiales de acceso o relacionados con el desarrollo estratégico del país y de sus instituciones.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.