RREE evalúa nueva apelación a fallo que obliga a revelar datos de abogados en La Haya
Corte de Apelaciones rechazó reclamo de ilegalidad presentado por el gobierno frente a fallo del Consejo de Transparencia. Tribunal ratificó que Cancillería debe revelar nombres y honorarios de juristas que defendieron a Chile ante la Corte Internacional.
En la tarde de ayer la Cancillería inició el análisis de las opciones judiciales disponibles para intentar revertir el dictamen de la Corte de Apelaciones, que rechazó un recurso de ilegalidad presentado por el ministerio contra un fallo del Consejo de la Transparencia. En su resolución, el tribunal de alzada ratificó que la cartera debe transparentar los nombres y honorarios de los abogados que representaron a Chile ante La Haya frente a la demanda limítrofe peruana.
La contienda se remonta a junio de 2012, cuando el Consejo le dio la razón a la estudiante argentina, Romina Colman Carnevali, quien alegó denegación de información por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores a su solicitud de conocer los citados antecedentes sobre el equipo jurídico que, entre enero de 2010 y octubre de 2011, defendió a Chile en la Corte Internacional de Justicia.
En su alegato ante la Corte de Apelaciones, la Cancillería, representada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), insistió en que la información solicitada corresponde a una materia que es prerrogativa de los Estados mantener en reserva. En este sentido, el gobierno invocó la necesidad de "salvaguardar el debido cumplimiento de las funciones del órgano" y que "su publicidad afecta el interés nacional, en especial las relaciones internacionales del país".
Sin embargo, el tribunal consideró que "en general, no es todo lo relativo a las relaciones exteriores lo que está sujeto a reserva o secreto" y que en lo que respecta a los nombres de los juristas, "su revelación no puede significar entorpecer la estrategia de defensa, como pretende la (parte) reclamante, desde que no se ha pedido conocer los documentos, antecedentes, informes, memorias y contramemorias elaborados por los profesionales, siendo ello lo verdaderamente relevante para la defensa jurídica en el pleito".
Asimismo, en relación a los honorarios de los letrados contratados por Chile, el fallo señala que "no se ha acreditado ninguna cláusula de confidencialidad pactada en los respectivos contratos de honorarios".
"Tampoco se utilizó el mecanismo de los gastos reservados, contemplado en la Ley N° 19.863, que faculta expresamente al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección de Fronteras y Límites del Estado, en cuanto se requiera para el cumplimiento de sus tareas públicas de seguridad externa del país, lo que demuestra que para la (parte) reclamante, la señalada información no constituía el carácter de secreta o reservada", agrega el dictamen del tribunal de alzada.
PROXIMOS PASOS
Tras conocerse la resolución de la Corte de Apelaciones, fuentes de Cancillería afirmaron que en los próximos días se continuará estudiando "cuidadosamente el fallo" y "todas las opciones judiciales disponibles".
En este sentido, desde el gobierno se señaló que se analizará detalladamente la posibilidad de concurrir con un recurso de queja ante la Corte Suprema.
El dictamen del tribunal de alzada ocurre a dos meses de que La Haya pueda dar a conocer su sentencia respecto del litigio entre Perú y Chile.
Hace algunos meses la Corte Internacional de Justicia comunicó informalmente a los gobiernos de Chile y Perú que la entrega del fallo se realizaría finalmente en enero del próximo año.
El cronograma informado por La Haya permitiría eventualmente a la Cancillería -en caso de recurrir a la Suprema y no lograr revertir la orden del Consejo de Transparencia- resguardar la identidad y honorarios de los juristas al menos hasta que el proceso en Holanda culmine.
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