SAG ha autorizado siete plantaciones medicinales y hay otras cinco en estudio
Los permisos se distribuyen en las regiones Metropolitana, del Maule y Biobío, y son de fundaciones, laboratorios y particulares. Las solicitudes en Chile solo se pueden entregar para fines medicinales o de investigación científica.
Desde el 2014 a la fecha, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) ha otorgado siete autorizaciones para la siembra, cultivo, plantación y cosecha de especies vegetales del género Cannabis.
"No se dispone de información sobre la superficie de cultivo, pues en los actos administrativos de autorización se consignan solo las cantidades máximas de semillas a plantar", explican desde el organismo.
Fundación Daya tiene registradas tres autorizaciones, en los años 2014, 2015 y 2016. La Sociedad de Inversiones Agrícola y Forestal Agrofuturo posee dos autorizaciones (una de las cuales fue derogada) y Alef Biotechnology (que acaba de asociarse con la canadiense Tilray) y Agrícola Fina, una cada una.
"Al 15 de mayo se registraban otras cinco solicitudes en trámite, solo una corresponde a una persona jurídica (Camino Verde), todas las demás a personas naturales", agregan en el SAG.
Sobre la cantidad exacta de semilla por proyecto, el organismo señala que no están autorizados para informar la cantidad máxima de semillas permitidas en cada proyecto. "Frente a solicitudes de información recibidas previamente en el marco de la Ley 20.285 (de Transparencia), se ha efectuado la consulta a las empresas autorizadas y estas se han opuesto a su comunicación a terceros pues afectaría gravemente sus derechos", explican.
Las plantaciones autorizadas y las solicitudes en trámite se distribuyen en la Región Metropolitana, la Región del Biobío y la Región del Maule.
El organismo aclara que las solicitudes en Chile solo se pueden pedir para fines medicinales o de investigación científica.
El boom
El despegue de las plantaciones de cannabis vino de la mano de la decisión del gobierno de Michelle Bachelet de emitir un decreto en diciembre de 2015, que permite la elaboración y venta de medicamentos en base a derivados de cannabis.
Con esta medida, el Instituto de Salud Pública "podrá autorizar y controlar el uso de cannabis, resina de cannabis y tinturas de cannabis para la elaboración de productos farmacéuticos de uso humano". Asimismo, señala que dichos fármacos "podrán expenderse al público en farmacias o laboratorios mediante receta médica retenida con control de existencia".
En el documento también se solicitó a la Presidenta la modificación de los decretos 404 y 405, ambos de 1983, del Ministerio de Salud, para facilitar el acceso a tratamientos y medicamentos derivados de la cannabis.
Carlos Bravo, jefe de Comercio Exterior, Estupefacientes y Sicotrópicos del ISP, explica que este tipo de fármaco debe obtener un registro sanitario, que consiste en verificar ante el organismo que el medicamento para ser autorizado tiene que ser eficaz, de calidad y seguro para lo que se indica que sirve. "Si eso es acreditado el ISP otorga el registro sanitario, que es la autorización para la distribución en el territorio nacional", explica. Añade que el ensayo clínico es una de las etapas que debe cumplir esta demostración.
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