Superintendencia de Pensiones multa a Cuprum por superar límite de inversiones en bonos de La Polar
La AFP fue multada en UF600 ($13,5 millones) por exceder los límites de inversión en los bonos serie BLAPO-D y BLAPO-E de la firma de retail. <br>
La Superintendencia de Pensiones resolvió multar a AFP Cuprum por no enajenar en el plazo fijado en la normativa los excesos de inversión en instrumentos de La Polar.
Mediante Oficio N°2.078 de fecha 25 de enero de 2012, esta Superintendencia notificó a AFP Cuprum S.A. que había abierto un expediente de investigación en su contra por las irregularidades antes descritas, rol N° 4-2012, formulándole el siguiente cargo: mantener excesos de inversión en bonos de las series BLAPO-D y BLAPO-E de Empresas La Polar S.A., habiendo vencido el plazo establecido en la normativa vigente para su eliminación, explicó la entidad en un comunicado.
Tratándose del exceso de inversión en los bonos de la serie BLAPO-D, el plazo establecido para que Cuprum eliminara el exceso de inversión venció el día 7 de septiembre de 2011, sin que cumpliera con esa obligación, manteniendo al día 30 de diciembre de 2011 un exceso de 127.500 unidades, por un valor de $1.347 millones, agregó.
En el caso del exceso de inversión en los bonos de la serie BLAPO-E, el plazo para que Cuprum eliminara el exceso de inversión venció el día 10 de julio de 2011, sin que cumpliera su obligación de eliminarlo, registrando al día 30 de diciembre de 2011 un exceso de 212.000 unidades por un monto de $2.509 millones.
Mediante Resolución N° 57 de fecha 9 de septiembre de 2012, se le impuso a Cuprum una multa a beneficio fiscal de UF 600 ($13,5 millones). En dicha resolución se establece que la administradora mantuvo en forma permanente una postura de venta de los instrumentos Blapo D y Blapo E a un precio superior del resto de las posturas.
Además, la AFP inició las gestiones para enajenar los excesos cuando ya había vencido el plazo para la enajenación de los bonos de la serie Blapo E y cuando faltaban pocos días para el vencimiento del plazo para enajenar los bonos de la serie Blapo D, "lo que deja de manifiesto la falta de diligencia de esa Administradora para tratar de enajenarlos y la laxitud en el cumplimiento de su deber legal de regularizar los excesos".
La resolución aún no se encuentra ejecutoriada, es decir, procederían recursos de reposición y reclamación que establece la legislación vigente, en caso de interponerse, precisó la Superintendencia.
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