Taxistas: tribunal critica aplicación de Ley de Seguridad del Estado
Manifestantes fueron formalizados por infringir esa norma, pero juzgado estimó que solo fueron desórdenes simples. Quedaron en libertad.
En libertad, con firma mensual y arraigo nacional quedaron los cinco taxistas detenidos tras el bloqueo de caminos que realizó el gremio el pasado lunes en el Aeropuerto de Santiago, manifestación organizada en rechazo al funcionamiento de aplicaciones como Uber y Cabify.
A partir de las 11.00 horas de hoy, el Centro de Justicia de Santiago fue colmado por choferes y familiares de los imputados, quienes finalmente fueron formalizados bajo la figura de la Ley de Seguridad Interior del Estado, norma que fue invocada por el gobierno en una querella. "Se trata de interrupción de camino a través de manifestaciones que cortaron el acceso a instalaciones de transporte, y derechamente el corte de caminos públicos", indicó el fiscal de la zona occidente, Claudio Álvarez.
Pese a la solicitud del Ministerio Público de decretar prisión preventiva en contra de Marcos Pavez Torres, Michel Farías Osorio, José Salgado Cifuentes y Jorge Enríquez Figueroa, el Primer Juzgado de Garantía de Santiago estimó que los antecedentes corresponden a desórdenes simples, y no así a delitos contra el orden público contemplados en la Ley de Seguridad del Estado, cuya penalidad parte en los 10 años de presidio.
Al término de la audiencia, el fiscal Alvarez cuestionó la interpretación realizada por el tribunal, aunque descartó que ello encause el futuro de la investigación o modifique la figura por la cual las personas fueron formalizadas. "Son desórdenes que calzan dentro de la figura especial que estipula la Ley de Seguridad, no desórdenes comunes como dijo el magistrado", advirtió.
De acuerdo con datos expuestos en la instancia, más de cuatro mil personas se vieron afectadas por los hechos, tanto por el retraso de sus vuelos como por la pérdida de los mismos.
En tanto, la defensora María Paz Bahamondes avaló la decisión del tribunal, junto con cuestionar la aplicación de esta norma especial.
"Acá nunca ha existido un delito de las características de la Ley de Seguridad del Estado, esto a lo más puede haber sido delito de desórdenes públicos, con penas muy bajas", indicó la abogada.
Entre lo considerado durante la formalización, la fiscalía descartó responsabilizar a los imputados por la muerte de Mario Hiroshi Suzuki, ciudadano brasileño que falleció en el hospital tras sufrir un paro cardiaco camino al aeropuerto. "Si bien la ley eleva la pena en caso de que se diera muerte a una persona, no hubo intención esto", estimó.
Álvarez citó el informe tanatológico realizado a la víctima, así como las observaciones hechas desde el Servicio Médico Legal (SML).
"Hoy tenemos la autopsia, y es bastante difícil determinar si con cuidados oportunos se habría salvado la persona", señaló.
En el caso del quinto imputado, Osvaldo González, dirigente de la Confenataxi, quien colaboró con la fiscalía y para quien se pedía arresto domiciliario total, el tribunal también adoptó firma mensual y arraigo nacional.
Su testimonio fue replicado por el fiscal, quien advirtió que el hecho correspondió a un plan acordado el sábado 2 de septiembre por un grupo de dirigentes que se reunieron y acordaron el bloqueo del aeropuerto como un "plan b", de no obtener el permiso a marchar por parte de la Intendencia.
De acuerdo con el dirigente, la medida fue concertada por la multigremial, organización de hecho constituida por 40 sindicatos de taxistas que contradecían las decisiones adoptadas desde Confenataxi y Confenatach.
Claudio Morales, dirigente de este organismo, sin embargo, descartó que se haya pactado con antelación el bloqueo y aseveró que fue una decisión espontánea luego de que Carabineros bloqueara el paso tanto en el centro de Santiago como en Pudahuel.
"La idea era hacer un banderazo por la rampa del aeropuerto. Hay un video donde Carabineros nos cruza el paso", dijo.
Más formalizados
El 30 de octubre próximo, la Fiscalía anunció la formalización de los dirigentes de la multigremial: Sandra Ruiz García, Osvaldo González Erazo, Andrés Torrejón Arévalo, Francisco Osorio Urrejola, John García Troncoso y Manuel Roa Cerón.
La negativa de la autoridad metropolitana para autorizar la movilización fue el argumento que utilizó el abogado de Marcos Pavez, Marco de los Ríos, para justificar la presentación de una querella por cuasidelito de homicidio en contra del intendente Claudio Orrego.
"Consideramos que el dominio del hecho lo tiene la Intendencia. Ellos tenían solicitudes para realizar manifestaciones, ellos podían tomar todas las medidas del caso", enfatizó el abogado.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.