El TC pone en la mira norma de prisión obligatoria de la Ley Emilia
Luego del fallo que estableció que norma clave era inconstitucional, se presentaron 10 requerimientos. Situación preocupa a fundación impulsora de la ley. Se reunirán con el presidente del tribunal.
En los 149 recursos que ingresaron al Tribunal Constitucional (TC) en los últimos cuatro meses existe un grupo con un factor común: 10 de estos requerimientos se presentaron para pedir que una norma clave de la Ley Emilia sea declarada inconstitucional.
Esto, desde que el organismo resolvió, en diciembre pasado, declarar la inaplicabilidad del artículo que obliga a estar un año en la cárcel antes de optar a pena en libertad a los conductores que en estado de ebriedad hayan causado lesiones gravísimas o muerte.
Según registros del TC, del total de acciones judiciales en ese sentido, seis fueron admitidas y declaradas admisibles, dos ingresaron recientemente, una continúa en etapa de tramitación y sólo una no fue aceptada. Es decir, hay nueve requerimientos que podrían ser resueltos por el pleno del organismo y buscan tener la misma suerte que el presentado por el abogado Juan Carlos Manríquez, quien obtuvo por primera vez la inaplicabilidad de esta norma, por un caso ocurrido en mayo de 2014, en San Antonio.
En esa ocasión, una persona fue condenada por haber doblado ignorando un Ceda el Paso, atropellar a un peatón y seguir su marcha hasta la residencia de su madre. Desde ese lugar, llamó a Carabineros para reportar lo ocurrido.
En el fallo se estableció que "en un Estado democrático, las penas privativas de libertad se utilizan como último recurso, después de que esté plenamente establecido que el uso de otros mecanismos resulta insuficiente para sancionar las conductas delictivas más graves". Según Manríquez, "esta sentencia da cuenta de que las penas excesivas en los sistemas desproporcionadamente represivos se contraponen con un Estado democrático de derecho y con el respeto de las garantías, tanto de víctimas como de posibles victimarios".
Consultado respecto de si estos nuevos recursos podrían abrir la puerta para que ese artículo de la ley sea anulado, explicó que "si dos fallos iguales declaran inaplicable esa norma, cualquiera otra persona podría pedir que sea eliminada completamente".
Carolina Figueroa, presidenta de la Fundación Emilia y madre de la menor fallecida por un grave accidente causado por un conductor ebrio, indicó que "desde que salió el fallo de diciembre hemos estado tratando de hacer gestiones a nivel legislativo y con agentes del Estado para tratar de solucionar esto. Este lunes tenemos una reunión con el presidente del TC, para que veamos en qué va la cantidad de requerimientos. Nos preocupa el tema".
Agregó que "hay que tener en cuenta, según la nueva norma, que el tribunal no podría declararla inadmisible en su plenitud, porque esto se presenta caso por caso".
El abogado constitucionalista Patricio Zapata detalló que "si han salido varios fallos en una misma dirección, el TC puede a tomar la decisión de declarar inconstitucional una ley". Añadió que "hay dos posibilidades para eso: por acción pública, es decir, cualquier persona puede pedirlo, o de oficio, o sea, que proceda el propio tribunal".
Ley de Control de Armas
Sin embargo, no sólo se ha buscado declarar la inaplicabilidad de la norma clave de la Ley Emilia. También se pidió lo mismo respecto la ley que establece las penas sustitutivas y restrictivas de libertad en relación a la Ley de Control de Armas. Esta, según anunció el gobierno el año pasado, determina que todos los que incurran en ese delito deberían cumplir en la cárcel.
Esto fue declarado inaplicable por el TC el 27 de marzo pasado, luego de que los abogados Luis Gálvez y Felipe Moraga recurrieran al organismo por el caso de una persona sorprendida en la vía pública con un arma no inscrita. De acuerdo al fallo, "las restricciones impuestas para la determinación de la pena no sólo no guardan proporción con el fin perseguido, sino que, igualmente, nada señala o explicita que dicha medida restrictiva favorezca la seguridad ciudadana".
Según Gálvez, "este tipo de situaciones pueden generar un efecto expansivo para otros casos o personas que se encuentren en la misma situación de mi cliente. Es decir, todas las personas que hoy están siendo formalizadas bajo la Ley de Control de Armas, que arriesgan una pena privativa de libertad de forma efectiva, podrían requerir al Tribunal Constitucional para que se declare que esa norma no es aplicable en el marco chileno".
Destacó, además, que "este hecho puede tener consecuencias no sólo en esta ley, sino que para todas las otras excepciones de las cuales se estableció la imposibilidad de obtener una pena sustitutiva, es decir, cumplir una pena en libertad, como delitos de secuestro, homicidio y tráfico de drogas".
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