TC rechaza requerimiento de diputados UDI por administrador provisional
El organismo rechazó la solicitud de 31 diputados que acusaban vulneraciones a la Carta Fundamental en al menos 10 artículos del proyecto. Tras esto, se espera que se revise la constitucionalidad de la iniciativa.
El 24 de octubre 31 diputados de la Alianza recurrieron al Tribunal Constitucional acusando que el proyecto que crea el administrador provisional de universidades e institutos técnicos profesionales que enfrenten alguna crisis financiera o de gestión, y que ya está aprobado por el Congreso, presentaba vulneraciones a la Carta Fundamental en al menos 10 de sus artículos.
Sin embargo, tras su análisis el organismo dictó la setencia y rechazó el requerimiento de los legisladores gremialistas. El fallo, en todo caso, fue dividido.
Entre los artículos cuestionados por los diputados en su presentación ante el TC, se mencionaba por ejemplo que en el artículo 3, inciso 2 "otorga la posibilidad al ministerio de acceder a la institución en posibles problemas y recopilar toda la información necesaria en la investigación preliminar, lo que vulnera la garantía constitucional del artículo 19° n°5 de la Carta Fundamental en cuanto a que sólo puede allanarse el domicilio, las comunicaciones y documentos privados con autorización judicial previa".
En el caso del artículo 4, la presentación de la Alianza manifiesta su vicio en su totalidad, ya que la iniciativa aprobada en el Congreso "faculta al ministerio a nombrar un administrador provisional y un interventor de estas características sólo debiese nombrarse a través de una resolución judicial".
El Tribunal Constitucional estaba a la espera de zanjar el requerimiento de los diputados UDI para realizar la revisión de constitucionalidad de la iniciativa legal ingresada por el gobierno de Michelle Bachelet.
Si bien se trata de plazos tentantivos, desde el TC señalan que la próxima semana se podría realizar la revisión de la legalidad del texto. De estar todo en orden, el proyecto quedará en condiciones para su promulgación.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.