Tricel se declara incompetente para revisar recurso de Rincón

Ricardo Rincón

Fallo establece que el reclamo "pretende restar todo valor jurídico a una decisión interna" de la DC. Diputado -que prepara una presentación al Servel- dijo que le sorprende la decisión.




Al menos tres veces la candidata presidencial de la DC, Carolina Goic, evitó responder ayer sobre cuál es su postura frente a las candidaturas parlamentarias de los diputados Roberto León y Marcelo Chávez, además de la postulación de la ex directora del Sename Marcela Labraña.

Los tres fueron algunos de los nombres que se mencionaban al interior del partido luego de que la abanderada decidiera encomendarle al abogado Patricio Zapata un informe para, en base a ese trabajo, revisar toda la plantilla parlamentaria y determinar qué carta, además de la del diputado Ricardo Rincón, se podría retirar de la lista que se entregará al Servel. Esto, siguiendo la línea del "estándar ético" que ha impulsado Goic desde que decidió continuar adelante con su carrera presidencial.

Sin embargo, en la directiva dicen que los tres se inscribieron como candidatos para las elecciones de noviembre. Y agregan que fueron ratificados en la reunión que la mesa sostuvo el miércoles en la noche, día en el que se terminó validando toda la plantilla, salvo la de Rincón. En la directiva dicen que la determinación fue informada a Goic, quien no participó de esa cita. "Ha sido la mesa del partido la que está revisando, la que está haciendo la tarea. Yo no me voy a pronunciar respecto de una u otra candidatura en particular (...). Valoro el trabajo que se ha hecho, y es hoy día la mesa del partido la que se ha pronunciado. Es en Alameda 1460 donde se van a responder esas preguntas", dijo Goic ayer, evitando responder sobre cuál es el "estándar ético" que ella ha querido determinar.

En paralelo a esa situación, el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) ya había tomado una decisión que le despeja, al menos por el momento, el panorama a Goic: el organismo decidió declararse incompetente frente al recurso que ingresó Rincón en contra de la decisión de la mesa DC de marginarlo de la nómina de candidatos.

En el fallo, de ocho carillas, se menciona la Ley de Partidos Políticos y la existencia de tribunales supremos al interior de las colectividades para estudiar y definir este tipo de situaciones internas, desestimando que pueda ser algo que resuelva el Tricel. "Los partidos políticos tendrán un Tribunal Supremo al que corresponderá, entre otras, las funciones de 'conocer de las cuestiones de competencia que se susciten entre autoridades u organismos del partido' y 'conocer y resolver de las reclamaciones que se entablen contra actos de autoridades u organismos del partido que vulneren la declaración de principios o los estatutos, enmendar sus resultados'", se lee en el escrito. Y se agrega: "El artículo 9° de la Ley N° 18.460 Orgánica Constitucional sobre el Tribunal Calificador de Elecciones previene las competencias generales de este tribunal, esto es, las relativas a las elecciones de cargos de representación popular y otras de carácter funcional". Así, el fallo del Tricel señala que "queda de manifiesto que lo pedido pretende restar todo valor jurídico a una decisión interna del Partido Demócrata Cristiano, adoptada en el proceso de designación de candidatos a las elecciones parlamentarias". Y agrega que "de las normas recién transcritas fluye que este tribunal carece de competencia para hacer tales declaraciones".

En su escrito, el Tricel recalca que "los hechos que señala el señor Rincón son de competencia del Tribunal Supremo del partido" y que el caso se trata de una "cuestión política partidaria interna". Sin embargo, en las últimas dos páginas del documento se incluye la argumentación que entregó el presidente del organismo, Patricio Valdés, quien no estuvo de acuerdo con la incompetencia del Tricel. "Se previene que el señor presidente del tribunal, ministro don Patricio Valdés Aldunate, estuvo asimismo por negar lugar a la tramitación de la reclamación (…) por resultar inadmisible por falta de oportunidad, sin perjuicio de estimar que el Tribunal Calificador de Elecciones es competente para conocer del asunto", se lee en el texto.

Ayer, Rincón dijo que "nos sorprende que la justicia electoral decida declararse incompetente para conocer, precisamente, una materia que es de carácter electoral". Cercanos al legislador dijeron que también tiene preparada una presentación ante el Servel. Desde ese organismo, no obstante, señalan que las directivas y, en especial, los presidentes y secretarios generales de las colectividades -Goic y Gonzalo Duarte, en el caso de la DC- tienen plenas facultades para inscribir o retirar candidaturas hasta el 21 de agosto.

En la mesa de la DC, además, dicen que hubo candidatos que estaban en carpeta y que, finalmente, desistieron de competir y enviar los documentos que se requieren para incluirlos en la nómina oficial. Según explicaron, se trataría de casos que iban a ser de todas maneras retirados de la nómina. Y sostienen que el proceso de revisión de candidaturas finalizará el miércoles, cuando se termine de analizar el caso de los postulantes a consejeros regionales.

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