UC recurre a Tribunal Constitucional por sentencia que le impediría contratos con el Estado
Demanda sindical inició la situación. Juicio está congelado mientras resuelve el TC. Plantel presta servicios por más de $ 50.000 millones. Red de Salud UC se vería afectada.
Desde el 1 de junio la Universidad de Chile no puede participar en licitaciones públicas ni celebrar ningún tipo de contrato con el Estado. Esto, debido a una sentencia por infracción laboral. El plantel, solo en los últimos tres años, ha realizado ventas por $ 39.000 millones. Sin embargo, la situación se podría replicar.
En mayo de este año la Universidad Católica fue declarada culpable de prácticas antisindicales por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Por ello, se podría ver impedida de firmar contratos con el Estado, los que actualmente comprometen más de $ 50.000 millones.
Por el momento, la sentencia se encuentra en proceso de reclamación y el plantel puede continuar prestando servicios para el gobierno, ya que presentó un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones. Además, presentó un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Esta última acción judicial se argumenta en que "el castigo que establece la ley de compras del Estado es desproporcionado en comparación con la falta cometida por la universidad", explicó el director jurídico de la UC, Juan Esteban Montero.
Si la universidad es declarada culpable de manera definitiva, no podría realizar ningún estudio para el Estado y la Red de Salud UC Christus también se vería afectada, asegura Montero.
El conflicto
En 2016 la universidad se percató de que los dirigentes del Sindicato de Trabajadores Empresa Salud UC no estaban cumpliendo con su jornada laboral, por lo cual les enviaron una serie de cartas. "Les solicitamos que al menos parte de sus 44 horas a la semana fueran dedicadas efectivamente a su actividad laboral y advertimos descuentos en caso de que continuaran sin trabajar", dijo Loreto Massanés, vicerrectora económica de la UC.
Pero, ¿qué dice la ley? Según informa la Dirección del Trabajo, la normativa indica que "los empleadores deberán conceder a los directores y delegados sindicales los permisos necesarios para ausentarse de sus labores con el objeto de cumplir sus funciones fuera del lugar de trabajo, los que no podrán ser inferiores a seis horas semanales por cada director, ni a ocho tratándose de directores de organizaciones sindicales con 250 o más trabajadores". Agrega que corresponde un pago íntegro de remuneraciones cuando haya sido acordado por ambas partes.
En ese sentido, según la demanda de los trabajadores, existía un acuerdo tácito entre la empresa y el sindicato. "En 2008 comenzamos con mucha fuerza a impulsar la actividad sindical para que la universidad cumpliera mínimamente la legislación laboral, lo que llevó al sindicato a trabajar el 100% del tiempo en labores sindicales y la empresa siempre pagó íntegramente el sueldo. El año pasado la actitud de la empresa cambió, pero había un acuerdo tácito anterior y por eso recurrimos a tribunales", aseguró Miguel Marileo, presidente del sindicato denunciante.
Sin embargo, la UC no estuvo de acuerdo con este alegato. "En ninguna parte los dirigentes sindicales no trabajan, es cierto que deben dedicarle tiempo a la dirigencia, pero también el resto deben dedicarlo a su trabajo", dijo Montero.
Según la sentencia, no existe evidencia de que la U. Católica haya suscrito un acuerdo tácito con el sindicato que le permita a sus líderes dedicar todo el tiempo a las labores de dirigencia, sin que se les descuente el sueldo. El fallo señala que evidencia de esto es una carta enviada el 5 de diciembre de 2008, en la cual el plantel advierte a los líderes de los trabajadores que "si bien se le autoriza a los dirigentes a no concurrir a trabajar, tal autorización solo se limita al tiempo en que se desarrolle el proceso de negociación colectiva, por un periodo acotado de tiempo".
Es así como el fallo finalmente no acogió el argumento del sindicato, pero sí ordenó que se les debe pagar a los dirigentes su sueldo íntegro durante la negociación colectiva, algo que la UC incumplió en junio del año pasado.
Debido a eso, la sentencia declaró a la universidad culpable de prácticas antisindicales. Pero, según Massanés, esto fue un "error de sistema y la empresa pagó posteriormente esos salarios".
Por eso, la universidad apuesta sus dardos a que ganarán la apelación. También creen que impondrán su tesis en el Tribunal Constitucional. Y, mientras se analiza la causa en el TC, el juicio de apelación está congelado.
El impacto de un fallo desfavorable para el plantel no solo es institucional, aseguran sus autoridades. "La Red de Salud UC Christus, perteneciente a la universidad, no podría prestar servicios a Fonasa. No podría vender bonos de libre elección. Tampoco podría prestar servicios GES o realizar trasplantes para personas del sistema público de salud", advirtió el decano de la Facultad de Medicina, Luis Ibáñez, quien agregó que dicha red de atención hospitalaria es el principal prestador de libre elección de Fonasa.
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