2019 vs. 2022: Las similitudes y diferencias de cada acuerdo por una nueva Constitución
El nuevo Consejo Constitucional tendrá algunos elementos diferentes, como una composición menor, menos tiempo de duración y la disminución de cupos reservados para indígenas. Pero también recogerá algunas medidas del 15/N, como la inclusión de un plebiscito de salida con voto obligatorio y la paridad de género, entre otras medidas.
Exactamente tres años y 26 días han pasado desde el primer acuerdo constitucional. Corría el 15 de noviembre del 2019 cuando todos los sectores políticos se reunían para firmar lo que sería el compromiso de iniciar un nuevo proceso constituyente. La sede era la misma: el ex Congreso Nacional, lugar donde ayer lunes en la tarde los partidos concluyeron las negociaciones tras más de tres meses de tensas conversaciones.
Si bien los contextos políticos son distintos -el del 2019 marcado por la violencia del estallido social y el acuerdo de este martes que se produce luego del aplastante triunfo del Rechazo en el plebiscito de salida- cada pacto tiene coincidencias y diferencias. Y así quedó plasmado tanto en el “Acuerdo por la paz social y la nueva Constitución” del 2019 y el “Acuerdo por Chile” de 2022.
1. Sin plebiscito de entrada
La idea de volver a incluir un plebiscito de entrada -como ocurrió el 25 de octubre del 2020 cuando la gente decidió si quería una nueva Constitución o no- fue un tema que cobró fuerza en los sectores de derecha más dura, como el Partido Republicano. La interpretación era que el 62% del Rechazo del plebiscito de salida del 4 de septiembre era eventualmente un mensaje de la ciudadanía de no querer una nueva Carta Magna.
Finalmente esta idea fue desechada y el documento final del nuevo acuerdo zanjó que no habrá un nuevo referéndum de entrada. Uno de los argumentos a favor de ello fue que la gente estaba cansada de elecciones y que el plebiscito de entrada del 25 de octubre del 2020 ratificó las ganas de una nueva Carta Magna.
2. Cantidad de redactores y el factor expertos
En la Convención Constitucional pasada quedó fijado que el número de constituyentes sería de 155, con la idea de emular la cantidad de legisladores que tiene la Cámara de Diputados. Sin embargo, tras el fracaso de esa primera instancia uno de los puntos que tomó fuerza fue la necesidad de bajar el número de integrantes para otorgar una señal de austeridad e intentar asegurar una mayor facilidad de llegar a acuerdos.
De ahí que en el entendimiento que se conoció ayer se llegó a un consenso de 50 constituyentes electos y 24 expertos designados por el Congreso Nacional en iguales partes. Es decir, 12 nombrados por cada cámara.
En la Convención pasada no existió el componente expertos como una instancia en sí misma, aunque varios de sus integrantes tenían reconocida experiencia en varias materias. Ahora, en cambio, el “Acuerdo por Chile” fijó que estos tendrán un rol incidente en varias etapas del proceso, principalmente en su parte inicial, de enero a mayo del 2023, con la elaboración de un anteproyecto para sugerir a los constituyentes. Además se establece que se “incorporarán” al consejo, donde tendrán derecho a voz (no a voto).
Y en la parte final del proceso, una vez evacuado el proyecto de nueva Constitución, este comité podrá formular propuestas al Consejo, ente que debe aprobarlas por 3/5 o rechazarlas por 2/3. Si no alcanzan ninguno de los dos quorum, seis miembros de este comité junto a igual número de consejeros podrán conformar una comisión mixta para resolver los desacuerdos en normas específicas. Si no se logra un consenso (de 3/5 de esta comisión), los expertos con este mismo quorum pueden presentar una nueva propuesta al Consejo.
3. De quórum de 2/3 a 3/5
“La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio”, fue lo que estableció la reforma al capítulo XV de la Constitución, lo que obligó a que las normas fueran aprobadas por 103 de los 155 constituyentes. Un número que fue considerado como muy alto por sectores de izquierda -sobre todo el PC-, ya que si un sector político lograba un tercio de los constituyentes le permitía un poder de “bloqueo” de las normas.
Pero en esta oportunidad, el nuevo acuerdo estableció que el quórum de aprobación será de 3/5, lo que representa una cifra menor. En la práctica, esto quiere decir que las normas deben ser aprobadas por 30 de los 50 redactores. En el caso de que hubiera sido de 2/3, ameritaría sufragios de 33 convencionales.
El “Acuerdo por Chile”, además, establece una doble ratificación: luego de que cada norma sea aprobada por los 3/5 de los consejeros, debe aprobarse como un todo por el mismo quorum.
4. Plazo de un año contra cinco meses
Un plazo máximo de nueve meses y prorrogable por otros tres más fue el tiempo fijado en el acuerdo de hace tres años. Pero en esta oportunidad, los partidos consideraron que se necesitaba un plazo menor. Por lo mismo se estableció una fecha de funcionamiento de cinco meses, ya que según el cronograma las elecciones de convencionales serán en abril del 2023, y en mayo de ese año operará el Consejo Constitucional hasta que comience la etapa de armonización de los expertos, y luego en diciembre de ese año será el plebiscito de salida.
El argumento que primó en la discusión a favor de reducir el tiempo fue que un proceso constituyente genera incertidumbre en el país. A eso además se sumó un consenso en los sectores políticos de que las prioridades ciudadanas están más por la resolución de los problemas de orden público y la crisis económica con la inflación, por lo que un proceso constituyente pasaría más a segundo plano.
5. Sin rol del Congreso Nacional
En el acuerdo pasado existía un clima del desprestigio del Congreso Nacional, por lo que hubo consenso en que la Convención no tendría ninguna intervención del Parlamento. Algo que se mantuvo finalmente, pues en el entendimiento de hoy se ratificó que el principal rol que tendrán el Senado y la Cámara de Diputados será la designación de expertos que participen del proceso, pero no incidirán en el contenido mismo de la nueva Carta Magna.
Esto pese a que hubo propuestas que apuntaban a un rol, como la surgida en una reunión del timonel de la UDI, Javier Macaya, y el Presidente Gabriel Boric, respecto de que el Congreso ratificara el contenido de la nueva Constitución después de ser elaborada, mientras que algunos sectores -como el excandidato presidencial del Partido Republicano, José Antonio Kast- promovían que cualquier cambio constitucional se podía hacer desde el Parlamento a través de reformas.
6. Se queda la paridad de género
En el acuerdo del 15/N se estableció que correrían las mismas normas ocupadas para la elección de diputados. Es decir que tuviera paridad de entrada, con igual cantidad de hombres y mujeres en las listas a competir. Sin embargo, ex post se le agregó la paridad de salida: que en el sistema resultaran electos la misma cantidad de sexos.
Ambos puntos se mantuvieron igual en el nuevo acuerdo, pese a que había dudas de si mantener la paridad de salida por la corrección que ello implicaba y que podía favorecer a un candidato siendo electo solo por su sexo aun teniendo menos votos.
De esta manera, en las elecciones de abril los partidos deberán presentar listas con igual cantidad de postulantes por ambos sexos -en forma de “cebra”-, y después el sistema regulará que haya plena igualdad en el Consejo Constitucional.
7. Las bases o bordes
En 2019 se estableció que el órgano constituyente tenía el deber de “respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. Esto bajo la idea de que existían principios relevantes en la historia constitucional de Chile que había que mantener.
Esta vez se agregaron aun más elementos, y fue así que a mediados de octubre los partidos llegaron a acuerdo sobre 12 bases, con medidas como consagrar que el terrorismo es contrario a los derechos humanos, el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, y la ratificación de Chile como un Estado social y democrático de derecho, entre otras.
8. Árbitro de 14 técnicos en vez de la Suprema
Fue uno de los primeros asuntos en resolverse durante la negociación constitucional. A los partidos les interesaba que existiera una entidad que operara como “árbitro” a la cual se pudiera acudir, en caso de que durante la escritura de la nueva Constitución se pase a llevar algún componente fijado en el acuerdo.
En el caso de la Convención, esta instancia era la Corte Suprema a la cual se le podía enviar una “reclamación suscrita por al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención”, es decir 39 de los 155 convencionales. Pero ello se circunscribió solo a temas procedimentales, no de fondo.
En la renovada negociación se acordó cambiar al llamado “árbitro” y el 4 de noviembre los partidos políticos acordaron la creación de un comité técnico de 14 juristas en igualdad de género, los cuales serán nombrados por las dos cámaras del Congreso Nacional para resguardar las bases ya consagradas. Es decir, su intervención sería en temas de fondo.
9. División por distritos vs. circunscripciones
Para la anterior Convención los 155 constituyentes fueron electos en base al sistema electoral de la Cámara Baja, en la cual una región del país tiene varios distritos que a su vez integran varias comunas. Además, en cada elección se corrigió por paridad de salida.
Sin embargo, ahora el Consejo Constitucional emula a los 50 miembros que tiene el Senado que se divide por circunscripciones. Cada una de estas zonas es equivalente a una región, lo que representa mayor territorio, y en la práctica significa mayor desafío para hacer campaña en términos de conseguir votos.
Otra diferencia será que en esta oportunidad -a diferencia del proceso anterior- se prohibirán las listas de independientes, y éstos deberán ir en las listas de los partidos.
10. Menor cantidad de escaños indígenas
En el anterior acuerdo se zanjó que los escaños reservados para los pueblos indígenas serían 17 cupos de los 155. Tras la victoria del Rechazo en septiembre, se generó un consenso de que el número debía ser reducido.
En esa Convención los cupos reservados fueron fijados con anterioridad a la elección, y ahora se determinó que los escaños dependerán de la cantidad de votantes que haya de los pueblos indígenas: cada 2% de participantes se agregará un escaño, los que se estiman que irían entre 2 a 6.
11. Plebiscito de salida con voto obligatorio para ambos procesos
La ratificación del texto propuesto mediante un plebiscito de salida es un tema que quedó incorporado en ambos acuerdos. Tanto el anterior referéndum como el nuevo fueron ratificados con voto obligatorio, y se producen bajo el argumento de los partidos de que el borrador de nueva Constitución debe ser visado por toda la ciudadanía. Será en diciembre del 2023 cuando haya un nuevo plebiscito de salida.
En este acuerdo, además, se estableció que la elección de los miembros del Consejo Constitucional será también por voto obligatorio.
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