Asesorías: precisan criterio para no publicar informes
Consejo difundió una minuta donde ordena que parlamentarios dejen por escrito razón para negarse.
Por medio de una minuta, el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias (Crap) precisó varios aspectos de la nueva normativa que comenzará a regir en los próximos meses, entre ellos, la obligación de publicar en internet los informes que deben elaborar los asesores externos de los legisladores como respaldo de sus trabajos.
En este sentido, y en media de la controversia que ha generado la posibilidad de que algunos parlamentarios se excusen de hacer público estos documentos, el Crap especificó las causales que senadores y diputados pueden invocar para ello -consagradas en la Ley de Transparencia- y la obligación de explicitarlo por escrito.
"Para dar cumplimiento a la obligación de publicidad de los informes, el diputado o senador, al ponerlos a disposición de la corporación, deberá precisar por escrito la causal de reserva que invoca, explicitando las razones de hecho que motivan su decisión", se señala en el escrito del consejo. "En caso contrario, se procederá, sin más, a su publicación", se agrega.
Según la Ley de Transparencia, las razones que un congresista puede invocar para negarse a publicar los informes son cinco: Cuando su publicación afecte el debido funcionamiento del Congreso; si afecta los derechos de personas; la seguridad de la nación; cuando afecte el interés nacional o cuando se trate de información que haya sido declarada por quórum calificado como secreta.
La minuta advierte, además, que será la Comisión de Ética de cada cámara la llamada a recibir los reclamos cuando estos aspectos no se cumplan.
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