En medio de polémica con Defensa, abogados de Víctor Pérez señalan que control de Carabineros por parte de Interior es “institucional” y no “jerárquico”

Abogados del ministro del Interior, Víctor Pérez, ingresaron un escrito a la Cámara de Diputados para responder la acusación constitucional en su contra.

Luego de que en el escrito de contestación a la acusación constitucional contra el jefe de gabinete la defensa del ministro asegurara que, bajo estado de catástrofe, la policía uniformada no está bajo el mando de Interior, sino que de Defensa -generando tensiones en el propio gobierno- sus abogados asistieron a la comisión de la Cámara de Diputados que analiza el libelo.


Esta tarde, los abogados del ministro Víctor Pérez, Mario Rojas Sepúlveda y Alejandro Espinoza Bustos, se presentaron en la comisión de la Cámara de Diputados que estudia la acusación constitucional contra el titular de Interior.

En la instancia, Rojas señaló que nunca se ha negado que el ministro del Interior sea el responsable del orden público, sino que delimitó cuál es el alcance de la responsabilidad de Pérez con Carabineros. Esto, en medio de la polémica que se abrió luego de que la defensa del jefe de gabinete planteara en el escrito de contestación por la acusación constitucional que bajo un estado de catástrofe -aún vigente en el país- Carabineros no depende del Ministerio del Interior, sino que de los jefes de la Defensa Nacional. 

“En virtud de lo prevenido en las reglas jurídicas excepcionales (...), se designó como jefes de la Defensa Nacional a ciertos miembros de las Fuerzas Armadas, que no tienen dependencia respecto del ministro del Interior y de Seguridad Pública, sino del Ministerio de Defensa”, dice el mencionado escrito.

Lo anterior generó no solo la incomodidad del titular de Defensa, Mario Desbordes, sino también la molestia del propio Presidente Sebastián Piñera. Según consignó La Tercera PM, y de acuerdo a fuentes de gobierno, el Mandatario le hizo saber al jefe de gabinete su malestar por los argumentos esgrimidos en la contestación del libelo.

En un punto de prensa conjunto en la mañana, planificado con anterioridad para entregar consejos a los votantes ad portas del plebiscito del domingo -y luego de la reunión de ambos ministros con Piñera- Pérez había asegurado que el escrito de sus abogados no buscaba responsabilizar a Defensa por los hechos que sostienen la acusación constitucional. El propio jefe de gabinete, además, adelantó en ese momento que sus abogados se referirían a la materia en la comisión a la que estaban citados y que comenzó pasadas las 12.30 horas.

“No se ha señalado por esta defensa de que jerárquicamente (...) esto sea de responsabilidad de otra autoridad, como por ejemplo, el ministro de Defensa. Una cosa es el control institucional, y otra el control jerárquico. La fuerza de carabineros tiene una ley orgánica y este control jerárquico dentro de la normativa de Carabineros de Chile. El control que puede ejercer el ministerio del Interior, de acuerdo a la Ley orgánica de carabineros, es a través del subsecretario del Interior, y es un control de orden institucional, no jerárquico que amerite un responsabilidad como la que se pretende establecer en el libelo acusatorio”, planteó la defensa ante los legisladores.

¿Y el decreto 104 que establece la entrega de las facultades de orden y seguridad a los jefes de la Defensa en estado de Catástrofe? Según el abogado Rojas, hay una normativa puntual para el Estado de excepción, “las normas del estado de normalidad ceden ante el Estado de excepción”, dijo, asegurando que hay que hacer dos diferencias. Una sobre el manejo de terreno, que está bajo los jefes de Defensa Nacional, quienes responden al ministerio de Defensa. “En eso el ministro del Interior no se puede involucrar”; y otra sobre el manejo directivo o político durante el paro de los camioneros, “las decisiones de cómo se trató el conflicto de los camioneros son de resorte, competencia, y decisión del señor ministro del Interior. Asume sus conductas, sus decisiones y los fundamentos que tuvo”. Por lo mismo, dijo “nos parece incompetente citar al ministro de Defensa”.

Conocer los hechos

Según Rojas, la comisión debe abocarse a conocer los hechos de la acusación y lo que se le imputa al ministro Pérez es haber dejado de ejecutar las leyes relativas al control de orden público, sobre todo en el paro de camioneros.

“Hemos señalado que el ministro, ponderando los antecedentes, se abstuvo de utilizar la Ley de seguridad interior del Estado”, y esto por preferir el diálogo. “Porque la ley de seguridad Interior del Estado es el último recurso”.

Además señaló que durante los días del paro de camioneros sí hubo denuncias de hechos constitutivos de delito, hechas por carabineros y por el Intendente de la región. Según Espinoza, en tanto, la denuncia, al ser una facultad del ministro del Interior, puede ejercerse o no, incluso retrotraerse. “Es una facultad que tiene ribetes políticos y jurídicos, tal es así que la propia Ley de seguridad interior del Estado faculta al ministro del Interior o al Intendente, tiene la facultad de desistirse, por lo que no pude imputarse el incumplimiento de la ley en cuanto a una atribución que es facultativa”.

“No se sostiene (la acusación) porque las normas citadas algunas son facultativas todas operan de oficio, y es obligación del ministerio Público de llevar a cabo las acusaciones”, dijo Espinoza, y que la ejecución de estas normas compete a otros órganos del Estado.

“El señor ministro está satisfecho al menos en la materia de control de excesos de fuera policial en cuanto estos han disminuido notablemente en los meses que ha ejercido el cargo”, dijo Mario Rojas.

La abogada Paula Rojas señaló que los hechos imputados a Pérez “son falsos”, esto porque -a su juicio- las acusaciones no están fundadas en hechos. “Ha quedado en evidencia que los hechos sobre los que se funda la acusación constitucional no son efectivos”, dijo la abogada.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.