Eduardo Frei es demandado por ser aval en préstamo impago de su hermano Francisco
La empresa Inversiones Para el Desarrollo reclama una deuda de $53.540.408, en donde el expresidente figura como codeudor. Esto ocurre tras la autodenuncia de Francisco, quien acumula demandas por más de $500 millones.
El expresidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, fue demandado por una deuda de $53.540.408 reclamada por la empresa Inversiones Para el Desarrollo
La demanda está dirigida contra el exgobernante ya que actuó como deudor solidario en un préstamo por $63.363.192 que solicitó su hermano Francisco.
Esta acción judicial fue interpuesta ante el 23° Juzgado Civil de Santiago e ingresada el 29 de agosto recién pasado. Es decir, casi dos semanas después de que Fransicco Frei Ruiz-Tagle se autodenunciara el 16 de agosto en la Fiscalía de Santiago Centro por una serie de acciones que habrían afectado el patrimonio de su pariente que lideró el país entre 1994 y 2000.
A su turno, Francisco Frei acumula demandas por un total estimado superior a los $500 millones y su militancia en la DC fue suspendida. Por su parte, Eduardo comentó que "haré valer todos los derechos que como afectados nos reconoce la ley".
Los seis puntos explicativos de la demanda
El abogado Jaime Tagle expuso la cronología de los hechos en el texto:
1) Don Francisco Javier Frei Ruiz-Tagle suscribió con fecha 4 de mayo del 2018 pagaré a la orden de Inversiones Para El Desarrollo SpA por la suma, en capital de $63.363.192, valor en préstamo que recibió en moneda nacional.
2) El capital adeudado debía pagarse en 60 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, con vencimiento los días 15 de cada mes, de $1.415.118 cada una de ellas. La primera cuota vencía el día 15 de mayo del 2018 y la última de 17 de abril de 2023
3) Se estipuló en el pagaré que la suma prestada devengaría un interés del 1% mensual.
4) Se convino que en caso de mora o simple retardo en el pago de la presente obligación o de todo o parte de una cualquiera de las cuotas de este pagaré, se faculta al acreedor para exigir de inmediato el pago total de lo adeudado, el que en ese evento se considerará plazo vencido y se devengará a favor de Indes SpA, por el total o por la o las cuotas impagas, según corresponda a partir de esa misma fecha, a título de pena, las tasas máximas de interés que la ley permita estipular.
5) En dicho documento se constituyó en avalista, fiador y codeudor solidario de las obligaciones contraídas por el deudor principal en los términos expuestos en el pagaré don Eduardo Frei Ruiz-Tagle, ya individualizado.
6) Llegada la fecha del vencimiento de la cuota N°13, el día 15 de mayo del 2019, esta no fue pagada, por lo que, de acuerdo a lo pactado, mi parte ha resuelto hacer exigible el pago total de la suma de capital adeudado, o del saldo a que este se halle reducido, considerando la obligación como de plazo vencido, adeudando en consecuencia la suma de $53.540.408 más los interesas pactados y penales, y las costas.
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