Desde el rol de las isapres hasta la resolución de las listas de espera: las dudas que dejan las definiciones de salud de la Convención Constitucional
Este martes, el pleno de la Convención aprobó la creación de un Sistema Nacional de Salud de carácter “universal, público e integrado". Sin embargo, para los expertos surgen preguntas importantes, como por ejemplo qué pasaría con los prestadores privados y dónde se irían las personas que se atienden en estos, por eso miran con precaución la decisión del órgano político.
Al menos tres nudos son los que observan expertos y exautoridades a las iniciativas aprobadas y rechazadas por el pleno de la Convención Constitucional relativas a la salud.
La noche del martes, en la votación del segundo informe de la Comisión de Derechos Fundamentales, la Convención aprobó siete de los 12 incisos del artículo 14, que consagra el derecho a la salud, pasando al borrador de la Nueva Carta Magna que el sistema de salud será “de carácter universal, público e integrado”.
De esta forma, fue aprobado el texto que indica que “toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental”, destacando, en este sentido, que el Estado deberá proveer las condiciones necesarias para alcanzar el más alto nivel posible de la salud.
Asimismo, se establece que el Sistema Nacional de Salud -cuya base será la atención primaria- será “de carácter universal, público e integrado”, el que “se regirá por los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, pertinencia territorial, desconcentración, eficacia, calidad, oportunidad, enfoque de género, progresividad y no discriminación”.
Este sistema “será financiado a través de las rentas generales de la nación”. De manera adicional, se podrá establecer por ley el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadores y trabajadores, “con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema”. Se agrega que se determinará por ley el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos del sistema.
Cómo se implementaría este sistema y en cuánto tiempo, cómo afectaría al sistema público que ya existe o qué pasaría con el rol que cumplen las instituciones privadas -isapres y aseguradoras- son las principales dudas que quedan pendientes tras la primera votación en el pleno.
¿Qué pasará con isapres y aseguradoras?
El pleno devolvió a la Comisión de Derechos Fundamentales el inciso que planteaba que “podrán existir seguros privados voluntarios, los que en ningún caso podrán sustituir o duplicar el rol del Estado. Ninguna persona habrá de incurrir en un gasto catastrófico en salud”.
También tendrá una revisión el inciso que establece que “los prestadores privados integrados al Sistema Nacional de Salud no podrán perseguir fines de lucro. La ley establecerá los requisitos y procedimientos para su integración y funcionamiento”.
Diversos expertos consultados por La Tercera advierten que sólo con la aprobación de los incisos que establecen un sistema de salud universal y el cobro obligatorio de cotizaciones para financiar este modelo, sería suficiente para que las isapres desaparezcan.
La gerenta general de Altura Managament, Victoria Beaumont, aseguró que “hoy las isapres son empresas de giro exclusivo que solamente incluye la administración del 7%, por lo tanto, los cotizantes tienen que comprender que este fondo mancomunado implica la eliminación de las isapres como se les conoce y eso va a implicar ajustes”.
El director del Instituto de Salud Pública de la U. Andrés Bello, Héctor Sánchez, explicó que de aprobarse el inciso que volvió a la comisión para ser revisado y que establecía que los seguros no pueden sustituir o duplicar el rol del Estado, también se genera dudas.
“Lo que no está claro es qué pasaría con los seguros complementarios. El artículo que no se aprobó decía que los seguros no pueden duplicar ni sustituir el rol del Estado. Si la comisión insiste y la asamblea constituyente aprueba este inciso, en la práctica los seguros también entran en una situación crítica respecto de cuál sería el ámbito de cobertura que podrían abordar y ahí hay más de cuatro millones de personas.”
Por otro lado, el académico de la Universidad Andrés Bello, Manuel Inostroza, comentó que el otro artículo que fue devuelto y que eliminaba el fin del lucro también habría tenido consecuencias para el personal de salud: “Aproximadamente 10 millones de personas se atienden en Fonasa con libre elección, es decir, se atienden en prestadores privados con o sin fines de lucro, que aceptan los precios que Fonasa fija. Entonces, estas personas que hoy tienen atención de salud no podrían hacerlo, eso significaría que la mayor parte de estas instituciones, que en un 90% son pequeñas y medianas empresas, tendrían que cerrar o transformarse en sin fines de lucro, y estos profesionales no tendrían las rentas que hoy tienen por su desempeño profesional”.
El impacto en el sistema público
Ahora que el pleno aprobó la existencia de un sistema de salud universal y público, para los expertos surge otra pregunta: ¿Qué pasaría con las listas de espera?
Según las últimas cifras de la Subsecretaría de Redes asistenciales, en diciembre de 2021 había 315.945 personas esperando una intervención quirúrgica. Otros 2.001.972 personas esperaban una consulta con un especialista.
Por esta razón, la atención de salud en establecimientos privados juega un rol importante. De acuerdo al Dimensionamiento del Sector de Salud Privado en Chile que prepara Clínicas de Chile bianualmente, del total de la población del país, se estima que los potenciales demandantes de prestadores de salud privados alcanzan a 15.427.964 personas (79,3% del total de la población).
Además, al detallar esa participación se recoge que, por ejemplo, en el grupo de las atenciones médicas (consultas) el 52,5% fueron hechas en el sector privado. Y de esas consultas (casi 25 millones), 14,5 millones fueron para personas pertenecientes a Fonasa.
En ese escenario, los especialistas concuerdan en que, de crearse un modelo universal, el sistema público no sería capaz de absorber a toda la población.
De hecho, Beaumont afirma que este artículo impactaría en las listas de espera de forma “brutal”, pues explica que “va a haber una población que va a ser de sacrificio en este cambio de contrato social, que son los crónicos, los ancianos y quienes tienen patología GES y están en isapre, pues quedarían a la deriva, y pasarían a un sistema estatal que tiene lista de espera”.
El exsuperintendente de Salud Patricio Fernández coincidió en que las listas de espera se verían afectadas y advierte que “si nos centramos solo en las garantías GES, hay 60 mil prestaciones que se encuentran retardadas. En las listas de espera no GeES, hay más de tres millones de personas esperando consultas u operaciones, entonces tenemos un problema sanitario que hay que resolver. Hoy hay personas que pertenecen a Fonasa y que solucionan sus problemas de salud a través de la modalidad de libre elección en prestadores privados, si eso no ocurre vamos a tener un colapso del sistema sanitario que no podríamos enfrentar”.
El cuándo y el cómo
Hasta hace un mes, el informe de la Comisión de Derechos Fundamentales incluía un artículo transitorio -que no fue aprobado- que establecía que este modelo universal de salud tenía que ser implementado en un plazo de un año. También contemplaba que los sistemas de salud de las Fuerzas Armadas, las de Orden y Seguridad, junto con los sistemas de salud contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se tenían que incorporar a este sistema universal en dos años.
Ahora, los nuevos artículos aprobados no estipulan ni el periodo ni la forma para instaurar este derecho. El exsuperintendente Fernández sostuvo que formular esto no es tarea de la Convención, sino que del Poder Legislativo.
“Es razonable no poner plazos, porque eso debería ser materia de una reforma legislativa. Todo esto va a depender de los tiempos de tramitación, porque el detalle no es menor. Hoy hay más de tres millones de personas en un sistema privado, hay que hacer una transición adecuada para generar bien los traspasos a un sistema único, porque si se hace de golpe va a haber problemas, porque va a estar desfinanciado y no va a tener la capacidad de atención”.
El exministro de Salud Osvaldo Artaza sostuvo que hay puntos que no deberían precisarse en la Convención, sino que en la legislación. “En mi opinión, no es conveniente que en la Constitución estén los padecimientos específicos, eso debe quedar en materia de ley (...). En segundo lugar, el sistema nacional de salud que se cree debería dejar para materia de ley el cómo se organizan los prestadores, tanto públicos como privados, a objeto de que en los próximos años podamos utilizar toda la infraestructura disponible para enfrentar desafíos como las listas de espera”.
Algo parecido planteó el también exministro Álvaro Erazo. “Hay alcances que van a ser materia de la propia legislación y deben quedar explícitos. Como por ejemplo, la progresividad del gasto que debiera consagrarse en leyes como la Ley Auge. Lo otro que tiene que ser materia de legislación, tiene que ver con un orden regulatorio más claro en términos de los mercados de salud. Son elementos que deben quedar bien reflejados en la Constitución o en la legislación”.
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