Formalizan a senador Ossandón por delitos reiterados de tráfico de influencias

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El Ministerio Público detalló cinco hechos en los que el parlamentario habría realizado una serie de gestiones con funcionarios de las municipalidades de Pirque y Puente Alto para beneficiar a la sociedad de extracción de áridos en la que tenía participación su hijo. Tribunal decretó un plazo de investigación de 90 días.


Esta mañana, ante el Juzgado de Garantía de Puente Alto, se llevó a cabo la audiencia de formalización contra el senador Manuel José Ossandón (RN) por presuntos delitos que dicen relación con gestiones que habría realizado el parlamentario para beneficiar la sociedad de su hijo.

La imputación de cargos, realizada por el fiscal regional metropolitano de la zona oriente, Manuel Guerra, sostuvo que entre 2017 y 2019, Ossandón ocupó su cargo actual, sumado a sus pasos como alcalde de Puente Alto y Pirque, para convencer a funcionarios de ambos municipios que extendiesen un convenio de administración conjunta que ayudaría a la sociedad en la que participa su hijo, Cavilú Spa.

El Ministerio Público sostuvo que la calificación jurídica de dichos actos corresponde a la de tráfico de influencias, y además sostuvo que la comisión de delitos tuvo carácter de reiterado. El tribunal accedió a la solicitud de la fiscalía y dispuso un plazo de investigación de 90 días.

Administración de la extracción de áridos y prórroga para Cavilú

Durante la imputación de cargos, Guerra dio a conocer cinco hechos en los que Ossandón habría influenciado a funcionarios municipales para que la sociedad extractora de áridos en la que participaba su hijo, Cavilú Spa, tuviera beneficios.

La fiscalía indicó que el 2 de enero de 2018, la sociedad Cavilú Spa solicitó a la municipalidad de Puente Alto una prórroga del plazo para obtener los permisos medioambientales que requerían para poder operar, solicitud que fue rechazada por el municipio.

Como primer hecho, se indica que el 5 de octubre de 2017, Ossandón fue a la sesión ordinaria número 31 del consejo municipal de Pirque, habiéndose comunicándole previamente que se había rechazado su solicitud de ser invitado a participar en ella. En dicha oportunidad realizó una exposición respecto de la administración conjunta del Río Maipo y la conveniencia de permanecer en este sistema de administración conjunta, en circunstancias que en marzo del mismo año, el alcalde de Pirque, Cristián Balmaceda, le había comunicado a la Municipalidad de Puente Alto la intención de no seguir en la administración conjunta. 

Del mismo modo, ese día se comprometió a interceder con el alcalde de Puente Alto, Germán Codina, para que se les pague los montos adeudados por concepto de los derechos recibidos por la administración conjunta del Río Maipo.

En segundo lugar, se le imputa a Ossandón que visitó al alcalde Balmaceda luego que el 6 de junio de 2018 fuera rechazada la solicitud de extensión de prórroga realizada por Cavilú Spa, solicitándole que revirtiera la decisión.

Posteriormente el Ministerio Público señaló que ante esta solicitud, Balmaceda le señaló al imputado que la Municipalidad de Puente Alto le adeudaba unos montos correspondientes a derechos de la administración conjunta del Río Maipo. El 22 de junio de ese año, Ossandón se presentó nuevamente en la oficina de Balmaceda con un oficio listo para ser suscrito en el que se revertía el rechazo a la prórroga solicitada por Cavilú Spa. En dicha instancia, Ossandón le señaló que su municipio debería recibir el 50% del valor de un terreno que había ofrecido la empresa concesionaria como parte integrante de la oferta de licitación que había sido entregado al municipio de Puente Alto sin incluir al de Pirque, y además, le señaló que instaría a que se le pagara lo adeudado a Pirque.

Seis días después, el 28 de junio, fueron remitidos a la Municipalidad de Pirque dos cheques girados por la Municipalidad de Puente Alto que sumaban $50.256.513, los que fueron enviados sin respaldo ni oficio conductor, y que posteriormente, el 22 de agosto de 2018, se indicó que correspondían a pagos por la administración conjunta de la extracción de áridos. El fiscal Guerra sostuvo que “luego de las gestiones del senador con funcionarios del Municipio de Puente Alto, los cheques fueron enviados a la Municipalidad”, momento en que la fiscalía indicó que nuevamente habría solicitado acceder a la prórroga de la empresa.

Como cuarto hecho se detalló que Balmaceda, en agosto de 2018, delegó las decisiones relacionadas con áridos a una comisión de trabajo conformada por directores municipales, instancia que realizó dos informes, los que fueron enviados a los concejales de Pirque.

En esa misma época, Ossandón habría llamado por teléfono al concejal Patricio Dominguez, a quien le pidió que recibiera a su hijo para que le expusiera la solicitud de Cavilú Spa. Del mismo modo, la fiscalía sostuvo que se reunió con la concejal María Inés Mujica en un café ubicado en las cercanías de la municipalidad, momento en que le indicó que la prórroga del plazo solicitada por Cavilú Spa era positiva.

Finalmente el Ministerio Público indicó que algunos días en que se realizaron sesiones del concejo municipal donde se abordaría la extensión de la prórroga de la empresa de extracción, Balmaceda recibió mensajes de WhatsApp por parte de Ossandón. De acuerdo a Guerra, dichos mensajes tenían un “tono amenazante”, y además le imputaba una animadversión de la empresa Cavilú Spa, señalándole que diera pie atrás a la decisión o de lo contrario tomaría contacto con autoridades para que lo investigaran penalmente por otros hechos.

Guerra indicó que “mediante las acciones de los cinco hechos relatados, el imputado, haciendo uso de la influencia que le da el haber servido en los cargos de alcalde de las municipalidades de Pirque y Puente Alto, lo que detentó previo a ser senador, y teniendo inclusive la calidad de familiar del alcalde Balmaceda, ejerció influencia sobre otros funcionarios públicos”.

Esto fue “con el objeto de dar interés a su hijo Nicolás Ossandón en término de revertir las decisiones de la Municipalidad de Pirque en cuanto a terminar con la administración conjunta de la extracción de áridos, por una parte, y por la otra, en cuanto a revertir la decisión de denegar la extensión de una prórroga para que la empresa Cavilú obtuviera autorizaciones medioambientales”.

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