ME-O recurre a la ONU para exigir que el Servel cumpla orden del TC de devolverle sus derechos políticos
Durante la tarde de este domingo, Marco Enríquez-Ominami presentó medidas provisionales ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Solicitó que el pronunciamiento se realice con urgencia.
La defensa de Marco Enríquez-Ominami presentó la tarde este domingo medidas provisionales ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Esto, para evitar que el Servicio Electoral incumpla la orden del Tribunal Constitucional (TC) respecto a que se le deben restituir sus derechos políticos y ciudadanos en un plazo máximo de 3 días, que vence mañana.
La solicitud incluye un pedido para que el organismo internacional se pronuncie de manera urgente este lunes 23 de agosto, fecha pactada para la inscripción de las candidaturas presidenciales, parlamentarias y cores.
Según explicó al respecto el abogado Ciro Colombara, quien junto a Aldo Díaz y Carola Cotroneo patrocinan el escrito ante Naciones Unidas, “la solicitud responde al conflicto que se generó entre un organismo político, como es el Servel, cuyo director es designado por el Presidente de la República, y un tribunal, en este caso, el Tribunal Constitucional. Entonces, si el órgano político se niega a cumplir lo ordenado por un tribunal, se pone en juego el estado de derecho y eso, afecta directamente a la democracia”.
En 2018, la defensa del exmandatario brasileño Luiz Inácio Lula da Silva, también recurrió al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pero esa oportunidad su defensa argumentó irregularidades en el proceso penal en su contra, lo que fue acogido por el organismo internacional.
Fallo unánime del TC
El pasado miércoles, el Tribunal Constitucional acogió de manera unánime la medida cautelar presentada por Marco Enríquez-Ominami, en relación al requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad con el que buscaba recuperar sus derechos políticos y ciudadanos.
De esta manera, el fundador del Partido Progresista (PRO) debería recuperar su derecho a sufragio y la posibilidad de inscribir una posible candidatura si así lo resolviera, luego que el organismo aprobara instruir al Servicio Electoral que mientras no se resuelva el fondo de un requerimiento, deberá abstenerse de excluirlo del Registro Electoral y de suspenderle su derecho a voto.
El requerimiento de Enríquez-Ominami impugnó la norma incluida en la Ley 18.556 sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y el Servicio Electoral, respecto a que no podrán sufragar quienes hayan sido acusados por delitos sancionados con penas aflictivas, y no hayan enfrentado un juicio
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