Alcaldesa de Vitacura rechaza último intento de Cencosud por revivir Alto Las Condes 2 y lanza duras críticas al grupo

ALTO LAS CONDES 2
Cencosud Shopping reingresará pronto permiso para proyecto Alto Las Condes 2 en Vitacura

La alcaldesa de Vitacura, Camila Merino (Evópoli), confirmó la revocación del permiso de edificación del proyecto Alto Las Condes 2 de Cencosud. Esto, luego de que la Dirección de Obras del municipio declarara la caducidad del documento otorgado el 12 de diciembre de 2000, que permitía al holding construir una torre de 55 pisos, varios edificios y un centro comercial en un terreno de 22.500 metros cuadrados. Asimismo, fustigó al conglomerado debido a que por más de 20 años ha mantenido congelada la autorización para construir y no lo ha hecho.


La alcaldesa de Vitacura, Camila Merino (Evopoli), confirmó la revocación del permiso de edificación del proyecto Alto Las Condes 2 de Cencosud, holding minorista de propiedad del empresario de origen alemán Horst Paulmann. Esto, luego de que la Dirección de Obras del municipio (DOM) resolviera declarar la caducidad del documento otorgado el 12 de diciembre de 2000 y que le permitía al holding la construcción de una torre de 55 pisos, varios edificios y un centro comercial en un terreno de 22.500 metros cuadrados.

La jefa comunal, que asumió en reemplazo del histórico alcalde de la comuna Raúl Torrealba (RN), luego de que este no pudiera presentarse a la reelección, rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el brazo inmobiliario del grupo, Cencosud Shopping S.A, y fustigó duramente al conglomerado que opera en Chile supermercados (Jumbo y Santa Isabel), tiendas de departamentos (Paris) y tiendas de mejoramiento del hogar (Easy).

“Es de interés de esta autoridad edilicia que se cumpla la juridicidad y el espíritu de la normativa urbanística que ha dado origen al conflicto, entendiendo que no se puede ejercer el derecho de modo abusivo y que repugna a toda racionalidad tener por vigente un permiso sin ninguna ejecución de obra durante más de 20 años y, además, pretender que se mantenga congelada para ese único proyecto de inversión la aplicación de una normativa urbanística de uso de suelo que no corresponde al plan regulador vigente ni se armoniza con la realidad de la comunidad local”, consignó la resolución que cuenta con sólo dos hojas y a la que tuvo acceso Pulso PM.

En esa misma línea, explicó que los permisos de edificación buscan un orden racional de los usos y actividades en el suelo edificable de la comuna, pero también, un crecimiento sustentable y armónico de la ciudad. Por lo mismo -a su parecer-, la vigencia de un permiso de edificación expedido hace ya más de veinte años y sin recepción alguna, no se concilia con lo anterior. De hecho -a su juicio-, se trata de un evento que el ordenamiento jurídico persiguió evitar.

La alcaldesa Merino destacó que “la DOM busca proteger los derechos de los titulares de proyectos ante variaciones sobrevinientes de la normativa urbanística, y al mismo tiempo, sanciona el incumplimiento del particular que no ejecuta la construcción que tiene autorizada, en un tiempo razonable, de manera que las construcciones autorizadas de acuerdo a la normativa urbanística vigente, se ejecuten, también ajustadas a la misma”.

El grupo es representado por el gerente de asuntos legales y relaciones institucionales, Sebastián Rivera, y cuenta con la asesoría legal de los abogados Arturo Fermandois, Domingo Poblete y Vania González, del estudio Fermandois.

Una vez notificada la resolución del rechazo del último recurso del grupo, Cencosud tiene un plazo de 15 días para presentar un reclamo de ilegalidad municipal ante la Corte de Apelaciones de Santiago, trasladando el conflicto a sede judicial.

Al ser consultado por este artículo, Cencosud respondió: “La resolución del municipio es parte de un proceso, no una instancia definitiva. Estamos analizando los caminos a seguir”.

La última arremetida

El lunes 4 de abril, el brazo inmobiliario del holding, Cencosud Shopping S.A, presentó un escrito de 80 páginas ante la Municipalidad de Vitacura para que la alcaldesa Camila Merino (Evópoli) anulara la resolución de la directora de Obras del Municipio, Carolina Zúñiga, quien revocó, a comienzos de marzo, el permiso de edificación otorgado al grupo en 2000.

Para Cencosud Shopping S.A., la primera ilegalidad que cometió la DOM es que “infringe el debido procedimiento administrativo”, ya que omitió la apertura de un periodo probatorio que le permitiera emitir sus descargos.

Asimismo, “la resolución N° 218 se ha dictado en un procedimiento que se ha dilatado en extremo, sin justificación razonable. Esta infracción consiste en la vulneración del artículo 27 de la Ley N° 19.880, que fija un plazo máximo de seis meses de duración a los procedimientos administrativos, plazo que se ha excedido más de siete veces en el caso que nos ocupa”, acotó Cencosud en el mismo documento.

Según la compañía, una tercera ilegalidad ocurrió debido a la “reiteración del desacato a sentencias firmes de los tribunales superiores de justicia”. En efecto, sostuvo, “la DOM de Vitacura desobedece abiertamente dos sentencias firmes y ejecutoriadas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema, con la agravante de constituir ya la segunda oportunidad en que se verifica este desacato”.

Una cuarta ilegalidad, a su juicio, la constituye el que la “declaración de caducidad abarca el tiempo en que el procedimiento estuvo tramitándose, sin que se hubiera advertido de forma alguna tal extraña circunstancia por parte de la DOM”.

Un quinto vicio de ilegalidad, según Cencosud, se produce debido a que si bien la DOM reconoce el desarrollo de obras, al mismo tiempo le resta valor a dichos trabajos para declarar la caducidad.

Y, por último, la sexta infracción denunciada por la compañía se relaciona a una supuesta “invalidación encubierta”. “Para declarar la caducidad del permiso de mi representada, la Resolución N°218 desconoce el contenido y priva de efectos a dos resoluciones previas de la misma Dirección de Obras (Resolución N° 551/2013 y Ord. N° 106/2014) que reconocen la vigencia del permiso y a la fecha se encuentran completamente vigentes, por haber transcurrido el plazo legal para su invalidación”, concluyó.

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