Juicio por alzas en planes de TV por cable: las millonarias indemnizaciones que pagará Telefónica a casi 500 mil afectados

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Telefónica, el Sernac y la Asociación de Consumidores de Santiago (Acosan) presentaron este martes al 25° Juzgado Civil de Santiago un avenimiento con el que buscan poner fin a un juicio iniciado en 2019 por alzas de cobros en el servicio de televisión por cable. El acuerdo consiste en el pago de $4.556 millones en indemnizaciones y beneficia a 474.347 consumidores.


Telefónica Chile S.A. (Movistar), el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y la Asociación de Consumidores de Santiago (Acosan) cerraron un acuerdo millonario en tribunales en el marco del juicio por alzas unilaterales en planes de televisión por cable.

Todo comenzó cuando el 17 de junio de 2019, la organización presentó una demanda colectiva en contra de Movistar. Luego, Sernac también presentó un acción en la misma línea y el 24 de marzo de 2021 ambas acciones fueron acumuladas.

Pulso tuvo acceso al escrito en el que las partes solicitaron la aprobación del avenimiento ingresado al 25° Juzgado Civil de Santiago. En el documento se detalla que las demandas fueron presentadas por las alzas de $1.000 y $1.500 en los planes de televisión por cable aplicadas por Movistar a partir de marzo de 2019; solicitándose, la interrupción de las alzas, la devolución de los montos cobrados y la nulidad de la cláusula contractual con la que se aplicaron.

Frente a la demanda, Movistar alegó que la cláusula era legal y que los ajustes de precios habían sido propuestos mediante diversos medios y en los plazos establecidos en el contrato, siendo aceptados por los consumidores, por lo tanto, sostuvo que no existiría infracción a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC).

De acuerdo al avenimiento, el acuerdo alcanza a la totalidad de consumidores a los que se aplicaron los aumentos en sus planes de televisión a contar de marzo de 2019. Según la información proporcionada por Movistar, el número total de consumidores afectados y, por ende, beneficiados por el acuerdo, es de 474.347, los cuales recibirán una serie de indemnizaciones.

“La restitución de la totalidad de lo cobrado por concepto de alzas en los precios de los planes de televisión, lo que asciende a $4.217.548.168 que, reajustado por IPC a enero de 2022, da una suma de $4.556.287.161″, acotó el mismo documento.

Al monto reajustado, se aplicarán intereses a una tasa equivalente al promedio de las tasas de captación en moneda reajustable (UF) a 90 días a 1 año (0,66% anual), correspondiente al mes de inicio de los cobros cuestionados.

Una indemnización de $1.800 por consumidor, por las eventuales molestias que pudieron experimentar los afectados. A ello se suma el pago de 0,15 UTM, equivalentes a la fecha efectiva de pago, a todos los consumidores que realizaron reclamos ante Sernac sin distinción del medio a través del cual se presentó, como “costo del reclamo”.

Sin embargo, la forma de pago de cada uno de estos conceptos dependerá de si el consumidor es o no cliente vigente de la compañía.

Telefónica, en el marco del juicio, contó con la asesoría de Alfredo Waugh, socio de GWJA Abogados. Mientras que la representación de Sernac y Acosan en el proceso estuvo en manos de Alfredo Calvo, Coordinador General de Juicios, y el abogado Juan Antonio Espina, respectivamente.

Movistar Chile expresó su “satisfacción por el esfuerzo que las partes del proceso desplegaron para poner término a una controversia derivada de la interpretación del contrato de servicios de telecomunicaciones y al hecho que se acuerda el texto de una cláusula que reconoce la posibilidad que, año a año, se pacten nuevas condiciones contractuales”.

Desde Sernac explicaron que “de aprobarse este avenimiento por el tribunal- sería el 5° de mayor compensación en beneficio de los consumidores en los últimos 5 años”.

“En el año 2018, el acuerdo por $100 mil millones aproximadamente con CMPC por la colusión del papel confort es el más alto del último tiempo, lo sigue, el avenimiento con el Banco de Chile (2018) por un monto de aproximado de $19 mil millones de pesos a consumidores que se vieron afectados por cobros indebidos de comisiones”, complementó.

Beneficiados

El acuerdo divide a los beneficiados en dos grupo. Del total de consumidores afectados, 292.642 siguen siendo clientes de la compañía, los cuales mantienen deudas y otros no. Al mismo tiempo está el grupo que ya no es cliente de la compañía y que corresponde a 181.705 personas. De este último, un total de 123.267 clientes dieron de baja voluntariamente el servicio.

Pero también, 36.944 mantienen deudas y 86.323 no presentan morosidad. Y por último: 58.438 clientes fueron dados de baja por morosidad, quienes mantienen deudas.

En definitiva, según el acuerdo, $3.438.312.063 serán destinados a pagar indemnizaciones a clientes vigentes, independiente si tienen o no deudas. En el caso de los clientes no vigentes, el monto a pagar en compensaciones será de $1.971.799.698.

Implementación

A los clientes vigentes sin deuda, la compensación les será abonada en sus respectivas cuentas en una sola cuota, considerando que Movistar factura mensualmente. En caso de ser clientes con deuda, igualmente el monto les será abonado a sus cuentas.

Al tratarse de personas que ya no son clientes y que no tienen deudas, se pagará mediante depósito a través de transferencia bancaria a la cuenta RUT del Banco Estado de cada consumidor, dentro de un plazo de 30 días desde que la resolución aprobatoria quede firme.

Para aquellas personas que no dispongan de cuenta RUT habilitada, el pago se hará a través de la emisión de un vale vista electrónico (documento inmaterial) que puede ser solicitado y cobrado por su beneficiario en cualquier sucursal del Banco Santander del país, con la sola presentación de su cédula de identidad.

El cumplimiento del presente acuerdo será certificado por un auditor externo que acredite el correcto cálculo de los montos expuestos y la efectiva realización de las medidas comprometidas.

“Movistar se compromete a entregar al Sernac, dentro de los 120 días siguientes a la fecha en que concluya el proceso íntegro de pago, una auditoría que acredite el debido y oportuno cumplimiento del presente avenimiento, la cual deberá ser elaborada por un empresa de certificada, externa, independiente, imparcial y de conocido prestigio, seleccionado de entre aquellas incluidas en el registro de auditores de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y no haber sido condenada, sancionada u objeto de investigaciones en curso por irregularidades en la revisión y estudio de estados financieros de sus clientes”, concluye el acuerdo.

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