La batalla por los excedentes de afiliados de ex Masvida escala a la Suprema: Corte zanjará quién paga la cuenta

Tribunales de Justicia
Foto: Andrés Pérez.

Oncovida recurrió a la Corte Suprema tras el fallo de Apelaciones que ordenó a la Super de Salud devolver a los afiliados de ex Masvida sus excedentes. La acción de la firma, en su carácter de prestadora de salud y acreedora de la Isapre Masvida, busca determinar quién debe hacerse cargo del pago de los excedentes, tras cuatro años de litigio.


Los afiliados que han salido de Nueva Masvida en los últimos años para irse a otras isapres y que pertenecen a la cartera de la ex Masvida, no cuentan con todos sus excedentes. Esto, a raíz de la decisión que tomó hace años la Superintendencia de Salud de congelar unos $18.000 millones de excedentes tras la intervención de 2017, argumentando que el pago debía ser realizado directamente por la isapre.

Es por esto que la isapre presentó en 2018 un recurso de reclamación en la Corte de Apelaciones, exigiendo que la Superintendencia de Salud le traspase los excedentes que tiene congelados para entregarlos a los afiliados que corresponde.

La semana pasada recién llegó el fallo de la justicia: Apelaciones acogió el reclamo de ilegalidad deducido por Isapre Nueva Masvida en contra de la Superintendencia de Salud y se determinó que la Superintendencia deberá “proceder a la entrega de tales dineros a sus únicos dueños, los afiliados contenidos en la cartera transferida que efectivamente los causaron”.

Pero esta resolución deberá esperar, ya que Oncovida, en su carácter de prestadora de salud y acreedora de la Isapre Masvida, interpuso un recurso de apelación ante la Corte Suprema contra la sentencia de Apelaciones con ciertos alcances, entre otros, que la reclamante Nueva Masvida no puede usar el proceso de liquidación de las garantías de la ex Isapre Masvida para pagar créditos de terceros.

En concreto, la acción de Oncovida busca determinar quién debe hacerse cargo del pago de los excedentes de los afiliados de la ex Isapre Masvida, tras cuatro años de litigio.

En el escrito de apelación presentado el 17 de agosto, Oncovida declara que quien debe hacerse cargo del pago de dichos excedentes es Isapre Nueva Masvida, como consecuencia del traspaso de la cartera de afiliados de la ex isapre Masvida a la Isapre Óptima Salud (hoy Nueva Masvida), el año 2017.

“No está en discusión que los ex afiliados reciban los dineros que se les adeudan a título de excedentes, sino quién debe hacerse cargo de dicha deuda. Discrepamos del fallo porque entendemos que el pago de los excedentes es de cargo de Isapre Nueva Masvida en su totalidad y no debe realizarse con cargo a las garantías legales de la ex Isapre. Si así fuera, lo sería en directo perjuicio de cientos de prestadores de salud que otorgaron prestaciones y que confiaron en un sistema protegido por garantías legales, que ya son a esta altura en exceso insuficientes”, asegura Cristobal Osorio, abogado de Oncovida.

Osorio agrega que “este conflicto nace por decisiones contradictorias y sucesivas de los diversos superintendentes, quienes con ello han provocado esta larga espera, que sólo genera incertezas y perjudica a todos los involucrados”.

A su vez, la acción presentada, según explicaron desde Oncovida, busca que se retome el criterio utilizado por la Superintendencia de Salud desde el año 2018. Este establecía que es Nueva Masvida quien debe cumplir con las obligaciones adeudadas a los ex afiliados de Masvida y declarar en su contabilidad dichos pasivos.

El exsuperintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, que estuvo encargado de la intervención de Masvida en 2017, comenta que el fallo de Apelaciones “ratifica algo en lo que no debería haber existido ninguna duda, que es que parte importante del fondo que constituían las garantías de la antigua Masvida estaban destinadas justamente a asegurar los excedentes que habían acumulado los cotizantes. Viene a confirmar lo que emanaba directamente desde la ley, que es que en primer lugar de la garantía estaban las cotizaciones de las personas”.

En esa línea, dice que el fallo de Apelaciones “es importante porque ratifica la naturaleza jurídica de los excedentes, reconoce que son de propiedad de los afiliados”.

Entonces, tras se consultado por qué cuando era superintendente no se entregaron esos dineros a las personas, señala que “lo que ocurre es que en la ley cuando se produce una situación de falta de liquidez de una isapre, la ley define cuál es la formula por la cual se destina, y establece primer orden de prelación, o sea, primero se pagan los excedentes. Entonces, habiendo un mandato expreso de la ley, de decir en el fondo esto va excedentes, y por lo tanto, lo que tiene que hacer es entrar en esa categoría; y en esa época la ley vigente le entregaba la administración de esos recursos a Nueva Masvida, en el marco de la liquidación de la garantía, lo que correspondía era que en algún momento se entregaran al que correspondía como administrador”.

Así, dice que “como la ley cambió en algún momento, claro, ahora corresponde que el saldo que queda sea entregado directamente a las personas por la aplicación de la nueva ley”.

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