Lecheros de Valdivia piden a tribunal que NotCo cumpla fallo que prohíbe uso de marca NotMilk y logo con vaca tarjada

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20 Agosto 2022 NotMilk Notco Foto: Andres Perez

De acogerse la petición que plantea el gremio lechero, NotCo tendría que retirar de las góndolas de los supermercados nacionales su producto de mayor reconocimiento público. Con todo, la resolución del magistrado Edinson Lara, el mismo que redactó el fallo que condenó por competencia desleal al unicornio, es apelable y por lo tanto se producirá una nueva discusión en torno al cumplimiento incidental de la sentencia de primera instancia. Este jueves, además, NotCo presentó su apelación a dicha sentencia.


Tiene sólo cinco páginas, pero es el escrito más incisivo del gremio lechero de Valdivia que le declaró la guerra a The Not Company por la publicidad de NotMilk.

La Asociación de Productores de Leche de Valdivia (Aproval) solicitó al Primer Juzgado Civil el cumplimiento incidental de la sentencia del pasado 26 de mayo. El fallo de primera instancia condenó al unicornio avaluado en más de mil millones de dólares por competencia desleal y le prohibió el uso de la marca NotMilk, además de la utilización de marcas, rotulados, imágenes o distintivos que contengan una vaca o cualquier figura propia de la industria lechera.

La defensa de Aproval -asesorada por los abogados José Coz y Rodrigo Palavecino- solicitó la ejecución de la sentencia en línea con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil (CPC). “Cuando se solicite la ejecución de una sentencia ante el tribunal que la dictó, dentro del plazo de un año contado desde que la ejecución se hizo exigible, si la ley no ha dispuesto otra forma especial de cumplirla, se ordenará su cumplimiento con citación de la persona en contra de quien se pidió”, consigna dicho apartado legal.

El caso es que de acogerse la petición que plantea ahora el gremio lechero, NotCo tendría que retirar de las góndolas de los supermercados nacionales su producto de mayor reconocimiento público: NotMilk. Con todo, la resolución del magistrado Edinson Lara, el mismo que redactó el fallo que condenó por competencia desleal al unicornio, es apelable y por lo tanto se producirá una nueva discusión en torno al cumplimiento incidental de la sentencia de primera instancia.

En su presentación, Aproval destacó que NotCo no pretende cumplir el fallo. Esto, luego que la compañía, tras conocerse el laudo, emitiera una declaración pública.

“Durante todo el tiempo en que este proceso de apelación se lleve a cabo, NotMilk, seguirá estando disponible en puntos de venta de todo el país, de la manera que todos conocen actualmente, reafirmando, una vez más, nuestro fuerte compromiso con el cuidado del medioambiente, la innovación y la reinvención de la industria alimentaria”, sostuvo la compañía en aquella ocasión.

Por lo mismo, el gremio lechero de Valdivia insistió en que el fallo debe ser cumplido, ya que la regla general consiste en que las apelaciones son concedidas en el solo efecto devolutivo . La única excepción es cuando la suspensión es inocua o indiferente para el resultado del juicio; cuando la detención del efecto del fallo no perjudica a la parte que obtuvo.

“Hacemos presente que, de concederse la apelación en ambos efectos, NotCo seguirá usando la marca NotMilk y empleando la imagen de la vaca tarjada (que es precisamente lo que se le ha prohibido) y se seguirá consumando día a día el efecto anticompetitivo que se ordenó cesar”, señaló el escrito al que tuvo acceso Pulso.

Pero la trama es más compleja, porque anoche Aproval presentó un segundo escrito en el que advirtió que la apelación de esta sentencia no suspende su cumplimiento. Aquí el gremio lechero sostuvo que en el recurso de casación NotCo no pidió la suspensión de los efectos del fallo y por lo mismo estaría obligada a su ejecución antes de que el caso cuente con sentencia ejecutoriada.

“Reforzar la diferenciación”

Este jueves, justo cuando vencía el plazo para presentar su apelación, NotCo presentó dos recursos para revertir el fallo, luego de cambiar sus abogados. Dejó de ser representada por AZ Abogados y la defensa es encabezada ahora por dos abogados socios de Carey, Francisco Carey y Juan Carlos Riesco.

En el escrito NotCo sostuvo que “el pictograma de la vaca está tarjado, dejando en claro que simboliza el origen vegetal del producto”.

“La utilización de la vaca tarjada no busca denostar ni denigrar, sino que reforzar la diferenciación de los productos”, resaltó.

“¿Acaso para APROVAL y el tribunal, cuando un consumidor ve el símbolo de la espiga tarjada cree que realmente el producto contiene gluten?, ¿o, peor aún, que el gluten es malo? Es claro que la finalidad del símbolo de la vaca tarjada es solo informar que el producto no es de origen animal, sino vegetal. Cualquier otra interpretación sería sesgada, parcelada y alejada de la realidad”, acotó la compañía en su apelación.

En su presentación, cuestionó el fallo de primera instancia, asegurando que no ponderó la prueba que presentó frente a las acusaciones de Aproval. Además, destacó que cuenta con marcas inscritas de manera “pacífica”, sin oposición de terceros, en Chile, Brasil y México. Ejemplo de ello es el logo de la vaca tarjada, que en Chile el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) le otorgó vigencia hasta el 22 de septiembre de 2031 en la clase 32, que alude a “bebidas vegetales”.

Pidió eliminar la tarja del testimonio de la Brand Manager de NotCo, Isabel Román, quien declaró que Not Milk “[s]e divulga en la categoría de bebidas vegetales 36″, además de señalar que “las bebidas vegetales líderes son Not Milk y la competencia directa de Cuisine & Co, Vilay, Silk, y esas son las principales”.

“El público objetivo al cual va dirigida la bebida Not Milk tiene un mayor grado de conocimiento y experiencia del mercado de las bebidas en base a vegetales que aquel que desea adquirir una leche para el consumo, por ello está dispuesto a pagar más del doble al valor de las leches”, concluyó.

Al cierre de este artículo, no hubo respuesta de NotCo a las consultas planteadas.

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