Tribunal condena a Clínica Las Condes por despedir a exenfermero que denunció mal estado de ambulancias

Clínica Las Condes: lo que hay detrás del conflicto con sus médicos

Magistrada concluyó que el despido se efectuó en represalia por presentar una denuncia a la Dirección del Trabajo que detallaba una serie de falencias en las ambulancias.


El Segundo Juzgado Laboral de Santiago acogió la demanda de tutela laboral que presentó el exenfermero de Clínica Las Condes (CLC), Javier Herrera Lefimil, quien se desempeñaba desde 2011 como miembro del equipo de la unidad de emergencias y rescates.

La magistrada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, María Teresa Quiroz concluyó que “la sana crítica lleva a concluir que la única razón que tuvo la demandada para despedir al actor fue sancionarlo por el justo reclamo de sus derechos administrativamente, concurriendo así los requisitos que se establecen en el artículo 485 del Código del Trabajo, ya que el despido del demandante obedeció a una represalia en razón o como consecuencia de la acción administrativa ya detallada, lo que ha quedado plenamente acreditado en la especie”.

“A mayor abundamiento la demandada sabía que el demandante era parte de la denuncia administrativa, e incluso de una demanda de tutela - aun cuando no fue nombrado expresamente ella corresponde hechos casi idénticos - por lo que es posible concluir que el demandante fue despedido como represalia por ello”, agregó.

La sentencia concluyó que el despido efectuado por Servicios de Salud Integrados S.A, filial de CLC, es “improcedente y atentatorio de la garantía de indemnidad establecida en los artículos 485 y 489 del Código del Trabajo, por lo que se condena la demandada a pagar Una indemnización de $31.454.003, incluyendo las costas judiciales.

En su demanda explicó que realizaba sus funciones abordó de una de las 13 ambulancias de la flota de una tripulación integrada por un enfermero, un técnico en enfermería y un conductor.

El caso es que realizando sus funciones habituales, los trabajadores se percataron que las diferentes ambulancias no se encontraban en buenas condiciones sobretodo las más antiguas, las cuales presentaban fallas técnicas y de seguridad muy relevantes, de hecho, a las diferentes tripulaciones les hacían trabajar en ambulancias con problemas de frenos, neumáticos desgastados, ingreso de gases de combustión a la cabina sanitaria, como así mismo chasis corroídos por la humedad en 2 ambulancias adquiridas a Estados Unidos (móviles 12 y 13) y que habían sido dadas de bajas en aquel país y que tenían más de 10 años de uso.

Todas estas fallas iban siendo comunicadas de manera oportuna en cumplimiento del protocolo, por los conductores de la Unidad de Rescate o los Enfermeros Jefes de Turno, mediante vía telefónica o por correo electrónico a Gonzalo Riveros Tapia, Encargado de Mantención de las Ambulancias. Sin embargo, frente a cada caso la Gerencia de Operaciones, sólo ordenaba realizar reparaciones por fallas puntuales, existiendo ausencia de un plan de mantención preventivo por kilometraje, como tampoco existía un taller mecánico designado, pues lo que se hacía era llevar a las ambulancias a “revisión” a la empresa “Transportes Gil”, propiedad de Alejandro Gil Gómez, quien es el presidente del directorio de CLC, o bien se efectuaban las reparaciones por Ignacio Cofré Arellano, persona de confianza del Gil Gómez, quien hacía la revisión en las mismas dependencias de la Clínica.

La caja de herramientas

Según su relato, consignado en la sentencia, el 21 de abril de 2021, ocurrió un grave accidente en el cual el móvil 13, PPU GSWK-21 mientras regresaba a su base en el sector de Colina, circulando por la Autopista Los Libertadores, sufrió el reventón del neumático delantero derecho, del cual se desprendió completamente la banda de rodadura, que quedó enredada en el tren delantero de la ambulancia, dañándose el resto del neumático y quedando la llanta sobre el pavimento, lo que provocó que el móvil se desplazará de manera abrupta de un lugar a otro y sólo la pericia del conductor don Eduardo Avello González, evitó que el accidente fuese de mayores proporciones y/o fatal, debiendo ser trasladada la ambulancia por medio de una grúa.

Los trabajadores dieron aviso de inmediato al enfermero Jefe de Turno Carlos Boeckemeyer, al Enfermero Coordinador, a la Enfermera Jefa de Urgencias y al Médico Regulador de Rescate y que al llegar ambulancia de vuelta a la Clínica sede Estoril es el mismo Gil Gómez, quien baja hasta el patio de las ambulancias con un maletín de herramientas que tenía en su vehículo, preguntando que era lo que había que reparar y que él mismo haría tal intervención mecánica.

Tras este incidente el 26 de abril de 2021, es despedido Álvaro Armijo Campos, enfermero Coordinador de Urgencia, porque la empresa lo responsabilizó del grave accidente ocurrido el día 21 de abril de 2021 y el trabajador demandó a “Clínica Las Condes”.

El día anterior, un conjunto de 14 enfermeros de la Unidad de Rescate de Clínica Las Condes , entre los cuales se encontraba el demandante como Enfermero Jefe de Turno, ingresaron una denuncia ante la directora nacional del Trabajo, por las inseguras condiciones que dicen relación con el mal estado mecánico, de mantención y de implementos de seguridad en que se encuentran las ambulancias del Servicio de Rescate, y en particular al mal manejo de la empresa respecto al accidente ocurrido el día 21 de abril de 2021 y que fue traspasar dicha responsabilidad a los trabajadores

Desde que comenzaron las fallas en las ambulancias, éstas fueron denunciadas por diversos trabajadores, sin embargo, lejos de acoger el reclamo de los trabajadores, la empresa tomó represalias haciendo referencia a los autodespidos y despidos de 7 compañeros de trabajo, según detalla el relato. Señaló que al momento de ingresar su demanda, de los trabajadores que interpusieron la denuncia ante la Dirección Nacional del Trabajo, han sido despedidas 4 personas, el demandante en mi calidad de Enfermero Jefe de Turno, y Cristian Arancibia, Eduardo Avello y Claudio Freire, todos ellos choferes de ambulancia y que con fecha 6 de septiembre de 2021 firmó su finiquito con expresa reserva de derechos para demandar por vulneración de derechos fundamentales.

Reacciones

“Como organización sindical estamos conformes con el resultado obtenido al haberse logrado todos los objetivos relativos a la indemnización del trabajador, al demostrar que su despido fue vulneratorio, es decir, que la causal que la empresa invoca no es real y que responde más bien a represalias en contra de los trabajadores que lo único que han hecho, además de cumplir con sus obligaciones como trabajadores y profesionales de salud, es pedir las medidas mínimas de seguridad en las ambulancias, cuestión que les afecta no sólo a ellos sino también a nuestros pacientes, algo que la empresa interpreta como hostil y cuyo resultado es el despido de quién se atreva a reclamar o denunciar”, añadió Michael Díaz, presidente del Sindicato de Enfermeros de Urgencia y Rescate, Empresa Servicios de Salud Integrados S.A” (Clínica Las Condes).

Por su parte la abogada Soledad Franco de Gestión Sindical, asesores del sindicato sostuvo que “tenemos sentimientos encontrados al respecto, pues por un lado se dicta esta sentencia que reconoce que un trabajador que denuncia de manera reiterada el mal estado de las ambulancias es despedido como represalia, vulnerando su indemnidad, reconociendo el 2 Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago el mérito del caso y su proceso, pero por otro lado, son situaciones que se están dando de manera reiterada en esta empresa y como organización sindical nos preocupa enormemente”.

Al cierre de este artículo, no hubo respuesta de Clínica Las Condes sobre el caso.

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