Corpbanca: crece preocupación en la industria por motivo de multa. ABIF y BCS abordaron tema
El lunes por la noche, CorpBanca informó vía hecho esencial que la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) le había cursado una multa cercana a US$30 millones. Si bien el monto es el mayor impuesto por el regulador, no fue eso lo que generó dudas en la industria, sino que el argumento utilizado.
La sanción de la SBIF se debió a que consideró que las sociedades Cascada -a través de las cuales Julio Ponce controla SQM- configuran un único deudor, por lo que para los años 2011, 2013 y 2015 el banco controlado por el grupo Saieh -que también es dueño de PULSO a través de Copesa- había sobrepasado la normativa de exposición individual en cerca de US$300 millones.
El criterio utilizado por la superintendencia, a juicio de la industria, genera un cambio importante, razón por la cual ayer fue abordado en la reunión del comité de gerentes generales de la Asociación de Bancos (ABIF).
Si bien no fue el tema central, al menos tomó parte importante de la cita. Y es que en general la decisión del regulador tiene a la industria analizando las consecuencias que podría conllevar para otros deudores.
Esto, pues el regulador consideró que la cascada es un solo deudor, en razón de que comparte domicilio, ejecutivos y poseen la misma fuente de ingresos, no obstante -aseguran cercanos a CorpBanca- cada una de las cinco compañías está abierta en bolsa, posee un patrimonio propio y participan distintos accionistas a pesar de que mantiene un solo controlador; esto, además de que dos de ellas tienen instrumentos emitidos en EEUU.
Durante la reunión, lo que fue considerado más complejo es el cambio de criterio, o de “las reglas del juego” -afirma un alto ejecutivo- en cómo la Superintendencia interpretaba la ley, que en su artículo 84 estima que sólo se suman los créditos de la holding y la compañía que nace de ella, es decir Norte Grande y Oro Blanco, por poner un ejemplo, y no de Norte Grande con Potasios.
Y es que las consecuencias que podría acarrear no son menores y podría afectar a varios actores del sistema, pues existe una cantidad importante de holdings a los que los bancos financian en paralelo a las empresas que cuelgan de estos.
Según la Ley General de Bancos, “no podrá conceder créditos, directa o indirectamente a una misma persona natural o jurídica, por una suma que exceda del 10% de su patrimonio efectivo”, algo que la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) puntualiza señalando que “cada persona natural o jurídica constituye un deudor independiente para la aplicación del margen legal”, algo que sólo se viola cuando los créditos se cursan “por la vía de interposición de personas o se emplea cualquier arbitrio para simular que los créditos en cuestión se encuadran formalmente dentro del límite legal, simulación de la que tiene conocimiento pleno tanto el banco que otorga el crédito como el deudor real”.
Esto, según cercanos a CorpBanca, queda inmediatamente descartado considerando que cada sociedad tiene distintos accionistas, un patrimonio bursátil y que las AFP pueden invertir en ellas.
Si bien tampoco fue central, ayer la sanción a CorpBanca también se comentó en el directorio de la Bolsa de Santiago. Fue el representante de Santander, Óscar von Chrismar, quien puso el tema sobre la mesa, ante lo cual los asistentes a la sesión extraordinaria señalaron que la multa era incorrecta.
Al interior de CorpBanca las críticas hacia el regulador son fuertes. En el mismo hecho esencial señalaron que “el directorio estimó su deber aclarar que en el procedimiento que dio origen a la resolución citada se ignoraron los derechos básicos del banco de un debido proceso, sin la notificación de instruirle un proceso de revisión formal, del que sólo se ha sabido hoy y, quizás más grave aún, que se dio inicio por un hecho ajeno al banco como fue la renuncia del director Rafael Guilisasti. Tampoco se dio oportunidad alguna para exponer los puntos de vista del banco, dar las explicaciones del caso o hacer cualquier descargo”.
Por eso la entidad presidida por Jorge Andrés Saieh contrató al abogado José María Eyzaguirre para representarlos en la reclamación que realizarán ante la Corte de Apelaciones.
“Si bien para ejercer los recursos pertinentes es indispensable pagar previamente la totalidad de la multa, el directorio estima que la probabilidad de éxito de dichas acciones es alta”, dice el hecho esencial del lunes.
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