Corte Suprema: Juzgados laborales son competentes en servicios mínimos
El jueves recién pasado la Corte Suprema, conociendo un recurso de queja presentado por la empresa Vida Cámara de la Cámara Chilena de la Construcción resolvió actuar de oficio y revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y decretar que los Juzgados Laborales son competentes para conocer reclamos en contra de la resolución administrativa de la Inspección del Trabajo que califica los servicios en la empresa, lo que viene a consolidar la jurisprudencia de la Corte Suprema en este sentido.
El abogado de Estudio Navarro, Benjamín Costa, que representó a la empresa señaló que "esta decisión de la Corte Suprema es muy importante, ya que reconoce la posibilidad de acudir a los Juzgados del Trabajo, y que sean éstos, o sea, un tercero imparcial y distinto al órgano administrativo que tomó la decisión, el que conozca y resuelva la reclamación de la empresa en un tema tan delicado como son los servicios mínimos".
Y aseguró que "esto asegura la posibilidad de poder hacer valer su posición dentro de un procedimiento regulado y de rendir las pruebas que se estimen necesarias, considerando también, que los Juzgados Laborales son órganos especializados y que conocen a fondo estas materias, por lo que se encuentran más que capacitados para resolver este tipo de cuestiones".
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.