Por cerca de diez minutos el secretario de la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Patricio Velásquez, leyó este miércoles en dicha instancia un informe que elaboró con un pronunciamiento respecto de la viabilidad para poder tramitar nuevos retiros de AFP, luego de que el pasado 18 de abril la sala de la Cámara rechazó la idea de legislar el llamado quinto retiro, es decir, iniciativas con una idea matriz similar.
Esto ocurre luego de que el martes se rearticulara la bancada por un sexto retiro, día en que el diputado René Alinco asistió hasta la comisión de Constitución para pedir que se pusieran en discusión las iniciativas que ingresaron en abril. Así, a petición de los diputados integrantes de la comisión, este miércoles el secretario dio a conocer su pronunciamiento oficial sobre la materia.
Pero ya lo había adelantado este martes: la conclusión del informe es que, según lo establece la actual Constitución, no se pueden volver a tramitar ni discutir retiros de fondos de pensiones, al menos hasta abril del próximo año, cuando se cumplan doce meses desde que se rechazó la idea de legislar la última iniciativa de este tipo.
El secretario argumentó que el artículo 68 de la Constitución establece que “el proyecto que fuere desechado en general en la Cámara de su origen no podrá renovarse sino después de un año”.
Luego hubo un debate que se extendió por cerca de 20 minutos entre los diputados de la comisión, donde se mostraron a favor del informe. Eso sí, algunos detallaron que estaban a favor del informe no por un tema de fondo, sino más bien de forma, apuntando a que hay que respetar el reglamento y la Constitución.
Todos estuvieron a favor, con excepción de la diputada Pamela Jiles (PH). “La Cámara de Diputados es un órgano soberano, que representa la soberanía popular, y que tiene instancias técnicas de asesoría como son las secretarías, pero las decisiones soberanas son de los diputados, a partir del reglamento y organización que tiene la Cámara. Es decir, no podríamos entender, de un informe, por respetable que fuera, primero tenemos que tener claro que no es vinculante en ningún caso, pero sobre todo, tenemos que entender que las decisiones son tomadas por las entidades políticas parlamentarias electas para eso. En este caso, respetando la perspectiva que entrega este informe, yo no coincido con el informe”, comentó.
Posterior al debate, la diputada Karol Cariola (PC), presidenta de la referida comisión, concluyó: “Quiero declarar que la mayoría de los miembros de esta comisión se manifiestan conformes con el informe que ha hecho la secretaría, por lo tanto, queda claro que la posición de la secretaría tiene que ver con la claridad de lo que aquí se ha dicho, de que no es mi responsabilidad establecer ni poner en tabla este proyecto de ley”.
Luego de esa declaración, la diputada Jiles fue la única que alzó la voz para reiterar su oposición al acuerdo: “Quisiera que quedara expreso mi desacuerdo, las razones de mi desacuerdo, y que además estoy en desacuerdo con que se proponga a esta comisión, (...) si es o no responsabilidad de la presidenta (poner en tabla este proyecto), puesto que en respeto justamente a las reglas que se dice respetar, es potestad de la presidencia”.
Al respecto, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, dijo más tarde que “la postura del gobierno por un sexto retiro es la misma que la del quinto retiro. Más aún, hoy día el escenario macroeconómico es mucho más delicado como para generar nuevos factores de riesgo y por otra parte, el gobierno está monitoreando la evolución de la situación económica, de los hogares, de las pequeñas empresas, y está preparado para tener respuesta a esa situación, así que no es necesario algo tan disruptivo como un retiro de fondos”.
La argumentación
El referido informe del secretario señala que “es el hemiciclo el que aprueba o rechaza los proyectos. Cuando rechaza un proyecto en general, rechaza sus ideas matrices o fundamentales, rechaza lo que se denomina la idea de legislar en torno a esas ideas matrices o fundamentales. Rechazado un proyecto se termina la tramitación del mismo y se envía al archivo, lo que sucedió en el caso del los proyectos refundidos en comento”.
Agrega que “la Carta Fundamental no quiere que sea imposible volver a tramitar un proyecto con las mismas ideas matrices o fundamentales. Es por ello que establece que el proyecto ´no podrá renovarse sino después de un año´. Evidentemente no se tratará del mismo proyecto ya rechazado en general por decisión de Sala, cuya tramitación está terminada, sino se trata de la renovación de esas ideas matrices o fundamentales a través de un proyecto con un boletín diferente”.
En esa línea, el documento asegura que “la prohibición tiene un efecto suspensivo, que se extiende por un año, el cual comienza a contarse desde el día siguiente al aquel en que se produjo el rechazo. En este caso, el 18 de abril de 2022″.
Así las cosas, argumenta que “el hecho de usar la palabra renovación nos indica que el efecto que se produce, como se ha adelantado, no es de una inadmisibilidad de proyectos con las mismas ideas matrices o fundamentales, sino de un efecto suspensivo de la discusión sobre la temática del proyecto desechado. De tal manera que un nuevo proyecto se puede ingresar y declararse admisible, pero no podrá discutirse sino transcurrido un año desde la votación que desechó el proyecto precedente con las mismas ideas matrices, lo que alcanza a otros proyectos, con las mismas ideas matrices no podrán ponerse en discusión por el mismo lapso”.
Ese era justamente uno de los temas que generaba mayor controversia. La bancada por el sexto retiro argumentaba que los proyectos para un sexto retiro ingresaron al Congreso antes de que se rechazara la idea de legislar el quinto giro, y habían sido declarados admisibles, por lo que señalaban que sí era posible tramitar estas iniciativas. Sin embargo, el secretario de la Comisión lo descartó.
El informe del secretario reitera que “no se trata de una inadmisibilidad sobreviniente por haber sido rechazado el proyecto, sino de una suspensión. Durante el año que siga a la época en que la Cámara de origen desechó un proyecto determinado, no se podrá poner renovar la discusión de proyectos con las mismas ideas matrices, que constituye el núcleo de contenido del proyecto”.
Es más, dice que “el hecho de que la alusión sea a la renovación (se entiende de la discusión y votación), produce otro efecto lógico: no resulta relevante la época de presentación del proyecto que tenga ideas matrices iguales al desechado, sino que la suspensión rige tanto para discutir proyectos nuevos que tengan esas mismas ideas matrices o proyectos que se hayan presentado coetánea o previamente. La suspensión se refiere a la posibilidad de discutir sobre esas ideas matrices”.
Con todo, concluye que “el artículo 68 de la Carta Fundamental al establecer que ´el proyecto que fuere desechado en general en la Cámara de su origen no podrá renovarse sino después de un año´, no es una causal de inadmisibilidad sobre nuevos proyectos con las ideas matrices del rechazado en general, o respecto de aquellos ya presentados con las mismas ideas, sino que establece un efecto suspensivo para su tramitación y discusión, de un año, que empieza a correr el día siguiente a aquel en que se rechazó la idea de legislar sobre un proyecto determinado”.